SE AUTORIZA EL CIERRE DE UNA VIA EN EL MUNICIPO DE LA CEJA DEL TAMBO, ANTIOQUIA
Enviado por Diana Carvajal • 14 de Julio de 2016 • Apuntes • 469 Palabras (2 Páginas) • 128 Visitas
Resolución No. 273 | Fecha: 30-10-2015 | Radicado No. 412 |
POR MEDIO DE LA CUAL SE AUTORIZA EL CIERRE DE UNA VIA EN EL MUNICIPO DE LA CEJA DEL TAMBO, ANTIOQUIA | ||
El secretario de Transporte y Transito del Municipio de la Ceja, Antioquia, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Código Nacional de Tránsito Terrestre, Ley 769 de 2002, y | ||
CONSIDERANDO | ||
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Secretario de Transporte y Transito del Municipio de La Ceja del Tamo. |
RESUELVE: |
ARTICULO PRIMERO: Autorizar el cierre de la carrera 21 entre 22 y 24, a partir del día sábado 31 de octubre hasta el 06 de noviembre de 2015, y la carrera 21 entre calles 20 y 22 del 12 de noviembre de 2015 al 08 de Enero de 2016; al señor JOHHN ALBERTO CALLE GALLEGO, con el objeto de responder las redes principales de acueducto y alcantarillado con las respectivas redes domiciliarias, así como la pavimentación de la misma. ARTICULO SEGUNDO: Advertirle al Señor JOHHN ALBERTO CALLE GALLEGO, que deberá colocar las señales transitorias reglamentarias correspondientes que le indiquen a los conductores que la referida vía se encuentran cerrada. Parágrafo: La Secretaria de Transporte y Transito podrá en cualquier momento verificar el acatamiento de lo exigido para el cierre de la vía. El no acatamiento será causal de la cancelación del permiso y la habitación inmediata del eje vial afectado
ARTICULO TERCERO: La presente Resolución deberá ser publicada en la Emisora Local Radio Capiro para lo cual deberá cancelar los derechos de publicación en la Tesorería de Rentas Municipales. |
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE |
Dada en La Ceja del Tambo, a los veintisiete días del mes de noviembre del año Dos mil quince (27-11-2015) ANDRES HUMBERTO GARZON OSPINA Secretario de Transporte y Tránsito Notificado: _________________________ Fecha: _________________________ |
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