Silogismos Juridicos
Enviado por jazielzg • 30 de Octubre de 2014 • 408 Palabras (2 Páginas) • 1.284 Visitas
EL SILOGISMO JURÍDICO FORMULADO POR LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES
De alimentos 3 ejemplos
Ejemplo 1
Premisa mayor: el artículo 300 .- “los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos…”
Premisa menor: Pedro ante el juez y en el juicio, se mencionó en la sentencia que tiene una obligación con su hija Dionisia Sánchez por lo cual debe de aportar alimentos, en una cantidad de 400 pesos por quincena.
Conclusión: pedro debe pagar alimentos a su hija dionisia.
Ejemplo 2
CONFORME AL ARTÍCULO 306 DEL CÓDIGO CIVIL DE BAJA CALIFORNIA DICE: “El obligado a dar alimentos cumple la obligación asignando una pensión competente al acreedor alimentario, o incorporándolo a la familia. Si el acreedor se opone a ser incorporado, compete al Juez, según las circunstancias, fijar la manera de ministrar los alimentos…” Cuando el padre o la madre no puedan dar alimentos pero si los pueden incorporar a su familia, dándole alimento, vestido, estudios etc. Esto le compete al juez decidirlo según sean las circunstancias en las que se encuentre el demandado por la pensión alimenticia.
Premisa mayor: si uno de los padres no puede dar alimentos, se podrá incorporar a la familia, esos el juez lo decidirá según sean las circunstancias en las que se encuentre.
Premisa menor: pedro puede pagar los alimentos...
Conclusión: pedro pagara los 400 pesos de pensión.
Ejemplo 3
EL ARTÍCULO 305 DEL CÓDIGO CIVIL DE BAJA CALIFORNIA MENCIONA, “Los alimentos comprenden la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en caso de enfermedad. Respecto de las personas menores de dieciocho años de edad, se comprende por alimentos, además, los gastos necesarios para la educación básica obligatoria del alimentista, para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su sexo y circunstancias personales”. El ARTÍCULO 306 del mismo código dice: “El obligado a dar alimentos cumple la obligación asignando una pensión competente al acreedor alimentario, o incorporándolo a la familia”. El ARTÍCULO 308 del presente código menciona: “Los alimentos han de ser proporcionados a la personalidad del que debe darlos y a la necesidad del que debe recibirlos.”
Premisa mayor: los padre deben de dar alimentos a sus hijos que comprenden la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en caso de enfermedad además como la persona beneficiada e menor de edad y está estudiando la escuela secundaria, cumplirá con una pensión de 400 pesos y serán proporcionada a la madre de la hija a la señora Juana Pérez par que cubra los gastos de su hija dionisia Sánchez.
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