Refencia A Los Sistemas De Proteccion Interno En Venezuela
Enviado por emce • 19 de Enero de 2012 • 4.780 Palabras (20 Páginas) • 843 Visitas
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA LA EDUCACION
MISION SUCRE
GUANARE- PORTUGUESA
Integrante:
Carlos Fernández
C.I: 15.400.093
Guanare, enero de 2012
ÍNDICE
Introducción pág.
Nociones preliminares del patrimonio………………………………….4 – 5
Teorías que tratan el patrimonio……………………………………… 5 – 8
Consideraciones fundamentales sobre el patrimonio……………….9
Concepto de patrimonio……………………………………………… 9 – 10
El activo y el patrimonio………………………………………………… 10 – 11
El pasivo del patrimonio………………………………………………… 11 – 12
Patrimonio separado…………………………………………………….. 12 – 16
El patrimonio autónomo…………………………………………………..16
El patrimonio colectivo…………………………………………………… 17
La responsabilidad patrimonial………………………………………… 18
Conclusión
Bibliografía
Introducción
A toda persona le pertenecen un cierto conjunto de cosas, siendo estas "tangi possunt es decir corporales o " tangi no possunt" o en otras palabras incorporales constituyendo el patrimonio de cada individuo. Toda persona tiene un patrimonio, aunque su pasivo sea mayor que el activo. Siendo este elemento tan esencial en la vida es imprescindible no saber más de ello.
Para explicar el patrimonio, se hace preciso recordar nociones básicas del Derecho Subjetivo, estudiadas en el curso de Introducción al Derecho. Sabemos que el Derecho Subjetivo es un poder de la voluntad, una facultad de obrar dentro de los límites del Derecho Objetivo, poder que se encuentra tutelado y protegido por ese Derecho.
El hombre establece relaciones de toda especie; y, dada la múltiple variedad de relaciones existentes entre los hombres, como individuos o sujetos de derechos y como miembros de una sociedad, fácil es comprender la existencia múltiple de derechos subjetivos y por ello se impone la necesidad de clasificarlos. No nos corresponde establecer la clasificación del Derecho Subjetivo, simplemente nos limitaremos a una: los Derechos Subjetivos Privados, que a su vez se subdividen en patrimoniales y no patrimoniales. El criterio distintivo entre ambos se encuentra en el contenido económico de las facultades correspondientes al sujeto y por el concepto del patrimonio.
Nociones preliminares del patrimonio
Sentido Etimológico de Patrimonio
Es probable que etimológicamente "Patrimonio" provenga de "patris munium", (conjunto de bienes que una persona ha recibido de sus padres o ascendientes); pero sería necesaria una larga explicación histórica para poner de manifiesto la relación existente entre esa acepción de la palabra y las acepciones que actualmente se le dan tanto en el lenguaje vulgar como en el técnico jurídico.
Acepciones de Patrimonio en el lenguaje Vulgar.
1°. Frecuentemente se llama patrimonio al conjunto de bienes o riqueza de una persona, de modo que sólo se dice que una persona tiene patrimonio cuando tiene fortuna en el sentido material de la palabra.
2°. Muchas veces, especialmente en el lenguaje comercial. Se habla de "patrimonio bruto" para aludir al valor del activo; de "patrimonio neto" para referirse a la diferencia entre el valor del activo y el valor del pasivo, y de "patrimonio pasivo" cuando el valor de éste es superior al valor del activo.
3° No faltan ocasiones en que el lenguaje común "patrimonio" es simplemente un conjunto de bienes
Dificultad de Precisar la Noción Jurídica de Patrimonio
Si bien las acepciones de patrimonio en el lenguaje vulgar guardan relación con la noción jurídica del vocablo, esta noción no es idéntica y resulta difícil de precisar.
1°. La historia no ha ayudado a clarificar la materia. En efecto, aunque en el Derecho romano se avizoró una noción de patrimonio general en la regulación de diversas instituciones, esa noción prácticamente se desvaneció en el antiguo Derecho francés y si bien reaparecen antecedentes en la Escuela Subjetiva del Derecho Natural lo cierto es que la doctrina jurídica moderna en la materia arranca de las concepciones de la doctrina romanista y pandectista alemana, que elabora la llamada teoría alemana del patrimonio, así como de la doctrina francesa formulada especialmente por Aubry y Rau con base en el Código Napoleónico y que se conoce como teoría clásica. Las dos teorías mencionadas divergen sensiblemente entre sí sin que ninguna haya logrado erradicar a la otra.
2°. Lo expuesto explica que la literatura contemporánea sobre el tema que nos ocupa sea muy amplia, pero que al mismo tiempo discute el concepto, la naturaleza jurídica y el contenido del patrimonio, las relaciones entre patrimonio y persona, los caracteres del patrimonio y hasta las clasificaciones del mismo. En síntesis, la literatura jurídica en la materia ayuda más a complicar que a resolver su problemática.
Ubicación del Estudio de Patrimonio
1°. Tampoco es uniforme la ubicación que le dan los autores al estudio del patrimonio dentro de la sistemática del Derecho Civil:
A) A veces se lo estudia dentro de la teoría general de los derechos subjetivos aun cuando es obvio que existen derechos subjetivos no patrimoniales.
B) A veces se lo estudia dentro de la teoría general de los derechos reales a propósito del tema "el objeto del derecho", aun cuando difícilmente pueda admitirse que el patrimonio sea un objeto de derecho o que exista un derecho real cuyo objeto sea el patrimonio.
Teorías que tratan acerca del Patrimonio
Destacan dos teorías que han intentado perfilar la figura jurídica del patrimonio, estas teorías son:
1) teoría clásica, subjetiva o del patrimonio personalidad
Origen:
La forma originaria de la teoría clásica, subjetivista o personalista del patrimonio se debe a Aubry y Rau quienes la elaboraron en base a los dos artículos
...