Resumen arbitraje internacional cátedra Feldstein UBA
Enviado por Antigona84 • 23 de Junio de 2016 • Apuntes • 6.149 Palabras (25 Páginas) • 319 Visitas
Resumen Arbitraje Internacional
Concepto:
-El arbitraje es un método de resolución de conflictos en el cual las partes se someten voluntariamente a la intervención de un tribunal arbitral, el cual resolverá las controversias suscitadas entre las partes.
Características:
Neutralidad:
-El tribunal arbitral es independiente, de los tribunales estatales de las partes o de los tribunales que tendrían jurisdicción para resolver el conflicto en caso de ausencia de una clausula compromisoria o compromiso arbitral acordado por las partes.
Confidencialidad:
-El arbitraje es confidencial respecto a la materia que suscita la controversia.
Celeridad:
-El arbitraje cuenta con plazos más cortos que la justicia estatal. Las partes pueden elegir el plazo en el cual los árbitros deben pronunciar el laudo. Si eligiesen dirimir la controversia en un tribunal arbitral institucionalizado, dicha institución prevé sus propios plazos. Por otro lado el tribunal arbitral se avoca exclusivamente a la resolución de ese conflicto. Todo esto da como resultado mayor celeridad.
Libertad de las partes/ Autonomía de la Voluntad:
-Las partes por el Ppio. De la Autonomía de la Voluntad, pueden elegir todo lo concerniente al proceso arbitral (si es libre o institucionalizado), la constitución del tribunal, la cantidad de árbitros, el idioma del proceso, el derecho aplicable al proceso arbitral (procesal) y el derecho sustantivo que regirá el fondo de la cuestión.
Principios del Arbitraje:
Autonomía de la Voluntad:
-Es el principio fundamental constitutivo del arbitraje. Como se dijo anteriormente, las partes pueden elegir principalmente (entre las demás cuestiones) la ley aplicable al fondo de la cuestión y a la forma del proceso en caso de que el arbitraje sea libre. En caso que las partes acuerden un arbitraje institucionalizado, tal institución dispondrá las normas procesales del proceso arbitral.
Competencia de la Competencia:
- El tribunal arbitral es quien resuelve la existencia, validez o nulidad de la cláusula compromisoria o compromiso arbitral que le dio jurisdicción para resolver la controversia.
* Los que estuvieron presentes en la audiencia de arbitraje en la clase especial, pudieron observar en la práctica tal principio en la primera parte de la audiencia cuando el tribunal arbitral resolvió que era competente para resolver la cuestión.
Separabilidad de la Cláusula Arbitral:
-La cláusula arbitral es independiente de las demás cláusulas del contrato. Esto no significa que se pacte como anexo separado del contrato. Significa que la cláusula arbitral deberá ser analizada independientemente del contrato, en otras palabras la invalidez o nulidad del contrato no implica la invalidez de la cláusula arbitral.
Si no fuese así, los árbitros no tendrían posibilidad de expedirse en la resolución de la controversia. Si el análisis de esta cláusula corre la misma suerte que el contrato (fuese nulo), nunca podrían llegar a conocer el asunto, ya que la cláusula que les dio jurisdicción es nula, por ende no habría arbitraje posible.
Clasificación de los Arbitrajes:
Libre o Ad Hoc/Institucionalizado:
Libre:
-Las partes acuerdan todo lo referente al procedimiento del arbitraje (Quienes son los árbitros, cuántos son, las normas procesales del procedimiento, el idioma, la sede del arbitraje, el derecho de fondo, los plazos, la forma de notificación, etc..)
Institucionalizado:
- Las partes se someten a una institución especializada en arbitraje, (Ej.: Asociación Americana de Arbitraje A.A.A., Cámara de Comercio Internacional C.C.I., Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional C.N.U.D.M.I., entre otras) aceptando automáticamente el reglamento que va a ser aplicable al proceso arbitral.
Voluntario/Forzoso:
Voluntario:
-Es el principio general de los arbitrajes, las partes voluntariamente por el Ppio. de la autonomía de la Voluntad, pactan someterse al arbitraje.
Forzoso:
- En ciertas situaciones, la ley determina que algunas situaciones deberán ser resueltas por árbitros. Ej.:
Art.- 1.627 C.C.: El que hiciere algún trabajo, o prestare algún servicio a otro, puede demandar el precio, aunque ningún precio se hubiese ajustado, siempre que tal servicio o trabajo sea de su profesión o modo de vivir. En tal caso, entiéndese que ajustaron el precio de costumbre para ser determinado por árbitros.
Art.- 1.781 C.C.: Si la prestación de los socios capitalistas fuese de partes desiguales, la parte de ganancias del socio industrial, será fijada por árbitros, si no conviniesen los socios en señalarla.
De Derecho/Equidad:
De Derecho:
- Si las partes acordaron el derecho aplicable al fondo de la cuestión, el tribunal arbitral deberá basarse en tal derecho para resolver el conflicto. Si no eligieron el derecho aplicable, pero las partes acordaron que la resolución de la controversia sea motivada en Derecho, el tribunal arbitral buscara el Derecho aplicable más conforme con la naturaleza y esencia de la relación jurídica.
De Equidad:
- El tribunal arbitral resolverá la cuestión conforme a su leal saber y entender. No necesariamente basándose en un Derecho determinado. La Equidad concede a los árbitros un amplio abanico para la búsqueda de la solución al conflicto, teniendo como fin lo que ellos entiendan como una solución equitativa de la cuestión.
Diferencia entre Clausula Compromisoria y Compromiso Arbitral:
Clausula Compromisoria:
- Se acuerda antes del estallido del conflicto. Puede estar incluida en el contrato o en instrumento separado, al momento de la celebración del mismo o después. La clave es que se pacta antes del estallido del conflicto.
Compromiso Arbitral:
- Se acuerda después del estallido del conflicto. Versa sobre conflictos ya suscitados.
Facultades limitadas de los Árbitros:
- Los Laudos Arbitrales son obligatorios para las partes, pero los árbitros no tienen (a diferencia de los jueces) las facultades de Coertio y Executio. Esto implica que si las partes no cumplen voluntariamente con el laudo, se deberá recurrir a la jurisdicción estatal para que ejecute forzosamente la decisión del laudo arbitral.
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