Rectificacion De Acta
Enviado por • 9 de Septiembre de 2014 • 2.078 Palabras (9 Páginas) • 396 Visitas
Expediente No._____________
MARIA CATARINA GUADALUPE ESPINDOLA CONTRERAS
VS.
JUEZ DEL REGISTRO DEL
ESTADO CIVIL DE TEHUACAN
JUICIO DE RECTIFICACION
DE ACTA DE MATRIMONIO
CIUDADANO JUEZ MUNICIPAL DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.
MARIA CATARINA GUADALUPE ESPINDOLA CONTRERAS, promoviendo por mi propio derecho, teniendo mi domicilio particular en calle Las Flores 807 de la Colonia Francisco Sarabia, C.P. 75730 perteneciente al municipio de Tehuacán, Puebla y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en Calle Veintidós número dos mil novecientos treinta y siete, letra “B” del Fraccionamiento Santa María de esta Ciudad de Tehuacán, Puebla y nombrando como ABOGADO PATRONO, al licenciado en derecho ERICK BUSTAMANTE GONZALEZ, con cedula profesional numero 8033544 expedida por la Dirección General de Profesiones dependiente de la Secretaria de Educación Pública y Título de Abogado debidamente inscrito en el Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado bajo la partida numero cincuenta a fojas trece frente, por acuerdo del pleno de fecha catorce de noviembre de dos mil trece, libro vigésimo segundo; quien desde este momento acepta y protesta desempeñar fielmente el cargo conferido; así como al Abogado JOSÉ ANTONIO VICENTE FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ con cedula profesional numero 7051914 expedida por la Dirección General de Profesiones dependiente de la Secretaria de Educación Pública y Título de Abogado debidamente inscrito en el Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado; así como a la Ciudadana Pasante de Derecho ARTURO ROMAN ROSAS; TERESA GARCÍA JIMÉNEZ, ante usted con el suficiente respeto comparezco y expongo lo siguiente:
Q U E, por medio del presente escrito y documentos que acompaño; vengo a promover JUICIO ESPECIAL DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO POR ENMIENDA, en contra del CIUDADANO JUEZ DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS DE TEHUACAN, PUEBLA; así como en contra del Agente del Ministerio Público adscrito a ese Honorable Juzgado, y a todas aquellas personas que tengan interés en contradecir la presente, quienes serán emplazados en términos del artículo 751 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado; de quienes reclamo desde estos momentos, las siguientes:
P R E S T A C I O N E S:
PRIMERA.- LA RECTIFICACIÓN POR ENMIENDA DE MI ACTA DE MATRIMONIO A FIN DE AJUSTAR MI NOMBRE A LA REALIDAD SOCIAL.- Respecto del Nombre de MARIA CATALINA GUADALUPE ESPINDOLA CONTRERAS, que aparece en mi acta de matrimonio, que consta en el libro número uno (01), del acta numero cincuenta y nueve (00059), de matrimonios del año de mil novecientos cincuenta y seis (1956), del Registro Civil de las personas de Tehuacán, Puebla, por el nombre que he utilizado en mi vida, en mis actos tanto públicos como privados que es el de MARIA CATARINA GUADALUPE ESPINDOLA CONTRERAS sin lugar a implicar efectos de filiación, ni causar perjuicio a terceros, ya que siempre me he ostentado este nombre, tal y como lo demostrare con los documentos que anexo.
A fin de dar cabal cumplimiento al Artículo 194 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, fundó la presente demanda en los siguientes puntos y hechos:
H E C H O S:
1.- Contraje matrimonio con mi ahora esposo de nombre GREGORIO HUERTA SANTOS, El día dos de mayo de mil novecientos cincuenta y seis, ante el Juez del Registro Civil de las Personas de Tehuacán, Puebla, según consta en el libro número uno (01), del acta número cincuenta y nueve (00059), de matrimonios del año de mil novecientos cincuenta y seis (1956), del Registro Civil de las personas de Tehuacán, Puebla, con el nombre de “MARIA CATALINA GUADALUPE ESPINDOLA CONTRERAS”, tal y como lo demuestro con el extracto de mi acta de matrimonio, que anexo y que acompaño a la presente demanda.
2.- Contraje matrimonio ante la fe del ciudadano Juez del Registro Civil de Tehuacán, Puebla, con el nombre de “MARIA CATALINA GUADALUPE ESPINDOLA CONTRERAS”, nombre que no he utilizado, siendo mi nombre correcto el de “MARIA CATARINA GUADALUPE ESPINDOLA CONTRERAS”, Cabe mencionar que el nombre que aparece en mi acta de matrimonio, no lo utilizo, pues como lo he mencionado anteriormente, en mis actos públicos como privados de manera invariable y constante, me he ostentado con el nombre antes mencionado.
3.- BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto a Usted, que quien suscribe es de escasos recursos y por falta de ellos no había hecho la corrección de mi acta, sin embargo realice el procedimiento de rectificación administrativa ante el Director del Registro del Estado Civil de las Personas, sin embargo por error del personal de dicha dependencia no se realizó la corrección debidamente y siempre he utilizado en mis actos públicos, privados, jurídicos y sociales, el nombre de MARIA CATARINA GUADALUPE ESPINDOLA CONTRERAS. Situación que demuestro con la serie de pruebas que aporto para justificar mi dicho y ajustar mi nombre, a la realidad social en la que vivo.
D E R E C H O:
I.- COMPETENCIA.- Su Señoría es competente para conocer de la presente demanda, conforme a lo dispuesto por los artículos 52 fracción VIII, 53 y demás relativos y aplicables a la ley Orgánica del Poder Judicial
II.- PERSONALIDAD.- Es acreditada de acuerdo con los artículos 8 y 19 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado.
III.- PROCEDIMIENTO.- Se rige por lo dispuesto en los artículos 19,22,45,63,98,99,100,101,102,103,104,106,108,fracción XV,155,194,195,198,216,217,225,229,230,231,235,239,240,265,266,267,269,271,315,316,317,318,322,750,751, y demás relativos al Código de Procedimientos Civiles para el Estado.
IV.- FONDO.- Son aplicables los artículos 931 FRACCION II, 932, 933,935, y demás relativos y concordantes del Código Civil para el Estado.
P R U E B A S:
A) LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en el extracto de ACTA DE MATRIMONIO que está inscrita en libro número uno (01), del acta número cincuenta y nueve (00059), de matrimonios del año de mil novecientos cincuenta y seis (1956), del Registro Civil de las personas de Tehuacán, Puebla; dicha probanza la ofrezco para probar que contraje matrimonio con el nombre de MARIA CATALINA GUADALUPE ESPINDOLA CONTRERAS, y se relaciona con el punto UNO del capítulo de hechos.
B) LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en el extracto
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