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SENTENCIAS DEL DERECHO PROCESAL PENAL


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2014  •  3.779 Palabras (16 Páginas)  •  549 Visitas

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Contenido

Pag.

Capítulo I. INTRODUCCION 4

1. Concepto de sentencia 4

2. Definición de sentencia 5

Capítulo II. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 5

1. Requisitos sustanciales 6

2. Congruencia 6

3. Congruencia con hechos 7

4. Congruencia con la clasificación de los hechos 7

5. Congruencia con las pretensiones 8

6. Congruencia interna 9

7. Exhaustividad 9

8. Especie de sentencias penales 9

9. Desestimatorias y absolutorias 10

10. Estimatoria y condenatoria 11

11. Definitivas y ejecutorias 12

12. Non Bis In Idem 13

Capítulo III. CONCLUSIONES 14

Bibliografía 15

I. INTRUDUCCION

Es el modo legalmente regulado de realización de la administración de justicia, que se compone de actos que se caracterizan por su tendencia hacia la sentencia y a su ejecución, como concreción de la finalidad de realizar el Derecho penal material.

Estos actos se suceden entre la noticia del delito, a partir de la cual se promueve la acción, y la sentencia. Los actos marchas sin retorno, proceden, hacia el momento final.

Dentro de esos actos procesales “vivos” que montan la impulsión del proceso, se ha distinguido los de mera investigación o instrucción, los de persecución, que luego continúa con el auto de procesamiento, la elevación a juicio, la citación a juicio, la audiencia.

El fin institucionalmente propuesto para el proceso penal no es sólo la realización del Derecho Penal material sino también el cumplimiento de las bases constitucionales del enjuiciamiento penal o el programa constitucional, ya que el derecho procesal penal es reglamentario de la Constitución del Estado, y es por ello que la implementación de cualquier medida que, en pos de descubrir la verdad para imponer una pena, vulnere los derechos y garantías de los ciudadanos excediendo los límites constitucionalmente impuestos a los poderes públicos, resulta simultáneamente repugnante a los principios básicos del proceso penal.

Según el profesor Percy Chocano Núñez, autor de Teoría de la Actividad Procesal y Derecho Probatorio y Derechos Humanos, el Derecho Procesal Penal, se divide en Teoría General del Proceso, Teoría de la Prueba y Teoría de la Actividad Procesal. La Teoría General del Proceso, trata de las instituciones que regulan el proceso en general, como la Jurisdicción, la Competencia, Los Sujetos Procesales y las Medidas Coercitivas o cautelares. La Teoría de la Prueba trata sobre la forma en que debe probarse una imputación y comprende el concepto de la prueba, la diferencia entre prueba y medios de prueba, teoría de la actividad probatoria, la carga de la prueba y la valoración de la prueba. La Teoría de la Actividad Procesal, trata sobre los actos procesales, lo que implica la estructura del acto procesal, las clases de actos procesales, el tiempo en la actividad procesal, etc.

1. CONCEPTO DE SENTENCIA

La sentencia es el veredicto o conclusión que ofrece el juez frente a todos los casos que se le presentan para que nombre las consecuencias que debe de seguir el acusado y el acusador. La sentencia es una de las bases más importantes del derecho y que se deben de seguir para lograr una justicia más precisa. Esta también tiene que seguir una serie de pasos que empiezan con la denuncia o de la querella para poder aplicar después una profunda investigación previa del caso (a cargo del ministerio público), después seguir con una preparación del proceso a través del cual se lleva la instrucción de los elementos del juicio para cada caso específico. Se requiere seguir un proceso directo para lograr el juicio en el que se presentaran los casos y pruebas. También se llegara a una ejecución que concluirá todo tipo de fracciones para que se llegue a un resultado específico con todo lo que le soliciten.

2. DEFINICION DE SENTENCIA.

La sentencia es el acto y la decisión pronunciada por el tribunal mediante la cual da solución al fondo controvertido. Es una formula compositiva del litigio.

Sentencia proviene del latín sententia, que significa opinión, veredicto, decisión. Según Escriche, deriva de sentiendo: lo que siente. En esa afirmación de Escriche se han apoyado vario autores; no obstante, el sintiendo, lo que siente el juez, era comprensible en el derecho romano de cierta época, cuando el juez decía lo que sentía y no necesariamente lo que tenía que hacerse.

II. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

Según las partidas, la sentencia es “la decisión legitima del juez sobe la causa controvertida en su tribunal”.

Adviértase y en esto coinciden los procesalistas actuales que la sentencia resuelve solo el fondo controvertido, de aquí que las conocidas como “sentencias interlocutorias”, no sean propiamente sentencias. A estas interlocutorias, Fix Zamudio prefiere asignarles la naturaleza jurídica de autos, puesto que realmente eso son:

Se ha dicho que la sentencia contiene un “acto de voluntad” del juzgado.

Otros autores afirman que no es acto de voluntad, sino solo un “juicio lógico” mediante el cual se aplica la norma general al caso concreto. Sea cual fuere la naturaleza jurídica (acto de voluntades o juicio lógico), la sentencia se diferencia de cualquier decisión de n particular, en que proviene de un órgano del Estado previsto de la especifica facultad de decidir controversias y de la diversa eficacia jurídica.

De forma análoga, se establece principalmente en la Escuela de Viena, que la sentencia no solo es un acto mediante el cual se aplica la ley, sino también un acto que crea obligaciones a cargo de una de las partes. Todos dependen de si la pirámide jurídica se contempla “hacia arriba” o “hacia abajo”.

La sentencia es un acto del Estado, como también lo es el legislar o ejecutar; por tanto, los particulares no están llamados a sentenciar.

No se olvide que para poderse dictar la sentencia penal debe haberse resuelto todas las cuestiones prejudiciales que se hubieren planteado.

1. REQUISITOS SUSTANCIALES.

Toda sentencia, y la pena no es una excepción, tiene que sujetarse a ciertos principios inspiradores, los cuales ha de acoger. En un Estado de derecho, esto debe darse con mayor razón.

Aunque se han mencionado, entre otros principios, la fundamentación y la motivación, cabe advertir que estos, si bien tienen que ser acogidos por la sentencia, no son principios exclusivos de la misma, puesto que toda resolución tiene que estar fundada y motivada en atención a lo preceptuado por nuestra Constitución.

De cualquier manera,

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