Reglamento de evaluacion MESCP
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ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
MINISTERIO EDUCACIÓN
VICEMINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL
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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN
DE FORMACIÓN PROFESIONAL
TÉCNICA Y TECNOLÓGICA
LA PAZ - BOLIVIA
2013
REGLAMENTO DE EVALUACIÓN
DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA Y TECNOLÓGICA
El Viceministerio de Educación Superior de Formación Profesional a través de la Dirección General de Educación Superior Técnica, Tecnológica, Lingüística y Artística, emite el presente “Reglamento de Evaluación”, que se deberá aplicar a los estudiantes, docentes, directivos de institutos técnicos que estén en el Nuevo Diseño Curricular Base por Carreras y/o Especialidades Profesionales: Agropecuaria, Veterinaria y Zootecnia, Acuicultura, Mecánica Industrial, Química Industrial, Industria Textil y Confección, Metalurgia, Siderurgia y Fundición, Industria de Alimentos, Electrónica, Industria de la Madera, Construcción Civil, Electricidad Industrial, Informática Industrial, Administración de Empresas (PyMes), Contaduría General, Secretariado Ejecutivo, Mercadotecnia, Comercio Internacional y Administración Aduanera, Mecánica Automotriz, Sistemas Informáticos, Turismo, Gastronomía; y de ésta manera estar en condiciones de estar habilitados a los niveles superiores.
BASE LEGAL[a]:
- Ley de Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia
- Ley de Educación “Avelino Siñani – Elizardo Pérez”, Nº 70 de 20 de diciembre de 2010.
- Decreto Supremo Nº 29894 de 7 febrero de 2009.
- Decreto Supremo Nº 29272 de 12 de septiembre de 2007 de “Plan Nacional de Desarrollo”.
- Resolución Ministerial Nº 066/2012, de 17 de febrero de 2012, de “Aprobación de los Diseños Curriculares Base de 22 Carreras Técnicas y Tecnológicas”.
- Resolución Ministerial Nº 448/2010, de 9 de agosto de 2010 del “Plan Estratégico Institucional”
CAPÍTULO I
DEFINICIONES
Artículo 1. (Objeto)
El presente Reglamento tiene por objeto normar la evaluación del proceso formativo en los institutos superiores técnicos y tecnológicos de Formación Profesional.
Artículo 2. (Alcances)
Se aplica en los niveles académico de Capacitación (CAP – 25), Técnico Medio (TM - 50) y Técnico Superior (TS – 100) de los institutos superiores fiscales, de convenio y privados de Formación Profesional Técnica y Tecnológica.
Artículo 3. (Concepto de evaluación en el proceso formativo)
Entiéndase por evaluación al proceso de análisis, reflexión y valoración de la formación integral y holística de las y los estudiantes. Entre tanto, Hargreaves, Earl y Ryan (2002: 188–191) [b]anotan, por su parte, cuatro objetivos estratégicos de la evaluación: la responsabilidad, que exige al sistema educativo darse cuenta de lo que produce en los diferentes niveles educativos; la titulación, que tiene que ver con la acreditación de la formación y trayecto educativo recorrido por los educandos, donde el logro de ciertos estándares nacionales e internacionales son importantes; el diagnóstico, que permite conocer y reconocer el proceso de cambio y mejora de los aprendizajes en los educandos ante el cual el profesor puede intervenir; la motivación y los resultados de la evaluación pueden servir de acierto o desafíos para lograr nuevos aprendizajes.
A partir de estos conceptos, se identifica de manera colectiva e individual, las limitaciones y éxitos en el proceso formativo para emitir juicios de valor y decisiones, mediante acciones permanentes y sistemáticas, orientando y reorientando la práctica pedagógica profesional en el logro de los objetivos holísticos.
Artículo 4. (Objetivos de la evaluación del proceso formativo)
- Contribuir al desarrollo de la formación integral y holística de las y los estudiantes de Formación Profesional Técnica y Tecnológica.
- Organizar los Consejos Técnicos de Evaluación[c] en cada Instituto Superior Técnico y Tecnológico para identificar éxitos, dificultades, limitaciones en el desarrollo de las capacidades profesionales o dimensiones humanas el Ser, Saber, Hacer y Decidir para su posterior análisis, reflexión y reorientar el proceso formativo.
- Generar información pertinente, oportuna, relevante y veraz para las y los estudiantes, la familia, la comunidad, el sector de organización social y sectores productivos sobre los resultados del proceso formativo.
- Definir los parámetros de valoración cualitativa y cuantitativa en cada nivel académico de Formación Profesional Técnica y Tecnológica.
- Implementar los instrumentos de evaluación y validación curricular para docentes, estudiantes, sector productivo y directivos de los institutos técnicos y tecnológicos de la educación superior técnica y tecnológica.
- Promover la participación de la comunidad, en la evaluación de los procesos formativos en los niveles académicos de Capacitación, Técnico Medio y Técnico Superior.
- Generar indicadores que permitan valorar el logro de construcción de conocimientos, así como la generación, adaptación y aplicación de la ciencia y tecnología productiva.
- Diagnosticar si los estudiantes son capaces de transformar, integrar y diversificar la matriz productiva en equilibrio con la Madre Tierra y Cosmos Vivo, para Vivir Bien.
Artículo 5. (Responsabilidad)
La evaluación es responsabilidad de catedráticas y catedráticos, estudiantes, familia, consejo técnico de evaluación, consejo Educativo Social Comunitarios, autoridades educativas en cada instituto superior técnico y tecnológico.
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