RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Enviado por edenmontoya • 17 de Mayo de 2012 • 6.399 Palabras (26 Páginas) • 1.687 Visitas
ESQUEMA
- Introducción
- Régimen Jurídico de los servicios Públicos
1. Los Servicios Públicos como función de Estado
1.1. Concepto
1.2. Evolución Histórica de la actividad prestacional de la Administración
1.3. Bases Constitucionales
1.4. Desarrollo de la noción conceptual de Servicios Públicos
1.4.1. Consideraciones legales, doctrinales y jurisprudenciales sobre Servicios Públicos
1.4.2. Elementos que caracterizan a la actividad de Servicios Públicos
1.4.3. Principios Fundamentales.
1.4.4. Clasificación de los Servicios Públicos.
2. La Ética en la actividad de los Servicios Públicos
2.1. Problemas y Métodos
2.2. Valores Éticos del nuevo Mapa Estratégico
2.3. Formación Ética de los venezolanos en el inicio de la Nacionalidad
3. Forma de presentación de los Servicios Públicos
3.1. Formas Administrativas
3.2. Formas de Participación de los Administrados en la gestión de los Servicios Públicos.
3.3. Concesiones de Servicios Públicos.
4. Procedimientos de reclamos de los Servicios Públicos
5. consideraciones generales de la nueva normativa venezolana de Servicios Públicos
INTRODUCCION
Los servicios públicos ocupan, por su trascendencia social y económica, un lugar privilegiado entre las prestaciones protegidas, descansando sobre el propio Estado el deber de tutelar su calidad y eficiencia, a través de la regulación y el control, y de la promoción de la constitución de asociaciones de consumidores y de usuarios.
Los servicios públicos pueden ser entidades u órganos públicos o privados y se refiere, toda tarea asumida por una entidad pública, bien se trate de la Republica, los Estados, los Municipios y los Distritos Metropolitanos, personas jurídicas de Derecho Público de carácter territorial o prestados a través de entes descentralizados funcionalmente para satisfacer determinadas necesidades de interés colectivo o publico. No obstante, cabe decir que el servicio público también puede ser prestado por particulares conforme al orden jurídico pertinente.
Generalmente, los servicios públicos son ejercidos por un organismo, pero también pueden hacerlo los particulares, bajo la autorización, control, vigilancia y fiscalización del Estado, con sujeción al ordenamiento jurídico permanente. En sentido general, están sometidos al régimen legal de derecho público, pero, también pueden estar sometidos a un régimen de derecho privado, siempre y cuando así lo disponga expresamente la Ley.
Toda tarea llevada a cabo por una entidad pública, bien se trate de un órgano del Estado (Nacional, Estadal o Municipal) como persona jurídica de derecho Público de carácter territorial, o, de un ente descentralizado (Instituto Autónomo, Empresa del Estado), decimos que «son actividades asumidas por órganos o entidades públicas o privadas». No obstante, la prestación de un servicio público no puede ser irregular ni discontinua, ni debe atender a un fin particular.
RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
1. LOS SERVICIOS PÚBLICOS COMO FUNCIÓN DE ESTADO
1.1. Concepto
Se entiende por Servicios Públicos, las actividades, entidades u órganos públicos o privados con personalidad jurídica creados por Constitución o por ley, para dar satisfacción en forma regular y continua a cierta categoría de necesidades de interés general, bien en forma directa, mediante concesionario o a través de cualquier otro medio legal con sujeción a un régimen de Derecho Público o Privado, según corresponda.
1.2. Evolución Histórica de la actividad prestacional de la Administración.
Las actuales concepciones administrativas son la resultante de un proceso iniciado en los mismos albores de la humanidad y que ha venido evolucionando y adquiriendo sus propios perfiles a través de diferentes épocas y etapas.
Dicho proceso administrativo se inició como un hecho obligado cuando dos individuos tuvieron que coordinar sus esfuerzos para hacer algo que ninguno de ellos pudo hacer por sí solo y evolucionó hasta convertirse en un acto previo y cuidadosamente planificado y racional que permite alcanzar objetivos con los menores esfuerzos posibles y con las mayores satisfacciones para los individuos.
El estudio histórico de esa evolución administrativa nos muestra los enfoques que tuvo esta ciencia en Egipto, China, Grecia y Roma, y la influencia que tuvieron ciertos procedimientos utilizados en esos lugares sobre algunas prácticas actuales en el campo, entre ellas de la organización funcional de los poderes del Estado.
El conocimiento de la organización de la Iglesia Católica Apostólica Romana es también muy interesante para conocer la importancia que tiene en administración el adoctrinamiento para la prosecución de un objetivo, a pesar de que las estructuras y procedimientos puedan no satisfacer todos los principios teóricos administrativos. Se adquiere un mejor entendimiento de la transformación que tuvo la ciencia de la administración; ella viene a consolidarse en la Edad Contemporánea con los valiosos estudios de Woodrow Wilson.
Las teorías y experiencias de Henri Fayol y de Frederick Taylor marcaron una nueva etapa en la evolución de esa ciencia y la Administración Científica, que postularon ellos y continuaron sus discípulos viene a ser uno de los medios más efectivos para a tecnificación de las industrias nacientes en el presente siglo; dicha tecnificación ha influido grandemente también en el desarrollo económico y el mejoramiento de muchos países por su aplicación en el sector público.
Po otra parte, el Derecho administrativo moderno tiene su origen con las revoluciones liberales de los siglos XVIII y XIX. El paso del Antiguo Régimen al Estado liberal supone el tránsito de un sistema de normas que se encontraban a disposición del monarca a un sistema caracterizado por:
a) La existencia de unas normas jurídicas, aprobadas por asambleas representativas, con carácter abstracto, general y permanente que regulan cómo debe relacionarse el Estado con los ciudadanos.
b) La existencia de un entramado institucional de controles, independiente del monarca.
c) La aparición de una afirmación con carácter constitutivo y vinculante de los derechos individuales, tales como la Declaración de los Derechos del Hombre
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