ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

SALUD OCUPACIONAL 2

paola33135 de Noviembre de 2013

727 Palabras (3 Páginas)188 Visitas

Página 1 de 3

ACTIVIDAD 2 SALUD OCUPACIONAL

1. Presenta un ejemplo con el que ilustres los conceptos y la clasificación del riesgo desde sus características energéticas y legales contractuales.

• CARACTERÍSTICAS ENERGÉTICAS

RIESGO ESTATICO: manipular cajas eléctricas sin tener la debida capacitación para hacerlo.

RIESGO DIMANOCO: hablar por teléfono mientras se estas conduciendo

• CARACTERÍSTICAS LEGALES CONTRACTUALES

RIESGO COMUN: quemarse al momento de hacer la cena

RIESGO OCUPACIONAL: un operario batidor de ponqués se quema al momento de sacar del horno una lata con panes por hacerlo de una forma inadecuada.

RIESGO PROFESIONAL: un cortador de masas se corta un dedo al momento cortar y sacar la masa de la mojadora.

2. Determina la actividad económica de la empresa en la cual laboras o la que hayas elegido para el desarrollo de estas actividades a la luz de la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Profesionales, contenida en el Decreto 1607 de 2002. Luego analiza las condiciones de la empresa e identifica los riesgos ocupacionales relacionados con su actividad productiva y elabora un listado con los riesgos encontrados.

CLASE II: EMPRESAS DEDICADAS A LA ELABORACION DE PRODUCTOS DE PANADERÍA, INCLUYE LAS EMPRESAS DEDICADAS A MANUFACTURA DE OBLEAS, CONOS PARA HELADOS

Caídas al momento de tener el piso mojado

Cortaduras

Quemaduras a causa de los hornos y maquinaria que contiene calor

Caída de cajas

3. Calcula el monto de los aportes a la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP) que le corresponde pagar a la empresa de conformidad con el grado de riesgo y la tarifa correspondientes a su Actividad Económica, de acuerdo con la Tabla de Cotizaciones Mínimas Y Máximas que encontrarás en el Decreto 1772 de 1994 y en el Decreto 1295 de 1994, artículos 18, 26, 27 y 28.

TABLA DE COTIZACIONES MINIMAS Y MAXIMAS

CLASE DE RIESGO VALOR MINIMO VALOR INICIAL VALOR MAXIMO

II 0.435% 1.044% 1.653%

DECRETO 1295 DE 1994

Artículo 18. Monto de las cotizaciones.

El monto de las cotizaciones no podrá ser inferior al 0.348%, ni superior al 8.7%, de la base de cotización de los trabajadores a cargo del respectivo empleador

Artículo 27. Tabla de Cotizaciones Mínimas y Máximas.

Para determinar el valor de las cotizaciones, el Gobierno Nacional adoptara la tabla de cotizaciones mínimas y máximas dentro de los limites establecidos en el artículo 18 de este Decreto, fijando un valor de cotización mínimo, uno inicial o de ingreso y uno máximo, para cada clase de riesgo.

Salvo lo establecido en el artículo 33 de este Decreto, toda empresa que ingrese por primera vez al sistema de riesgos profesionales, cotizara por el valor inicial de la clase de riesgo que le corresponda, en la tabla que expida el Gobierno Nacional.

Parágrafo. El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, revisara y si es del caso modificara, periódicamente las tablas contenidas en el presente artículo y en el artículo anterior.

Artículo 28. Tabla de Clasificación de Actividades Económicas.

Hasta tanto el Gobierno Nacional la adopta, la clasificación de empresas se efectuara de conformidad con la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas vigente para el Instituto de Seguros Sociales, contenida en el Acuerdo 048 de 1.994 de ese Instituto.

Parágrafo. El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, previo concepto del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales, revisara periódicamente la tabla de clasificación de actividades económicas:

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com