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SEMANA 6 Superintendencia Financiera


Enviado por   •  28 de Septiembre de 2014  •  781 Palabras (4 Páginas)  •  267 Visitas

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ACTIVIDAD SEMANA 6

Una vez analizada la reglamentación, tanto en el Material de Curso como en el Material de Apoyo, elabore un cuadro en donde se de aplicación de las normas en el campo laboral, para ello utilice la siguiente información de créditos aprobados, listos para desembolsar. Usted deberá clasificar y evaluar las operaciones, teniendo en cuenta las indicaciones dadas.

Para el desarrollo de esta actividad a es necesario la lectura de la circular 011 de marzo de 2002 de la Superintendencia Financiera que encontrará en el botón Material de Apoyo.

CREDITOS APROBADOS

CLIENTE MONTO DESTINO CLASIFICACION

1) Carmen Restrepo $5.000.000 Libre inversión Crédito de Consumo

2) Leonor Camargo $20.000.000 Compra Vivienda Crédito de vivienda

3) Hacienda Santa Rosa $82.000.000 Programa de ganadería Microcrédito

DESCRICION DE INFO DE LAS TABLAS

CREDITO DE CONSUMO: Consideramos que esta es la línea de crédito pues en el ejercicio nos indican que es libre inversión y no especifican en que va a invertir este nos dice que se da a personas naturales cuyo objeto es financiar la adquisición de bienes de consumo o el pago de servicios para fines no comerciales o empresariales, sin importar su monto.

CREDITO DE VIVIENDA: Esta es la línea de crédito para este cliente ya que nos manifiesta que lo usara para compra de vivienda es importante tener en cuenta algunas condiciones para esta línea de crédito la cual se otorga a personas naturales destinados a la adquisición de vivienda nueva o usada, o a la construcción de vivienda individual.

- El plazo de amortización debe estar comprendido entre mínimo cinco (5) años como y como máximo treinta (30) años.

- La tasa de interés remuneratoria será fija durante toda la vigencia del crédito, a menos que las partes acuerden una reducción de la misma y deberá expresarse únicamente en términos de tasa anual efectiva. Los intereses se deben cobrar en forma vencida y no pueden capitalizarse.

- El monto del crédito podrá ser hasta del setenta por ciento (70%) del valor del inmueble. Dicho valor será el precio de compra o el de un avalúo técnicamente practicado dentro de los seis (6) meses anteriores al otorgamiento del crédito.

- En los créditos destinados a financiar vivienda de interés social, el monto del préstamo podrá ser hasta del ochenta por ciento (80%) del valor del inmueble.

- La primera cuota del crédito no podrá representar más del treinta por ciento (30%) de los ingresos familiares, que estén constituidos por los recursos que puedan acreditar los solicitantes del crédito, siempre que exista entre ellos relación de parentesco o se trate de cónyuges o compañeros permanentes. Si se trata de parientes deberán serlo hasta el segundo grado de consanguinidad, primero

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