Reflexion acerca del aprendizaje adquirido
Enviado por ignecio • 4 de Septiembre de 2018 • Trabajo • 391 Palabras (2 Páginas) • 308 Visitas
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PRUEBAS:
Estaba en la etapa de APUD IUDICEM y lo hacia una vez que lo litigantes comparecían ante el juez, si llegaban ambas partes, se procedía a los alegatos y posterior a la rendición de pruebas.
SENTECIA:
Se daba en ambas etapas
- La IN IURE y era una vez que ambas partes comparecían ante magistrado, después de negar o afirmar pretensiones, el magistrado dictaba sentencia.
- La APUD IUDICEM, era cuando ambas partes acudían frente al Juez y si alguna no llegaba el juez podía dictar sentencia a favor de la parte que si asistía y/o desarrollándose en la presencia de ambas partes posterior a la rendición de pruebas
MEDIOS DE EJECUCIÒN:
Era mediante la fuerza si no se presentaba a la hora de la invitación del actor
ACCIONES:
Las hacía el actor o a él le correspondían y era de dos tipos:
Declarativas:
1. Legis Actio per sacramentum: Acción de la ley por apuesta sacramental.
2. L. A. per iudicis arbitrive postulationem: acción a través de la cual se pide un juez o árbitro para que actúe en una determinada situación
3. L. A. per condictionem: acción través de la cual se emplaza a alguien a comparecer ante el juez, con el fin de reclamar en principio dinero y con el tiempo cualquier tipo de cosas ciertas.
Ejecutivas:
1. L. A. per manus iniectionem : a acción de la Ley por "aprehensión corporal" fue la más antigua de las acciones de la Ley y constituyó el ...
2. L. A. pignorem capionem: Era un procedimiento extra judicial y se entendía que el bien había sido vendido o apropiado por el acreedor
Ocurría solo en dos casos:
- El caso del soldado: el podían apropiarse de algo del fisco si este no le pagaba el salario
- El caso del publicano: ellos podían apoderarse de un bien contra deudores de impuestos
EXCEPCIONES:
Despues de admitir como cierta y fundada la pretensión del demandante con lo que se produce la Confessio in Iure o también puede defenderse a través de una simple negación de la pretensión y por lo tanto aceptando la fórmula propuesta, o bien solicitando la inserción de excepciones
La etapa Apud Iudicem comienza con la entrega de la fórmula al juez, luego el alegato de las partes, luego la rendición y examinación de pruebas, el demandante debe probar sus pretensiones y el demandado debe probar sus excepciones.
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