¿Se considera que lo anterior corresponde a un accidente laboral? ¿Por qué? .
Enviado por LUIS1502 • 3 de Junio de 2016 • Apuntes • 533 Palabras (3 Páginas) • 133 Visitas
1-¿Se considera que lo anterior corresponde a un accidente laboral? ¿Por qué?
No es accidente laboral, se considera accidente en el trabajo considerando que las personas contratadas a honorarios están vinculadas con la empresa a través de un contrato de prestación de servicios, no un contrato de trabajo, y por lo tanto no revisten la calidad de trabajadores dependientes, no corresponde a la cobertura de la Ley N° 16.744.
2- Apoyado en la normativa Legal Vigente, Determine las irregularidades presentes en el caso, tomando en consideración toda la información de texto.
- Investigando su actividad en el listado de clasificación de actividades económicas el N° 552050 corresponde a servicios de banquetes, bodas y otras celebraciones, por lo que la Empresa debería cumplir con ese rubro y no debería haber un trabajador electricista.
- Un trabajador al accidentarse debe ser trasladado inmediatamente a un centro médico ya sea independientemente si es honorario.
- En una empresa contratista los trabajadores deben estar bajo contrato por la faena que realizaran o bajo una empresa de servicios transitorios para realizar una tarea en específico, contratar a un trabajador bajo honorarios sería una irregularidad para la empresa.
- El capataz eléctrico no informo que unos de sus trabajadores sufrió un accidente.
3- Después del análisis del texto, determine el lugar al cual debería haber sido trasladado al accidente para su tratamiento si es que corresponde.
Como el trabajador está prestando servicios de Honorarios no lo cubre el seguro de la ley 16.744 ya que no está incluido en el, por lo cual el mismo trabajador debe asistir a un centro médico público o cancelar uno privado.
Pero ahora la Ley N° 20.255 fija la obligatoriedad de los trabajadores independientes (que emiten boleta de honorarios) al Sistema de Pensiones, al Sistema de Salud y al Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, lo que permitirá igualar derechos y deberes entre trabajadores dependientes e independientes.
4- Describa sus recomendaciones al contratista en su calidad de experto asesor de la empresa principal, aplicando la normativa legal vigente que corresponda.
-Formar un Comité Paritario de faena ya que la empresa cuenta con más de 25 trabajadores cualquiera sea su dependencia, en la faena, obra o servicio propio del giro de la empresa principal, y cuando la duración de la faena sea superior a 30 días corridos. Los cuales estarán compuestos por 3 representantes patronales y 3 representantes de los trabajadores, constituido de forma interempresarial.
-El empleador debe implementar los correctos E.P.P correspondientes a la labor de sus trabajadores art. 184 del código del Trabajo.
-Entregar las herramientas de trabajo necesarias, y no que el trabajador llegue a la instancia de tener que hacer sus propias plataformas como en el caso anterior.
-Hacer Capacitaciones del buen uso de los elementos de protección personal y las herramientas de trabajo llevando un registro de estas.
-Informar a los encargados, el procedimiento que se debe realizar en caso de un accidente de sus trabajadores.
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