RECINTO FISCALIZADO.
Enviado por Linda Gutierrez • 25 de Noviembre de 2016 • Trabajo • 473 Palabras (2 Páginas) • 330 Visitas
Actividad 1
Recinto fiscalizado estratégico
Dentro de la diversa gama de regímenes aduaneros contemplados en el artículo 90 de la Ley aduanera, el de más reciente creación lo constituye el denominado recinto fiscalizado estratégico, que se incluyó en nuestra normatividad el 30 de diciembre de 2002, mediante la publicación en el Diario Oficial de la Federación, donde se reformaba la Ley aduanera.
Es justamente por la relativa novedad de esta figura que consideramos oportuno acompañar al presente cuaderno con el siguiente artículo periodístico, que nos permite, además de conocer la forma en que se encuentra regulado este nuevo régimen, reflexionar sobre algunos comentarios respecto a su relevancia en el mundo del comercio exterior a ocho años de su entrada en vigor.
Fuente: Rodríguez Meneses, Luis Ricardo. Reactivando el comercio a través de un recinto fiscalizado estratégico, en El Financiero, jueves 8 de octubre de 2009.
Instrucciones: Atienda lo que se solicita a continuación.
1. Después de haber leído con atención el artículo, destaque las diferencias entre los regímenes aduaneros que se presenta en la siguiente tabla, en función del artículo periodístico, de la lectura y de las actividades previas señaladas en la guía.
Depósito fiscal Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado Recinto fiscalizado estratégico
Las contribuciones relacionadas con el comercio exterior de las mercancías solo se determinan pero no se pagan sino hasta que estas se extraen La mercancía queda sujeta al pago del impuesto general de importación según los casos del art 63ª y de las cuotas compensatorias que apliquen Los productos resultantes del proceso de elaboración, transformación o reparación que retornen al extranjero darán lugar al pago del impuesto general de exportación
Almacenar mercancías en espera de importarse al territorio nacional o para exportarse No se paga impuesto al comercio exterior o al valor agregado por el ingreso de la mercancía, sino hasta que el usuario la destine para el mercado nacional La mercancía extranjera que se introduzca podrá permanecer por un plazo de 2 años
Se requiere que la empresa este autorizada como Almacen general de deposito Se exige que todo lo producido se exporte, no existe un tiempo determinado para exportar los productos Se determinan las contribuciones y cuotas compensatorias, las mercancías no pagarán iva ni IEPS
Las mercancías en este régimen ingresan con un pedimento A4 con su carta cupo Los desperdicios deben destruirse si no son retornados
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