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Régimen simplificado para pequeños contribuyentes, comúnmente conocido con el nombre de “monotributo”


Enviado por   •  5 de Octubre de 2015  •  Trabajo  •  2.107 Palabras (9 Páginas)  •  263 Visitas

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Índice

Introducción        3

Que es el monotributo        4

Requisitos para ser monotributista        5

Categorías del monotributo        6

Facturación y documentos presentes en el local        7

Monotributo social        8

Tramite de inscripción        10

Conclusión        11

Anexo                12


Introducción

En el presente trabajo trataremos sobre el régimen simplificado para pequeños contribuyentes, comúnmente conocido con el nombre de “monotributo”.

En la primera parte del trabajo se explicara las características de este régimen, las partes que lo componen y los requisitos que tienen poseer los contribuyentes para su adhesión.

Después procederemos a tratar sobre las diferentes categorías que le corresponden a los contribuyentes según la limitación de ciertos parámetros, los trámites necesarios para la inscripción y el pago del impuesto y la recategorizacion cuatrimestral.

Posteriormente en este trabajo explicaremos el “monotributo social”, las características particulares que posee y los requisitos que tienen que tener los contribuyentes para estar en este régimen.

Finalizaremos este trabajo con una conclusión general del tema tratado.


Que es el monotributo

El monotributo es un régimen simplificado para pequeños contribuyentes que tienen que cumplir determinados requisitos para poder inscribirse en el monotributo. El objetivo de la creación del monotributo fue brindar una forma accesible para que los contribuyentes pudieras cumplir con las obligaciones impositivas correspondientes.  El monotributo, como todo impuesto, está respaldado por una ley que es la 24.977, en la cual especifica las características, disposiciones y reglamentos del régimen simplificado.

El nombre monotributo se debe al hecho de que todas las cargas impositivas se unifican en un solo tributo el cual es un importe fijo por mes. Este importe comprende el IVA, el impuesto a las ganancias, la jubilación y la obra social. El monto fijo por mes está compuesto por un componente impositivo y otro previsional. El componente previsional incluye:

  • Los aportes destinado al sistema integrado de previsión argentino SIPA, el cual corresponde a la jubilación
  • El aporte destinado a la obra social elegida por el contribuyente.

El componente impositivo tiene integrado el IVA y el impuesto a las ganancias. Este componente se determina según la categoría del contribuyente la cual está definida por los siguientes factores:

  • Nivel de facturación
  • Superficie afectada a la actividad
  • Energía eléctrica consumida

Ventajas y desventajas del régimen simplificado

Ventajas:

  • Pagan un único impuesto que incluye la obra social y la jubilación
  • No generan obligaciones tributarias con respecto al IVA y el impuesto a las ganancias
  • Los impuestos son más reducidos a comparación del régimen general

Desventajas:

  • Están limitado en cuanto a capacidad, consumo eléctrico y ganancias percibidas. Una vez que pasan alguno de esos límites, pasan al régimen general.
  • No se pueden inscribir en este régimen las sociedades, la única excepción es la sociedad de hecho.
  • No pueden tomar el crédito fiscal del IVA

Requisitos para ser monotributista

Para poder inscribirse en el régimen simplificado tienen que cumplir de forma concurrente una serie de condiciones, lo que significa que el incumplimiento de cualquiera de estas ocasiona la imposibilidad de inscribirse en este régimen.

Los que pueden adherirse al monotributo son:

  • Las personas físicas que realicen ventas de cosas muebles, obras, locaciones y/o prestaciones de servicio
  • Las sucesiones indivisas que continúan la actividad de la persona física
  • Integrantes de cooperativas de trabajo
  • Sociedad de hecho e irregulares (hasta 3 socios)

Los requisitos que deben reunir son:

  • En la actividad que se desempeña el contribuyente debe tener ingresos brutos menores a la cantidad de 400.000 pesos o si la actividad se trata sobre cosas muebles no pueden superar los ingresos brutos los 600.000 pesos. Este límite tiene que haberse cumplido en los 12 meses anteriores, precedentemente a inscribirse en el monotributo.
  • No supere el límite con respecto a los alquileres, la superficie de la actividad y la energía consumida.
  • El precio máximo unitario de venta de cosas muebles no puede superar los 2500 pesos
  • No pueden haber realizado importaciones de cosas muebles y/o servicios durante los últimos 12 meses
  • No realice más de tres actividades simultaneas o no posea más de tres unidades de explotación

En el caso de los monotributistas que superen el límite de los requisitos descriptos anteriormente, pasan automáticamente a formar parte del régimen general.

Contribuyentes excluidos del monotributo

Los contribuyentes que no pueden adherirse al régimen simplificado son:

  • Integrantes de sociedades no comprendidas en el régimen. En el caso de la sociedad de hecho o irregular no pueden adherirse si están en otro régimen.
  • Las personas físicas que trabajan en la dirección, administración o conducción de las sociedades nombradas anteriormente. En este caso pueden unirse al monotributo por otra actividad fuera de esta.
  • Sujetos que realicen más de tres actividades simultaneas o posean más de tres unidades de explotación.

Categorías del monotributo

Los contribuyentes según los parámetros de ingresos brutos, superficie afectada de la actividad y energía eléctrica consumida, pertenecerán a una determinada categoría la cual indica el monto que tienen que pagar del impuesto por pertenecer al régimen simplificado. Las categorías van desde la “B”, que representa la más baja en cuanto a los parámetros anteriormente mencionados, hasta la “L” que designa el límite para pertenecer al régimen simplificado. Como se mencionó anteriormente, el monto del impuesto es un importe fijo por mes pero, si varían los criterios señalados para la categorización, entonces el contribuyente tiene que “recategorizarse” a una nueva clase que le corresponda.

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