Semiotica o semiologia juridica
Enviado por Brian Escamilla • 10 de Junio de 2022 • Documentos de Investigación • 388 Palabras (2 Páginas) • 155 Visitas
SEMIOTICA O SEMIOLOGIA JURIDICA
Extensión de la filosofía analítica ya que las dos manejan como raíz la filosofía del lenguaje. La semiótica como disciplina, es el análisis de los signos o el estudio del funcionamiento de sistema de signos.
La semiología se define como la ciencia general de todos los sistemas de comunicación mediante señales, signos o símbolos. Y la semiótica se vincula con e estudio unificado de cualquier clase de fenómeno de significación y/o comunicación.
El objeto de la semiótica son los signos:
- La ciencia, en cuanto obra social, ya que requiere de la comunicación de la comunicación del conocimiento, mediante las palabras habladas y escritas
- * las palabras, ya que facilitan eel trabajo de los científicos por ser algo material suceptible de aprensión
- La mente, en cuanto perfila ciertas ideas, más precisas si es que se comunica a través de las palabras.
CONSTRUCTUVISMO JURIDICO
Tiene su fuente en el área de la pedagogía. El constructuvismo se puede definir como un enfoque, método paradigma que considera al alumno como la parte activa de la construcción de conocimientos, habilidades yy actitudes, centrándose en como aprende el alumno, y no en como enseña el profesor, propone reformas pedagógicas.
El constructuvismo jurídico es definido por Enrique Caseres Nieto como:
Enfoque teorico cuyo objeto de estudio son e discurso jurídico positivo y sus metadiscursos, en tanto parte de los insumos cognitivos que contribuyen a la generación de los estados psicológicos determinantes de la forma en que se percibe jurídicamente la vida social y con base en los cuales tienen lugar las conductas jurídicas mediante cuya realización los agentes jurídicos inciden en los procesos de construcción de la realidad social. Estas conductas pueden ser de acciones comunicativas como dictar una sentencia o alterando el mundo físico como el privar de la vida a otro sujeto.
NEOCONSTITUCIONALISMO
Corriente de interpretación y aplicación del propio derecho constitucional (y por su extensión del propio derecho mismo) Siendoo Susanna Pzzolo, una de las creadoras.
Tiene su origen normativo en el Estado de bienestar Europeo ya que ahí se trata con constituciones que no se limitan a establecer competencias o separar los poderes políticos sino que contienen altos niveles de normas “materiales” o sustantivas que condicionan la actuación del Estado por medio de la ordenación de ciertos fines y objetivos. Además de sus amplios catálogos de derechos fundamentales.
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