Sociedad Comanditaria Por Acciones
Enviado por Jonathanyagami • 24 de Marzo de 2015 • 1.203 Palabras (5 Páginas) • 238 Visitas
Sociedad Comanditaria por acciones
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Es una sociedad que, teniendo todo el capital social dividido en acciones, deberá encargar de la administración social a uno o más accionistas que responderán personal y solidariamente de las deudas sociales contraídas durante el periodo de su administración.
La ventaja principal que presenta la sociedad comanditaria por acciones es la posibilidad de atraer inversores capitalistas, más probable que en la comanditaria simple. Los inconvenientes principales son , por un lado la necesidad de contar con un capital mínimo de 60.101,21 euros, y por otro lado, que la sociedad queda sometida a algunos complicados trámites en la vida social similares a los de las sociedades anónimas.
Al igual que en la Sociedad Comanditaria Simple, para su constitución se requiere la escritura pública de constitución y la inscripción en el Registro Mercantil. En la denominación se puede utilizar el nombre de todos los socios colectivos (administradores), de alguno de ellos o de uno solo, o bien utilizar una denominación objetiva, indicando en todo caso "Sociedad en Comandita por Acciones" o "S.Com. p.A."
Lo más importante de esta modalidad es que el capital social está dividido en acciones, que podrán ser nominativas o al portador, pudiendo emitirse acciones privilegiadas y no puede ser inferior a 60.101,21 euros, que en el momento de la constitución deberá estar suscrito y desembolsado como mínimo en un 25%. Hay un número mínimo de socios, dos, pero no lo hay máximo.
Cuando nace
La sociedad en comandita simple arranca su origen en la Edad Media como resultado, según los comentaristas; de la transformación del antiguo contrato de "Conmenda" o "Encomienda" (de conmendare: confiar), en el cual un capitalista (conmendator) entrega su dinero a un negociante (tractatur) para la realización de los negocios.
Dentro de ese contrato o pacto de Conmenda, como también se lo llamaba, el capitalista suministraba fondos a otro negociante para la adquisición de mercaderías conducidas a lugares alejados, donde se vendían y adquirían otras para el lugar de origen con la finalidad de obtener ganancias. El nombre del capitalista siempre permanecía ignorado. La necesidad de combinar de manera estable el capital con el trabajo, en la realización de una actividad lucrativa como era el ejercicio habitual del comercio, impulsó la evolución del contrato de Conmenda hacia la creación de un verdadero vinculo entre los contratantes, entrelazados un socio ostensible que lleva a cabo los negocios en su propio nombre y bajo su exclusiva responsabilidad, con otro y otros socios ocultos que suministraban capital, limitaban su riesgo hacia la suma aportada, y todos participaban de las utilidades en la forma convenida.
6.2. DEFINICIONES
1. Se puede definir como la que existe bajo una razón social, y está compuesta de uno o varios socios comanditados que únicamente responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales y de uno o varios socios comanditarios que únicamente responden hasta por el valor de sus aportaciones.
2. La sociedad comanditaria es una sociedad comercial de tipo personalista que se caracteriza por la coexistencia de socios colectivos o gestores, que responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gestión de la sociedad, y socios comanditarios que no participan en la gestión y cuya responsabilidad se limita al capital aportado o comprometido para realizar actividades de comercio.
3. Se llama en comandita, la que se forma cuando dos o más personas, de las cuáles, a lo menos una es comerciante, se reúnen para objeto comercial, obligándose el uno o unos, como socios solidarios responsables, y permaneciendo el otro u otros como simples suministradores de capital, bajo la condición
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