"REQUISITOS ESENCIALES PARA SER EL DIRECTOR O SUBDIRECTOR DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD".
Enviado por zuxiga • 7 de Agosto de 2013 • 488 Palabras (2 Páginas) • 1.030 Visitas
INTRODUCCION:-
Resulta de gran importancia el conocer las características que debe tener el Director o bien el subdirector del Registro Público de la Propiedad, y esto nos hace reflexionar sobre los requisitos que de cierta formas resultan esenciales o bien de forma que necesita la persona que vaya a ocupar el cargo de Director o bien Subdirector, lo anterior en virtud de que por la propia naturaleza del Registro Público de la Propiedad, misma que está dirigida para que los gobernados tengan acceso a los sistemas administrativos; toda vez que el Registro Público de la Propiedad nos otorga certeza y seguridad jurídica de diversos actos inscrito en este para que surtan sus efectos jurídicos contra terceros y así resguardar la información de los registrales y de los que están obligados a respetar los derechos generados por éstos.-
Por lo que en este trabaja hablare de los requisitos que requiere una persona para que pueda llegar a tener el cargo de Director o bien Subdirector del Registro Público de la Propiedad.-
DESARROLLO DEL TEMA
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Primeramente es preciso comenzar dicho trabajo haciéndonos una pregunta fundamental:
¿Qué es el Registro Público de la Propiedad?
“ Es una institución destinada a hacer constar, por medio de la inscripción, los títulos por los cuales se adquiere, transmite, modifica , grava o extingue el dominio, la posesión y los demás derechos reales sobre inmuebles ; todos los documentos relativos a actos o contratos susceptibles de tener alguna repercusión en la esfera de los derechos reales; la constitución del patrimonio de familia; las fundaciones de beneficencia privada, y en general, los títulos que la ley ordene que sean registrados.
Por la calidad del servicio que se proporciona en esta dependencia, es de vital importancia que la persona que está a cargo de la misma deba de tener en su perfil ciertos requisitos que de una u otra manera son esenciales para el buen desempeño del cargo que se le encomienda al ser director o subdirector del Registro Público de la Propiedad.
El Código Civil de Estado de Querétaro indica:-
Artículo 2899. El Registro Público funcionará conforme al sistema y métodos que determine su reglamento, el cual fijará el número de secciones o divisiones de que se componga la oficina y en donde deban registrarse los títulos susceptibles de inscripción, así como los requisitos necesarios para desempeñar los cargos que requiere el funcionamiento de dicho Registro Público.
El Reglamento del Registro Público de la Propiedad del Estado de Querétaro en su numeral 7 nos indica:-
I. Ser ciudadano mexicano;
II. Haber residido en el Estado por lo menos tres años antes de su designación;
III. Contar con título de Licenciado en
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