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RELACIÓN ENTRE LOS PROYECTOS Y LA PROBLEMÁTICA MUNICIPAL, ENTRE LA REALIDAD LOCAL Y LA FUNCIÓN DE PLANEACIÓN INSTITUCIONAL


Enviado por   •  7 de Agosto de 2014  •  940 Palabras (4 Páginas)  •  447 Visitas

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RELACIÓN ENTRE LOS PROYECTOS Y LA PROBLEMÁTICA MUNICIPAL, ENTRE LA REALIDAD LOCAL Y LA FUNCIÓN DE PLANEACIÓN INSTITUCIONAL (PARTE LEGAL)

La Constitución Nacional de 1991, fundamentada en el principio que “Colombia es una república unitaria, democrática, descentralizada, participativa y pluralista....”, (artículo 1), establece como fines esenciales del Estado entre otros los de: “... Servir a la comunidad y facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación” (artículo. 2).

En este marco constitucional, en el Título XI “De la organización territorial”, Capítulo 3” del Régimen Municipal, artículo 311, “Al municipio como entidad fundamental de la División Político Administrativa del Estado le corresponde...”, ordenar el desarrollo del territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes”.

La consagración del Municipio como ente territorial cuya función básica debe ser la planificación del desarrollo de su jurisdicción, hace que los Municipios deban transformarse permanentemente, buscando la eficacia y eficiencia en todas las acciones, con el objetivo último de garantizar el bienestar de su población.

La Constitución Política de Colombia, en el artículo 339, establece que “Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por una parte general y un plan de inversiones. En la parte general se señalarán los propósitos y objetivos de largo plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental del gobierno. El plan de Inversiones, contendrá los presupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos de inversión pública nacional y la especificación de los recursos financieros requeridos para su ejecución.

La Ley desarrolla lo preceptuado en la Constitución Nacional, comoquiera que el Plan de Desarrollo debe estar compuesto de una parte general de carácter estratégico y un plan de inversiones, y debe incluir los diferentes programas sectoriales e institucionales que concretan el Programa de Gobierno del Alcalde.

Con la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo -Ley 152 de 1994, que fija los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo, se obliga al Municipio a elaborar un plan de desarrollo para cada período de gobierno, lo que permite que se inserte en el ejercicio de la planeación y disponga de un instrumento guía para la acción de las instituciones públicas y privadas del Municipio; donde se establezcan los objetivos de desarrollo del Municipio, las metas que se pretenden alcanzar y los medios y recursos técnicos, financieros y humanos requeridos.

En la Ley se establecen los principios rectores de la planeación y los contenidos, pautas, procedimientos y plazos para la elaboración de los planes, siendo éstos de importancia, ya que se está regulando el ejercicio de la planeación y se están dando las bases para que las entidades territoriales aborden el ejercicio planificador.

Como aporte en el ejercicio planificador, también se definen en la Ley, las autoridades e instancias de planeación, y se determina su conformación

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