TEORÍA DEL CASO SECUESTRO
Enviado por CARLOSINAH • 4 de Diciembre de 2015 • Apuntes • 637 Palabras (3 Páginas) • 2.865 Visitas
Señor Juez. La Procuraduría General de Justicia del Estado de Campeche en Pleno uso de sus Facultades Constitucionales, a través del Lic. Carlos ALDAMA VALDEZ, representante de la sociedad y del Ministerio Público de esta Procuraduría, identificándome con Gafete de Empleado Número 14380 emitido por La Procuraduría General de Justicia del Estado de Campeche y cuenta de correo electrónico calos1973@hotmail.com, con domicilio para escuchar y atender notificaciones en: Antonio Caso # 35 Despacho 304, col. Tabacalera C.P. 41234 de la Ciudad de Campeche Campeche, demostrará en esta Audiencia, que la conducta de los imputados JOSE LUIS GÓNZALES MUJICA y BRAYAN DE JESÚS ORTÍZ GÓMEZ aplica a los Delitos de SECUESTRO, AMENAZAS, LESIONES, POSESIÓN ILEGAL DE ARMAS DE FUEGO DE USO EXCLUSIVO DE LAS FUERZAS ARMADAS y DELINCUENCIA ORGANIZADA. En contra de él señor RUBÉN VILLAREAL GARCIA.
HECHOS:
Siendo aproximadamente las 7am del día 24 de Agosto de 2014 el señor RUBÉN VILLAREAL GARCÍA Se disponía a abordar su automóvil de la marca Mercedes Benz de color Rojo para dirigirse a la Universidad como todos los días, en ese momento fue atacado por dos sujetos que cubrían sus rostros cubre bocas y gorras los cuales encañonaron al señor RUBEN con armas de calibre 9mm para someterlo a golpes y llevárselo, amarrándole las manos con cintillos y cubrirle los ojos con cinta adhesiva para evitar ser reconocidos, metiendo en contra de su voluntad y con golpes al señor RUBEN en la cajuela de su propio automóvil para posteriormente privarlo de su libertad, golpearlo y pedir rescate económico a sus familiares por la cantidad de 15 millones de pesos, para que una vez pagado el rescate no lo mataran y devolverle su libertad.
Por lo que su señoría, está FISCALIA representada por el Lic. CARLOS ALBERTO LÓPEZ LPZ. Tiene en su poder y bajo su custodia elementos materiales probatorios así como Testimonios de Testigos de los hechos en la voz del señor ANTONIO VELASCO con domicilio en calle Júpiter # 5 col. Cocotero de las Palmas (vecino de la víctima) y el Policía de Investigación señor agente GABRIEL TORRES GUZMAN así como los teléfonos celulares de los imputados con los registros proporcionados por las compañías telefónicas del servicio celular con fechas y horas de todos los movimientos de las líneas hechos durante el periodo del 15 de Agosto al 17 de Septiembre de 2014, así como el automóvil marca NISSAN TSURU II COLOR CAFÉ MODELO 1992 CON PLACAS HYN7765 en el cual se trasladaron a cobrar el rescate y que se encontraba en una bolsa de color negro, no omitiendo mencionar su señoría que se realizaron estudios científicos legales que corroboraron nuestra teoría para poder judicializar así a dichos individuos.
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