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Relación del derecho administrativo con otras ramas del derecho


Enviado por   •  22 de Diciembre de 2020  •  Ensayo  •  1.071 Palabras (5 Páginas)  •  193 Visitas

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Gustavo Andrés Cancino Camarena

02 de octubre del 2020

Relación del derecho administrativo con otras ramas del derecho

Por lo que se refiere a una de las más importantes ramas del derecho que se desprende del sector público puedo definir al derecho administrativo como un sistema compuesto de normas jurídicas que se encarga de regular, organizar y hacer funcionar correctamente la Administración Pública de la cual depende el Poder Ejecutivo a fin de ejercer sus funciones. Aunque, a su vez, regula las relaciones que surgen entre el Estado con los particulares, es decir, cuando al gobierno se le plantea un negocio como ciudadano, el gobierno se baja a la igualdad del ciudadano volviéndose un ente del derecho privado como si se tratase de una persona común y corriente; esto se convierte un negocio entre particulares y ya no de autoridad.

Es menester recalcar que el derecho administrativo es la base de toda la administración pública ya que dentro de sus deberes está primeramente velar por la correcta administración pública más aún el uso de los recursos de la federación y funcionamiento de cada órgano del gobierno.

Llegados a este punto, me permito citar a Rafael I. Martínez Morales que define al derecho Administrativo como: “el conjunto de reglas jurídicas relativas a la acción administrativa del Estado, la estructura de los entes del poder ejecutivo y sus relaciones”.

Como resultado, podemos notar que esta rama del derecho, al ser tan importante y aplicarse dentro del desarrollo de su sistema y aplicación, tiene relaciones con otras ciencias y con otras ramas del Derecho, ya que no son fenómenos aislados e independientes.

A continuación, me permito mencionar primeramente al derecho constitucional ya que esta encierra todas las normas que se refieren a la estructura misma del Estado, por lo que al estructurar el Estado se atribuye la organización y relaciones entre los poderes públicos y a los derechos humanos de los individuos en tanto que constituyen una limitación o una obligación positiva para el mismo estado. El derecho constitucional se adhiere el principio de separación de poderes, en donde se incluye al poder ejecutivo, legislativo y judicial como los órganos fundamentales debido a que, a través de ellos, la Nación ejerce su soberanía. Por tanto, el poder ejecutivo y judicial para su buen funcionamiento requieren de una multiplicidad de órganos secundarios entre los que deben existir las relaciones para conservar la unidad del poder del que forma parte.

Es por ello, que entre el derecho administrativo y el constitucional, existen atingencias que son más cuantitativas que cualitativas, ambas ramas se refieren a la actividad del Estado, aunque es indudable que los principios de organización del poder ejecutivo de su funcionamiento tienen la situación que tengan los particulares. Frente a la administración tendrán que influirse por el sistema mismo de la organización constitucional.

En segundo lugar, el derecho procesal. Existen relaciones, principalmente la relación de supletoriedad porque en algunas partes del proceso, en especial, en el laboral- administrativo y el de infracciones, intervienen autoridades administrativas y en los procesos penales y civiles coadyuva en la ejecución de las sentencias resolutorias.

Con el derecho internacional se da una relación de suma importancia ya que, al pertenecer al derecho interno, para que esta rama pueda funcionar es necesario la aplicación y expedición de normas administrativas con el fin de que el jefe de Estado se permita llevar a cabo las negociaciones diplomáticas y celebrar tratados internacionales, ya sea directamente o a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, de la que dependen el servicio diplomático y consular. Corresponde asimismo al poder ejecutivo (dependiente del derecho administrativo), a través de sus dependencias, elaborar la ejecución en el ámbito interno de los acuerdos internacionales, especialmente de los que se celebran con organismos internacionales especializados.

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