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RELACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Y EL DERECHO INTERNO


Enviado por   •  31 de Marzo de 2014  •  1.482 Palabras (6 Páginas)  •  453 Visitas

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RELACION DEL DERECHO INTERNACIONAL CON EL DERECHO INTERNO

La cuestión de las relaciones entre el Derecho Internacional y el Derecho Interno o nacional es muy importante y compleja. Prácticamente en todos los libros que versan acerca de estos temas, se le dedica una parte especial a esclarecer dicha relación.

El estudio de este problema posee un gran significado tanto en el orden teórico como en el práctico. En el orden teórico porque puede contribuir a un mayor esclarecimiento de la esencia del derecho internacional y de sus rasgos específicos como rama particular y como sistema de derecho particular.

La importancia práctica del estudio de este problema consiste en que la dilucidación de las relaciones entre el derecho internacional y el derecho nacional ofrece la posibilidad de obtener una idea más completa y exacta de las formas y modos de aplicación de las normas del derecho internacional dentro de la jurisdicción de cada país y de las vías para obviar las dificultades que surgen en el proceso de dicha aplicación.

Entre otros aspectos su estudio permite proporcionar la posibilidad de comprender las causas del surgimiento de los conflictos entre las normas del derecho internacional y las normas del derecho interno, puesto a que dicha relación provoca conflictos inmediatos.

Se puede destacar tres aspectos esenciales del problema de las relaciones entre el derecho internacional y el derecho interno:

1º el concerniente a la influencia que ejerce o puede ejercer el derecho interno de los diferentes Estados sobre la formación y el desarrollo de los principios y las normas del derecho internacional y, por otra parte, la influencia del derecho internacional sobre el derecho interno de los diferentes Estados.

2º La fuerza jurídica de las normas del derecho internacional cuando se trata de regular relaciones que se forman o establecen dentro de un Estado, y la fuerza jurídica de algunas normas del derecho interno cuando se trata de regular relaciones internacionales.

3º el que se refiere a la cuestión de si el derecho internacional y el derecho interno constituyen sistemas de derecho autónomos o si uno de ellos está subordinado al otro dentro de un supuesto sistema jurídico único. Alrededor de este tercer problema han surgido dos teorías tratando de explicar esta relación. a) Las teorías dualistas, las cuales consideran alderecho internacional y al derecho interno como dos ordenamientos jurídicos independientes y separados y, b) las teorías monistas, para las des el derecho nacional y el derecho internacional constituyen un sólo sistema jurídico.

La teoría dualista se formó bajo la influencia de la corriente positivista dominante en la ciencia del derecho internacional en el siglo XIX y comienzo del siglo W. Entre sus sustentantesse destacan Heinrich Triepel y Dionisio Anzilotti.

Pero son los Estados en virtud de su soberaníaquienes mediante el acuerdo mutuo determinan la esferade acción del derecho internacional y su contenido. Se sabeque no existe un poder por encima de los Estados, capaz deimponer su voluntad a los Estados soberanos. Y sin esta concepciónel primado del derecho internacional es inconsistente.Con motivo de esto pierde carácter convincente afirmarque el derecho interno está subordinado al derecho internacional y que las normas del derecho internacional tienen accióndirecta dentro del país determinado en base a una delegacióndel derecho internacional respecto al derecho interno. En lapráctica puede tener lugar el contacto de las normas del derechointernacional y las normas del derecho interno, ello debidoa que en el derecho internacional hay normas que debenponerse en marcha dentro del Estado y por otra parte, a que laacción de determinadas normas del derecho nacional debenser tomadas en cuenta por otros Estados en las relaciones internacionales.Sin embargo, este contacto de las normas pertenecientesa dos sistemas jurídicos diferentes, tiene lugar no através de la subordinación de un sistema jurídico a otro, sinomediante un consentimiento mutuo un complemento recíproco,una concretización de unas normas con ayuda de otras,u, en fin, como resultado del conflicto de esas normas, el cual

exige la introducción de modos especiales para su solución; se supone que en la solución del conflicto entre Ias normas del derecho internacional y las normas del derecho interno ningún

Estado puede sustraerse a una obligación jurídico-internacionalinvocando su derecho interno.

INFLUENCIA RECIPROCADEL DERECHO INTERNACIONALY DEL DERECHO INTERNOEN EL PROCESO DE FORMACION DE SUS NORMAS

La real influencia del derecho interno sobre el derechointernacional y la del derecho Internacional sobre el derechointerno en el proceso de la creación y de la ulterior codificación

de las normas del derecho internacional y del derechointerno constituye más bien un aspecto sociológico, y no jurídico,del problema de la relación entre el derecho internacional y el derecho interno. A través del enfoque de este aspectose puede comprender, entre otras, cómo nacen y se desarrollanalgunas normas e instituciones jurídicas. El derecho nacionalinterno

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