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Sociologia Juridica 1º Parcial Ubp


Enviado por   •  28 de Octubre de 2014  •  2.303 Palabras (10 Páginas)  •  732 Visitas

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S J 1º PARCIAL

RESPUESTA 1

a) La sociología jurídica es una ciencia que procura escribir, explicar y predecir los fenómenos sociales de la manera más objetiva posible, es decir los modos en que las personas interactúan tomando como referencias normas jurídicas; este estudio involucra normas de convivencia social con otros sistemas normativos que también guían la acción humana.

Decimos que la sociología del derecho es aquella ciencia que tiene por objeto de estudio lo social, considera al derecho entonces como un fenómeno social, que sólo podrá ser entendido en el contexto normativo al que una cultura en concreto atribuye significados; sólo podrá estudiar hechos conectados entre sí, condicionados por normas de algún tipo.

b) Si nos referimos a la perspectiva sociológica del derecho nos encontramos con la interacción social, frente a lo que la sociedad espera de nosotros que constituye posiciones llamadas "status" dentro de una sociedad, y de manera más específica y concreta el comportamiento determinado de cada individuo al cual llamamos "rol".

En cada sistema social se combinan los sistemas de expectativas jurídicas con otros de tinte no jurídico; para lo cual la sociología analiza la intersección de estos sistemas.

c)La sociología jurídica tendrá la gran tarea a través del análisis y observación de conductas sociales, predecir futuras conductas posibles que puedan o no cumplimenta aquello que la sociedad y el derecho espera de ellos; propendiendo al control social mediante este sistema de normativas sociales y jurídicas que fomenten una satisfactoria convivencia, basada en el respeto mutuo y orden.

Estos problemas se exteriorizarán a través de conflictos entre los órdenes normativos que anteriormente hemos mencionado, una convivencia sin control equivale a una sociedad sin norma alguna (ni cultura), es decir se dan una serie de circunstancias que atentan contra la convivencia social y el funcionamiento de los sistemas normativos dispuestos a tal fin como los son la costumbre derogatoria, la inacción policial institucionalizada, justicia inoperante, la corrupción tolerada, normas religiosas contrarias a la ley e inclusive más fuertes que ella, tendencia a no delatar hechos ilícitos conocidos, todo esto en relación a la correcta supervivencia del sistema jurídico.

Frente a estas condiciones la sociología podrá describir y explicar cada sistema, buscando predecir la relación entre cada subsistema sin efectuar juicios de valor ni "dictar" condenas, el objetivo de la sociología es el conocimiento ayudando a vivir mejor.

RESPUESTA 2

a) El orden social surge en función del mal funcionamiento de los distintos mecanismos de convivencia que a lo largo de la historia, por causa de conflictos entre los miembros de una sociedad, se vieron afectados y llevaron al fracaso a distintos modelos socio- políticos.

La importancia deviene de que en una sociedad ordenada, donde no sólo habrá control jurídico mediante un sistema normativo donde se detalle aquellas conductas prohibidas por esa sociedad, sino que también habrá un soporte de valores culturales, religiosos, etc.; todos ellos combinados guiarán o determinarán la conducta de los integrantes de esa sociedad, en donde el respeto y los derechos de cada uno serán respetados.

b) La relación que se da entre el sistema normativo y los demás sistemas, es que el primero se nutre de la observación y análisis de los segundos, estos les brindan elementos para su análisis y para realizar las predicciones de conductas.

Algunos sistemas a "prima facie" parecería que nada tienen que ver con lo normativo pero, si analizamos más a fondo, veremos que las normas de convivencia en el seno de una familia por ejemplo, si pasan ciertos límites como lo sería la violencia doméstica, no cumplir con la cuota alimentaria de los hijos, etc., en estos casos ese límite ha sido rebasado y ya entramos en territorio jurídico normativo.

Con respecto a un sistema religioso en donde se fomente el culto de matar o de sacrificios humanos, el bien jurídico protegido por el sistema normativo que es la vida se ve amenazado por esa práctica que se encuentra fuera de la ley.

Y así podríamos indicar cuales son las delgadas líneas que al ser quebrantadas por los distintos protagonistas de cada sistema pasan a ser reglados por la norma legal.

c) Fundamento de Emilio Durkheim: este autor nos habla de que el derecho consiste en reglas de acción que se reconocen a partir de ciertos caracteres distintivos, deberá ser posible observarlos, describirlos y clasificarlos, así como buscar las leyes científicas que los expliquen. Cambia el derecho cuando cambian las condiciones, y esto hace que se transforme; no renuncia a un orden jurídico ideal sino que apuesta a uno basado en la realidad de la observación.

Al igual que la moral para Durkheim el orden jurídico es un sistema de hechos realizados, ligado al sistema total del mundo, como se trata de un hecho social (hablamos del orden jurídico) no puede ser fácilmente alterado ni siquiera cuando el cambio sea deseable. Tampoco puede durar a menos que sirva para algo y responda a alguna necesidad; esto lleva a considerar la derogación y creación consuetudinaria de normas jurídicas en caso de lagunas basados en hechos socio- histórico.

Fundamento de Marx: con respecto al orden el autor pretende encontrara en el conflicto y no en la cooperación, el motor de la historia ya que está presente una interpretación mecanicista; Marx nos dice que la organización social y el Estado brotan constantemente del proceso de vida de determinados individuos tal y como realmente son, y como desarrollan sus actividades bajo determinados límites, premisas y condiciones naturales, independientes de su voluntad.

Para Marx la norma jurídica no está exclusivamente caracterizada por la imperatividad o coercitividad que la constituye en una técnica de organización social aplicable a cualquier sociedad, lo que interesa es la característica diferencial de la norma jurídica moderna.

El aporte de este pensador es fundamental para la sociología ya que nos habla de que el derecho no es reglado de forma arbitraria sino que producto de la evolución.

Y como aporte final de este autor quiero agregar que la vida material de los individuos, que no depende de su voluntad, constituye la base real del Estado, estas relaciones lejos de ser creadas por el poder del Estado constituyen por el contrario el poder creado de él.

RESPUESTA 3

a) Para fomentar el cambio social el derecho propende la división de poderes, el consenso de los gobernados, la probabilidad alta de protección de los derechos institucionalizados y la igualdad de todos los miembros de

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