Salud Ocupacional
Enviado por ballach • 6 de Noviembre de 2012 • 900 Palabras (4 Páginas) • 238 Visitas
NORMATIVIDAD EN TRABAJO
SEGURO EN ALTURAS.
Resolución 3673 de 2008
Resolución 736 de 2009
Ministerio de la Protección Social
Abril 2009
La tarea de trabajo en alturas está considerada como
de alto riesgo y conforme a las estadísticas
nacionales, es la primera causa de accidentalidad y
de muerte en el trabajo.
Se entenderá por trabajo en alturas, toda labor o
desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más
sobre un nivel inferior.
APLICA A:
Todos los empleadores, empresas, contratistas,
subcontratistas y trabajadores de todas las
actividades económicas de los sectores formales
e informales de la economía, que desarrollen
trabajos en alturas con peligro de caídas.
OBLIGACIONES DE EMPLEADORES:
1. Incluir en el programa de S.O, los procedimientos, elementos y
disposiciones establecidas en la presente resolución.
2. Implementar el Programa de Protección contra Caídas.
3. Cubrir todas las condiciones de riesgo existentes mediante medidas
de control contra caídas de personas y objetos, las cuales deben ser
dirigidas a su prevención en forma colectiva, antes de implementar
medidas individuales de protección contra caídas.
4. Adoptar medidas compensatorias y eficaces de seguridad.
5. Garantizar que la estructura de anclaje utilizada tenga como mínimo
una resistencia de 5000 libras (22.2 Kilonewtons – 2.272 Kg) por
persona conectada.
6. Disponer de personal capacitado, competente y calificado para las actividades
con trabajos en alturas.
7. Garantizar un programa de capacitación y entrenamiento a todo trabajador que
esté expuesto al riesgo de trabajo en alturas, antes de iniciar tareas y uno de
reentrenamiento, por lo menos una vez al año.
8. Garantizar la operatividad de un programa de inspección, de los sistemas de
protección contra caídas por lo menos una vez al año.
9. Solicitar las pruebas que garanticen el buen funcionamiento del sistema de
protección contra caídas o los certificados que lo avalen.
10. Asegurar la compatibilidad de los componentes del sistema de protección
contra caídas.
11. Incluir dentro de su Plan de Emergencias un procedimiento para rescate en
alturas, con personal entrenado.
1. Asistir a la capacitación, participar en las actividades de entrenamiento y reentrenamiento
programados por el empleador y aprobar satisfactoriamente las evaluaciones de
conocimientos y de desempeño.
2. Cumplir todos los procedimientos establecidos por el empleador.
3. Informar sobre cualquier condición de salud que le genere restricciones antes de realizar
cualquier tipo de trabajo en alturas.
4. Utilizar las medidas de prevención y protección contra caídas que sean implementadas
por el empleador.
5. Reportar el deterioro o daño de los sistemas colectivas o individuales, de prevención y
protección contra caídas.
6. Participar en la elaboración y el diligenciamiento del permiso de trabajo en alturas, así
como acatar las disposiciones del mismo.
Requerimiento de los emperadores
El empleador debe diseñar los perfiles exigidos para la vinculación de
trabajadores que realicen trabajos en alturas, de acuerdo con la
actividad económica y la tarea a realizar .
El empleador DEBERÁ:
Ø Antes de la vinculación laboral
Ø Por lo menos una vez al año
Evaluación condiciones aptitud
psicofísica de los empleados,
necesarias para realizar trabajos
en alturas.
ARTÍCULO 2 INCISO 5.
Certificación: Constancia que se entrega al final de un proceso, que acredita que
...