Retroactividad E Irretroactividad De La Ley
Enviado por Chezito • 11 de Junio de 2014 • 740 Palabras (3 Páginas) • 545 Visitas
RETROACTIVIDAD E IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY.-
La respectiva sucesión de leyes penales presentan problemas específicos, que se engloban bajo el estudio de la ley con relación al tiempo.
Al sucederse una o varias leyes penales, la cuestión que se presenta es la de investigar con que ley debe juzgarse un hecho: si con aquella que regia cuando el hecho se cometió, o con la que rige cuando se dicta la sentencia, o mientras se cumple la pena, o con una ley intermedia.
Al variar la ley, las diferencias posibles se concretan en estos 4 casos:
1. La ley nueva crea una figura delictiva nueva y aplica una pena a un hecho anteriormente impune.
2. La ley nueva quita carácter delictivo a un hecho reprimido x la ley anterior, derogando expresa o tácitamente una incriminación.
3. La ley nueva establece condiciones más gravosas ya sea en los elementos de la figura delictiva, ya en la sanción, ya en las condiciones de aplicabilidad de esta (forma de condena).
4. La ley nueva, puede importar una modificación de la ley anterior que la haga menos gravosa, variando favorablemente los elementos.
En cualquiera de esas situaciones se llamara retroactividad al hecho de aplicar una ley cuya vigencia es posterior al delito cometido.
La afirmación de la irretroactividad de la ley podrá llevar a la necesidad de seguir aplicando, bajo la vigencia de la ley nueva, la ley anterior dando a la ultra-actividad de esta.
PRINCIPIO BÁSICO.- Las leyes rigen para el futuro.
Es una garantía constitucional, que nadie puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso, con lo que, en principio, queda negada la retroactividad de la ley.
La fecha de vigencia de las leyes penales se rige por los principios generales. Es frecuente que las leyes fijen la fecha en que han de regir.
El principio básico, es un derivado del dogma reconocido como fundamento de toda construcción jurídico-penal: nullum crimen nulla poena sine lege.
La aplicación de la ley posterior se haría, alterando las condiciones o exigencias de la ley de la época en que tuvo lugar la conducta, calificada después como delictiva.
La irretroactividad de la ley penal es una consecuencia del principio de reserva de la ley.
Resulta de la sola enunciación del principio que se producirá necesariamente la superposición de 2 o más leyes, de modo que la ley posterior no regir universalmente:
-Ni los hechos pendientes de sentencia.
-Ni las penas temporales que estén en ejecución.
La Irretroactividad en materia penal se inserta conceptualmente dentro del principio: nullum crimen, nulla poena sine previa lege.
En ambos supuestos el
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