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REGLAMENTO DE DISCIPLINA ESTUDIANTIL


Enviado por   •  3 de Abril de 2014  •  3.414 Palabras (14 Páginas)  •  252 Visitas

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REGLAMENTO DE DISCIPLINA ESTUDIANTIL

TIUTLO I

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1 La Universidad Tecnológica del Perú –Arequipa propugna entre sus estudiantes el cumplimiento de las disposiciones académicas y administrativas orientadas a su formación humana, académica y profesional.

Art. 2 El presente Reglamento, establece las normas sobre faltas disciplinarias, el procedimiento y sanciones aplicables a los estudiantes de la Universidad por incumplimiento e infracción del régimen de sus deberes estudiantiles.

Art. 3 El presente Reglamento se basa en los siguientes dispositivos legales:

Constitución Política del Perú de 1993

Ley Universitaria N° 23733

Decreto Legislativo 882

Estatuto de la Universidad Tecnológica del Perú

Ley de Procedimiento Administrativo General N° 27444

Art. 4 Se consideran faltas disciplinarias las infracciones a los deberes estudiantiles en que incurran los estudiantes de la Universidad.

Art. 5 El estudiante de la UTP-A que incurra en alguna de las faltas establecidas en la Ley y en el presente Reglamento, puede ser sancionado según su gravedad y previo proceso disciplinario, con amonestación, con suspensión temporal o con separación definitiva de la Universidad.

Art. 6 Se considera circunstancia atenuante la confesión espontánea y oportuna del infractor, y su colaboración para identificar a terceros que hayan participado en la comisión de dicha falta.

Art. 7 La aplicación de las sanciones no excluye, en su caso, la exigencia de la reparación de los daños cometidos y el pago de la indemnización correspondiente, así como de las consecuencias académicas que de aquella se deriven.

Art. 8 La información que se suministra a las autoridades de la Universidad y que ayude a la identificación de los responsables de las faltas cometidas es mantenida en estricta reserva y confidencialidad en cuanto a sus fuentes. Así mismo puede ser tomada en cuenta para dejar sin efecto, total o parcialmente, la sanción que correspondería a

quien la suministra, en el caso de ser responsable directo o indirecto de la falta en cuestión.

Art. 9 Son deberes de los estudiantes:

a. Cumplir con la Ley, con el Estatuto y las normas académicas y administrativas de la UTP-A.

b. Dedicarse con esfuerzo y responsabilidad a su formación humana, académica y profesional.

c. Observar la moral, el decoro y las buenas costumbres dentro del claustro universitario,

d. Contribuir a la conservación de los bienes culturales y materiales de la Universidad.

e. Respetar y hacer respetar el principio de autoridad en todas la instancias.

f. Respetar los derechos de los demás miembros de la comunidad universitaria, que para efectos del presente Reglamento incluye a las autoridades académicas y administrativas, funcionarios y demás servidores de la Universidad.

g. Contribuir al prestigio de la Universidad y a la realización de sus fines.

h. Asistir y mantener el debido orden en el aula, así como también en las instalaciones de la Universidad para el normal desarrollo de las clases.

i. Utilizar los ambientes e instalaciones de la Universidad solo para fines académicos, administrativos y de bienestar.

j. Los demás deberes establecidos en la Ley y los que en su caso establezcan las autoridades de la Universidad.

TITULO II

DE LAS FALTAS

CAPITULO I

FALTAS CONTRA LA PROBIDAD ACADEMICA

Art. 10 La probidad académica, consiste en la debida observancia y respeto de las disposiciones y principios generales que rigen la actividad académica y es la nota característica del estudiante de la UTP -A.

Art. 11 Son faltas contra la probidad académica las siguientes:

a. Copiar por cualquier medio, una tesis, un trabajo de investigación, una prueba, un examen, una práctica o en general cualquier asignación académica.

b. Alterar de cualquier forma, sustraer o destruir un trabajo académico después de haberlo rendido o entregado, aunque estuviese pendiente de calificación.

c. Suplantar o hacerse suplantar de cualquier manera y durante su realización en una tesis, un trabajo de investigación, una prueba, un examen, una práctica o en general cualquier asignación académica.

d. Alterar, sustraer o destruir listas o registros de notas o calificaciones, certificados, constancias o documentos de acreditación académica, de manera directa o a través de terceros.

e. Presentar documentación para convalidación de asignaturas con información académica y/o administrativa adulterada en todo o en parte.

f. Presentar información en una asignación académica sin citar o reconocer la fuente original.

g. Falsear el trabajo intelectual, como citar autores que no existen, referirse a trabajos no realizados o tergiversar datos presentados como parte de un trabajo académico.

h. Presentar un mismo trabajo, en todo o en parte, en más de una asignatura sin el consentimiento de los profesores competentes.

i. Ofrecer y entregar dádivas para la obtención de beneficios académicos.

j. Las demás que se establezcan.

CAPITULO II

FALTAS CONTRA EL AMBIENTE ACADEMICO

Art. 12 El estudiante de la UTP-FA es respetuoso del ambiente académico de la institución, hace uso debido de los bienes y servicios académicos y administrativos de la Universidad, y con su conducta contribuye al prestigio y a la realización de los fines institucionales.

Art. 13 Son faltas contra este valor:

a. Dañar, destruir o usar indebidamente las edificaciones, los acabados, los ambientes, el mobiliario, los equipos, las instalaciones, los sistemas de información, el correo electrónico, y, en general, los bienes y servicios de la Universidad y de sus miembros, así como los bienes y servicios de terceros que se encuentren dentro del recinto universitario.

b. Consumir licor o estupefacientes, o usar sustancias prohibidas al interior de los recintos de la Universidad.

c. Destruir, sustraer o alterar la información de los sistemas y registros oficiales de la Universidad de manera directa o a través de terceros.

d. Dañar la imagen y el honor de la institución y de sus miembros.

e. Dañar la imagen, el honor o el patrimonio de terceros a través de los sistemas de información de la Universidad.

f. Realizar actos individuales o colectivos que impidan o perturben el normal desenvolvimiento de las actividades institucionales.

g. Participar o colaborar en cualquier forma, en la planificación, organización, o comisión de actos de perturbación y/o de violencia que ocasionen zozobra, daños personales y/o materiales, o que alteren el normal desarrollo de las

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