ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Reglamento De Grados Y tÍtulos De La UNICA - ICA


Enviado por   •  3 de Julio de 2014  •  5.723 Palabras (23 Páginas)  •  1.003 Visitas

Página 1 de 23

INTRODUCCIÓN

El presente Reglamento de Grados y Títulos constituye un documento normativo básico orientado a regular los mecanismos, procedimientos y requisitos académicos administrativos a realizarse en la Facultad de Administración de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica.

Asimismo tiene como ámbito de acción la jurisdicción de Facultad de Administración de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, a través de la Secretaria Académica y comisión de Grados y Títulos.

DEDICATORIA

A nuestros docentes de la facultad de administración en especial al Dr. Jorge Luis de la Cruz Saravia por su paciencia, respeto y dedicación al trasmitirnos sus conocimientos basados en la carrera profesional en la cual nos estamos encaminando.

REGLAMENTO DE GRADOS Y TÍTULOS DE

LA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN - UNICA

REGLAMENTO DE GRADOS Y TITULOS DE LA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN - UNICA

TITULO I

GENERALIDADES

1. INTRODUCCIÓN:

1.1.- Finalidad.- El presente Reglamento de Grados y Títulos constituye un documento normativo básico orientado a regular los mecanismos, procedimientos y requisitos académicos administrativos a realizarse en la Facultad de Administración de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica.

1.2.-Alcance.- El presente Reglamento tiene como ámbito de acción la jurisdicción de Facultad de Administración de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, a través de la Secretaria Académica y comisión de Grados y Títulos.

1.3.- Base Legal.

a) Ley Universitaria 23733 y sus modificatorias. Capítulo III Art. 18.

b) Estatuto de la UNICA R.R. N° 28732 (20. VIII. 98) Capítulo III. Art. 45, 46, 47, 48, 49, 50 y 51.

c) Decreto Legislativo N° 739 (12.XI.91).

d) R.R. N° 869-R-UNICA-2002 (03-10-02)

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1°.- La Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, a propuesta de la Facultad de Administración confiere el Grado Académico de Bachiller en Administración y el Título Profesional de Licenciado en Administración, de conformidad a las normas legales vigentes.

Artículo 2°.- La Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, confiere el Grado Académico de Bachiller de Administración, en forma automática según lo establecido en el D.L. N° 739, Artículo 2° y Artículo 48° del Estatuto de la Universidad.

TITULO II

DEL GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER

CAPÍTULO II

GRADO ACADÉMICO DE BACHILLER

Artículo 3°.- El Grado Académico de Bachiller en Administración, es el reconocimiento al graduado, por haber cumplido con el programa de estudios de la carrera profesional, sobre la base del plan curricular de la Facultad, se testimoniará a través de un Diploma.

Artículo 4°.- Los requisitos para la obtención para el Grado de Bachiller en Administración son los siguientes:

a) Haber concluido satisfactoriamente el plan de estudios de la carrera profesional de Administración.

b) En los casos de traslados de matrícula externa se adecua al plan de estudios de la carrera profesional, cursando estudios cuando menos un (01) año académico en la Facultad de Administración.

c) Los demás que señale el art. 6° del presente normativo.

Artículo 5°.- Los documentos serán presentados por el egresado en un expediente debidamente foliado en la mesa de partes de la Facultad de Administración. En el folder de color naranja.

Artículo 6°.- El contenido del expediente será el siguiente:

a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad de Administración.

b) Certificado de estudios originales.

c) Fotocopia legalizada de L.E. o DNI.

d) Constancia de Egresado de la Facultad, expedida por la Secretaria Académica, en original.

e) Constancia de Ingreso a la U.N.ICA, expedida por la Oficina General de Matriculas, Registros y Estadística, en original.

f) Constancia de no adeudar dinero en la U.N.ICA,

g) Recibo de pago por derecho de diploma.

h) Recibo de pago por derecho de caligrafiado.

i) Recibo de pago por derecho de cuadernillo.

j) Recibo de pago por derecho de medalla (opcional).

k) Cuatro fotografías recientes a color tamaño pasaporte.

Las constancias tendrán un periodo de vigencia de 06 meses; culminado este periodo deberán ser renovadas efectuándose nuevamente los pagos correspondientes.

Los recibos de pagos por derecho tendrán vigencia dentro del año calendario en que han sido cancelados.

Los alumnos que al cabo del periodo de un año de culminados sus estudios no hayan obtenido el grado pagaran el recargo correspondiente por cada año de retraso según tasa educativa (25% de recargo).

Artículo 7°.- Luego del recepcionado el expediente, este será derivado a la Comisión de Grados y Títulos de la Facultad de Administración, para su conformidad u observación; en caso de ser observado será devuelto al interesado para que levante las observaciones que se le formule.

Artículo 8°.- El expediente aprobado por la Comisión será presentado al Decano, para la expedición de la Resolución Decanal por acuerdo de Consejo de Facultad, declarando apto para el otorgamiento del Grado de Bachiller y será elevado a Secretaría General de la U.N. ICA, quien hará la última revisión de toda la documentación y de estar conforme lo elevará al Sr. Rector, para su presentación al Consejo Universitario, quien luego de su ratificación conferirá al grado de Bachiller de Administración.

TITULO III

DE LA TITULACIÓN

CAPÍTULO III

DEL TÍTULO PROFESIONAL

Artículo 9°.- La Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, a través de la Facultad de Administración, aprueba y propone el otorgamiento del Título Profesional de Licenciado en Administración a los Bachilleres que demuestran aptitud, habilitándolos en el ejercicio de la Profesión, se testimonio mediante diploma.

Artículo 10°.- De acuerdo al Artículo 51° del estatuto de la Universidad la obtención del Título Profesional o de Licenciado

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (42 Kb)
Leer 22 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com