Sopa De Letras
Enviado por luisi08 • 12 de Septiembre de 2011 • 1.099 Palabras (5 Páginas) • 1.483 Visitas
TALLER:ARCHIVO GENERAL DE LA NACION Y SISTEMA NACIONAL DE ARCHIVOS
LEY 80 DE 1989
(Diciembre 22)
por la cual se crea el Archivo General de la Nación y se dictan otras disposiciones.
EL CONGRESO DE COLOMBIA,
DECRETA
Artículo 1º Créase el Archivo General de la Nación, como un establecimiento público, del orden nacional, adscrito al Ministerio de Gobierno, con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa y con domicilio en Bogotá, D.E.
Artículo 2º El Archivo General de la Nación tendrá las siguientes funciones:
a) Establecer, organizar y dirigir el Sistema Nacional de Archivos, con el fin de planear y coordinar la función archivística en toda la Nación, salvaguardar el patrimonio documental del País y ponerlo al servicio de la comunidad;
b) Fijar políticas y expedir los reglamentos necesarios para garantizar la conservación y el uso adecuado del patrimonio documental de la Nación, de conformidad con los planes y programas que sobre la materia adopte la Junta Directiva;
c) Seleccionar, organizar, conservar y divulgar el acervo documental que integre el Archivo de la Nación así como el que se le confíe en custodia;
d) Formular, orientar, coordinar y controlar la política nacional de archivos, acorde con el Plan Nacional de Desarrollo y los aspectos económicos, sociales, culturales, científicos y tecnológicos de los archivos que hagan parte del Sistema Nacional de Archivos;
e) Promover la organización y fortalecimiento de los archivos del orden nacional, departamental, intendencial, comisarial, municipal y distrital para garantizar la eficacia de la gestión del Estado y la conservación del patrimonio documental, así como apoyar a los archivos privados que revistan especial importancia cultural o histórica;
f) Establecer relaciones y acuerdos de cooperación con instituciones educativas, culturales, de investigación y con archivos extranjeros.
Parágrafo. En ningún caso los documentos históricos y otros que a juicio de la Junta Directiva y de la Academia Colombiana de Historia, tengan especial importancia, no podrán ser destruidos aún después de que sus originales hayan sido microfilmados.
Artículo 3º El Sistema Nacional de Archivo tendrá carácter de programa especial, para todas las instituciones archivísticas y colecciones documentales públicas y privadas, del orden nacional, departamental, intendencial, comisarial, municipal y distrital.
Artículo 4º La dirección y administración del Archivo General de la Nación, estará a cargo de la Junta Directiva y del Director General. El Director General será agente del Presidente de la República y ejercerá la representación legal de la entidad.
Parágrafo. Para ser Director del Archivo General de la Nación se requiere ser colombiano de nacimiento, tener título profesional y diploma de postgrado en archivística, ciencias sociales, ciencias de la información, sistemas o disciplinas afines o ser administrador público y tener una experiencia relacionada con el área, de tres años.
Artículo 5º La Junta Directiva estará integrada así:
El Ministro de Gobierno o su delegado, quién la presidirá.
Un delegado del señor Presidente de la República con su respectivo suplente.
El Secretario de Administración Pública de la Presidencia de la República o su delegado.
El Director del Fondo Colombiano de Investigaciones Científicas y Proyectos Especiales "Francisco José de Caldas" COLCIENCIAS o su delegado.
El Director del Instituto Colombiano de Cultura, Colcultura o su delegado.
El Presidente de la Academia Colombiana de Historia o por su delegado, el que
...