REGIMEN JURIDICO DE SERVICIOS PUBLICOS
Enviado por nestorluis1 • 6 de Abril de 2015 • 3.146 Palabras (13 Páginas) • 328 Visitas
RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Hay que comenzar por señalar que en Venezuela, no existe un régimen único de concesión de servicios públicos ni de obras públicas pero debemos destacar que en la Asamblea Nacional (AN) reposa para su discusión el Proyecto de Ley Orgánica de los Servicios Públicos, en el cual se establece que el Estado se reserva el control de todas las actividades relativas a la materia.
Servicios Públicos como función del Estado
Servicio público es el conjunto de prestaciones reservadas en cada Estado a la órbita de las administraciones públicas y que tienen como finalidad la cobertura de determinadas prestaciones a los ciudadanos. Son brindados por determinadas entidades (por lo general el Estado), y satisfacen primordialmente las necesidades de la comunidad o sociedad donde estos se llevan acabo. Los servicios públicos pueden cumplir una función económica o social (o ambas), y pueden ser prestados de forma directa por las administraciones públicas o bien de forma indirecta a través de empresas públicas o privadas. El Estado moderno no es más que una comunidad o corporación de servicios públicos cuyos agentes son los gobernantes. Por lo tanto, es de entender que las funciones del Estado son todas aquellas actividades que los gobernantes ejercen para crear, organizar y asegurar el funcionamiento ininterrumpido de los servicios públicos.
Bases Constitucionales.
En el preámbulo de la Constitución, entre los valores que debe consolidar el Estado se consagra el bien común el cual se logra en parte, mediante una adecuada creación y prestación ininterrumpida de los servicios públicos. A partir de allí, se desprende que los servicios públicos son las actividades asumidas por órganos o entidades públicas o privadas, creados por la Constitución o por Ley, para dar satisfacción en forma regular y continua a cierta categoría de necesidades de interés general, bien sea en forma directa, mediante concesionario o, a través de cualquier otro medio legal, con sujeción a un régimen de derecho Público o Privado, según corresponda. En la constitución de 1999 en el TITULO IV relativo al Poder Público, se establecen normas se aplican a todos los órganos que ejercen el Poder Público.
Desarrollo de la noción conceptual de servicios públicos.
La noción conceptual de servicio público es la prestación que efectúa la administración en forma directa o indirecta para satisfacer una necesidad de interés general. La noción conceptual de servicio público expresa una transformación política que se traduce en la subordinación de los gobernantes a los gobernados. La relación
individuo-Estado no es, por tanto, la de vasallo o súbdito y monarca sino la de ciudadano-servidores públicos. El contenido filosófico-político de la noción conceptual de servicio público trasciende las diversas posiciones ideológicas abstencionistas, intervencionistas o neoliberal es. Dicho contenido refleja una conquista democrática que se traduce en una teoría del Estado cuyo cometido esencial es el cubrimiento de las necesidades básicas insatisfechas de toda la población y el aseguramiento de un mínimo material para la existencia digna de la persona.
Consideraciones legales, doctrinales y jurisprudenciales sobre Servicios Públicos
A través de la noción conceptual de servicio público el Estado tiene el principal instrumento para alcanzar la justicia social y promover condiciones de igualdad real y efectiva. Su prestación comporta una transferencia de bienes económicos y sociales con base en el principio de justicia redistributiva que, mediante el pago discriminado de los servicios públicos según estratos y en función de la capacidad económica del usuario, permite un cubrimiento a sectores marginados que, en otras circunstancias, no tendrían acceso a los beneficios del desarrollo económico.
La ética en la actividad de los servicios públicos
La Administración pública se enfrenta en la actualidad a un reto capital: responder alas demandas sociales con eficacia, manteniendo unos mínimos niveles de calidad en un contexto de creciente servicio a la gente. No obstante, en el seno de las organizaciones humanas se hace necesaria la recuperación de los valores éticos como referentes de su actuación. Las estructuras económicas y políticas son instrumentos al servicio del hombre, como también la Administración Pública debe promover los derechos fundamentales y hacer posible un ambiente de calidad y eficacia en el marco de la legalidad y del servicio público. Las consideraciones éticas en la función pública tienen una importancia creciente pues no se puede olvidar que el oficio público supone una tarea de servicio a los demás. La Ética pública, en una primera aproximación, estudia el comportamiento de los funcionarios en orden a la finalidad del servicio público que le es inherente.
En 1998 se promulga mediante Gaceta Oficial N° 36.496 el CÓDIGO DE CONDUCTA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS este Código tiene por objeto fundamental normar la conducta de los servidores públicos respecto a los principios éticos que han de regir el ejercicio de las funciones que desempeñan en la administración pública nacional.
Formas de participación de los administrados en la gestión de los servicios públicos
Los Administrados: Sujeto pasivo de la Administración; son individuos sometidos a la jurisdicción del Estado, en los regímenes democráticos, contrariamente a lo que sucede en los regímenes totalitarios, los administrados han elegido previamente a sus administradores, los cuales no son otra cosa que sus mandatarios, aunque, en pocos países ya, revocables hasta el término de sus funciones. Según el Artículo 5 de la LOAP la Administración Pública estará al servicio de los particulares, cumpliendo con la satisfacción de sus necesidades y con la mejora de los procedimientos y servicios, de acuerdo con la políticas fijadas para la efectividad de los objetivos que deberá tener la Administración Pública con respecto al particular, cabe destacar que, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 144 reitera y afianza lo expuesto en el artículo 5 de la LOAP.
Procedimientos de Reclamos de Servicios Públicos
Los temas más relevantes versan sobre la terminología aplicable, la conservación de información sobre suministros, la intervención del abogado, la orientación al usuario, el acceso al expediente, el contenido y suscripción de las resoluciones y la notificación de resoluciones. Así también,
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