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Sistema Acusatorio Adversarial En Guanajuato Mexico


Enviado por   •  13 de Julio de 2013  •  5.493 Palabras (22 Páginas)  •  786 Visitas

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INDICE

SISTEMA ACUSATORIO ADVERSARIAL EN MEXICO……………………..2

ANTECEDENTES HISTORICOS…………………………………….……….…3

MEDIDAS CAUTELARES EN EL SISTEMA ACUSATORIO ADVERSARIAL

Y EN QUE CASO SE APLICAN………......................................……..….4

MEDIDAS CAUTELARES…….………………………………………..……….4

CONCLUSION…………………………………………………………..……….16

BIBLIOGRAFIA……………………………………………………….....………17

INTRODUCCION

SISTEMA ACUSATORIO ADVERSARIAL EN MÉXICO

En los últimos años México ha sufrido diversas transformaciones en el ámbito jurídico, el 18 de junio del 2008, se dio pauta para la implementación de la Reforma Constitucional de Sistema Jurídico Mexicano, con el objetivo de dar certeza jurídica a las garantías individuales de los sujetos que intervienen, prevaleciendo la presunción de inocencia y la tramitación de un debido proceso penal.

Los principales sistemas de enjuiciamiento que se han desarrollado en nuestro contexto constitucional, hasta la implementación de la reforma constitucional, la cual adopta un sistema acusatorio Adversarial, donde prevalece la oralidad y una serie de conceptos y fundamentos que se desarrollaran durante el transcurso de la clase.

Con la implementación del Sistema Acusatorio Adversarial no sólo tiene por objetivo brindar certeza jurídica en el marco de la legalidad sino implementar medida eficaces para combatir a la delincuencia organizada acordes con las leyes mexicanas y los tratados internacionales quien son los encargos de vigilar el cumplimiento y satisfacción de los ordenamientos jurídicos vigentes.

Este nuevo esquema supone modificaciones radicales en las prácticas, ritualidades, lógicas y destrezas de los operadores, e implica una adaptación de la cultura jurídica y de los comportamientos de los actores, en especial de jueces, abogados, fiscales y auxiliares de la administración de justicia.

DESARROLLO

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

En México, respecto a los juicios orales eran practicados por los aztecas; la justicia se administraba sin mayores formalidades; los encargados de impartir justicia eran los caciques o tlatoanis, quienes fungían como jueces y resolvían cuestiones judiciales en asambleas.

Posteriormente, en México se continuó con un esquema de justicia inquisitivo mixto, es decir, con rasgos inquisitivos y acusatorios.

El sistema inquisitivo es aquel sistema de persecución penal en el que están concentradas las facultades de investigar, acusar y juzgar en un solo individuo, que es el juez. Éste se caracteriza por ser formalizado, y por tener procedimientos escritos y reservados. Predomina en éstos la prisión preventiva durante la etapa de la averiguación. En cambio, un sistema acusatorio es aquel sistema de persecución penal en el cual están separadas las funciones de investigar, acusar y juzgar, permitiendo que el Estado pueda impartir justicia de manera imparcial. El sistema de persecución penal mixto es aquel que retoma algunos principios y facultades de los sistemas acusatorios e inquisitivos.

En México contamos con juicios mixtos, en los que predomina lo escrito, como lo es en el sistema inquisitivo, y también se aprecia la argumentación oral, como lo es en el sistema acusatorio.

Desde la Constitución de 1917, en el sistema inquisitivo mixto de México, la institución del Ministerio Público, tiene el monopolio del ejercicio de la acción penal.

Desde entonces se trataba de evitar que el juez siguiera investigando y persiguiendo los delitos y que sólo se dedicara a juzgar, quitando a la autoridad judicial la persecución y averiguación de los delitos para que quedara única y exclusivamente a cargo del ministerio público, buscando con esto que la garantía individual en la que se prohibiera que los jueces buscaran las pruebas.

En nuestro país ya se contaba con reformas en algunos estados que ya contaban con juicios orales, como parte de un sistema acusatorio.

MEDIDAS CAUTELARES Y EN QUE CASO SEAPLICAN

A efecto de lograr un buen juicio en el sistema adversarial acusatorio es pertinente establecer que partiendo de la base que nuestro sistema acusatorio se rige por el principio de inocencia contemplado por el articulo 12 de la Ley del Proceso Penal para el Estado de Guanajuato, se instituyeron las medidas cautelares como una nueva forma de que la persona no se le imponga una pena privativa de libertad, solo en casos de delitos graves se van a imponer.

Estas Medidas se encuentra contempladas por los artículos 168, 169, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180, 181, 182, 183, 184, 185, 186, 187, 188, 189, 190, 191, 192, 193, 194, 195, 196, 197, 198, 199, 200, 201, 202, 203, 204.

MEDIDAS CAUTELARES

Artículo 168. Las medidas cautelares son las autorizadas por este ordenamiento, que sólo pueden ser impuestas mediante resolución judicial, por el tiempo absolutamente indispensable y tendrán como finalidad garantizar:

I. La comparecencia del inculpado en juicio y en los demás actos que requieran su presencia;

II. La protección de la víctima u ofendido y sus familiares, de los testigos de los hechos o de la comunidad;

III. La reparación del daño; y

IV. El desarrollo de la investigación.

La resolución judicial que imponga una medida cautelar o la rechace es modificable en cualquier estado del proceso, conforme a las reglas que establece esta ley.

Recurso

Artículo 169. Las decisiones que resuelvan sobre medidas cautelares serán apelables.

Promesa

Artículo 170. Salvo disposición en contrario, el juez podrá prescindir de toda medida cautelar, cuando la promesa del inculpado de someterse al proceso sea suficiente para descartar los motivos que autorizarían el dictado de la medida.

Imposición

Artículo 171. A solicitud fundada y motivada del Ministerio Público o, en su defecto, del acusador particular, de la víctima o del ofendido, el juez podrá imponer una de las medidas cautelares

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