Teoria Del Caso
Enviado por ojotuda • 7 de Agosto de 2014 • 1.770 Palabras (8 Páginas) • 408 Visitas
CUAL ES LA TEORÍA DEL CASO
La teoría del caso es aquella idea central, esencial y básica que adoptamos para plantearnos en un juicio y que da cuenta de nuestra teoría legal y de cada uno de los elementos que la conforman, utilizando para ello las pruebas veraces, creíbles y coherentes que disponemos para apoyar cada una de nuestras proposiciones fácticas. A partir de su versión de los hechos, el litigante debe englobar en un todo ordenado los detalles, las evidencias, los distintos elementos fácticos que sirven a su teoría jurídica.
Una buena teoría del caso debe proveer un punto de vista cómodo y confortable desde el cual el tribunal pueda mirar toda la actividad probatoria.
Características de la Teoría del Caso: Sólo podemos presentar y defender ante el tribunal oral una única teoría del caso, por lo tanto, las peticiones subsidiarias deben ser desterradas. No resulta creíble presentar versiones alternativas. No resulta creíble presentar testigos que acrediten una versión y luego presentar otros que acrediten una versión distinta. La teoría del caso debe ser autosuficiente. Por lo general, la Teoría del Caso depende del conocimiento que tengamos de los hechos de la causa.
TEORIA DEL CASO: Es una guía práctica para plantear nuestras promesas en el Alegato de Apertura y nuestras conclusiones en el Alegato de Clausura. Debe ser autosuficiente, la idea central. Debe ser capaz de explicar la forma en que ocurrieron los hechos. Debe dotar de lógica y sentido a los hechos que rodean el caso. Para ello el litigante debe conocer exhaustivamente los hechos y las pruebas, evitando dejar cabos sueltos. Por ejemplo, el Ministerio Público debería tener una muy buena explicación para justificar el hecho de que después de una supuesta violación, la víctima salió de viaje con el acusado.
La Teoría del Caso: Debe ser creíble, formulada en términos simples. Los hechos deben ser posibles de ser reconducidos a la experiencia cotidiana y general de la gente, a argumentaciones que tengan un desarrollo causal y que estén avalados por conocimientos científicos generales, que doten de plausibilidad y razonabilidad al relato que se intenta acreditar: La presentación puede haber sido técnicamente impecable, las evidencias pueden haber sido presentadas de una manera coherente, nuestra teoría jurídica puede haber sido apoyada por sólidos fundamentos... Sin embargo, ¿qué pasa si el tribunal no cree en la teoría del caso presentada?
La Teoría del Caso debe estar asociada a un valor o bien jurídico reconocido por la sociedad. Así en el caso del homicidio, el Ministerio Público podrá hacer alusión a la vida de la víctima y de las consecuencias para su familia. Por su parte la defensa podrá hacer alusión a la proporcionalidad de las penas.
Elaboración de la Teoría del Caso: Es la actividad intelectual de construcción, revisión y confirmación de la estrategia a seguir durante un juicio oral. Dicha actividad, en el fondo, es un proceso diacrónico y de mejoramiento continuo que se va alterando en la medida que el conocimiento de los hechos se va modificando, hasta que finalmente se aprueba la estrategia final.
Investigar y conocer todos los hechos. Determinar los elementos legales relevantes (construcción de nuestra teoría jurídica). Traducir los elementos de la teoría jurídica en proposiciones fácticas. Verificar las pruebas de que disponemos para acreditar cada una de las proposiciones fácticas. Identificar el valor o el bien jurídico central involucrado en el caso o “tema del caso”. Pasos:
6. Elaborar el “lema del caso”, es decir, una frase breve que identifique de manera clara la cuestión central debatida, de preferencia debe ser usado en los alegatos 6de apertura y de clausura. Analizar pormenorizadamente los relatos de los peritos propios y de la contraparte. Evaluación del tipo de evidencia disponible (directa o indirecta; afirmativa o de refutación). Revisión de la licitud de la prueba que se pretende incorporar en el juicio y evaluar otros riesgos y daños potenciales que podría causar la contraparte. Verificar la consistencia y credibilidad del relato.
Determinar las peticiones concretas que se efectuarán en el juicio y los antecedentes con que se cuenta para ello. Determinar las peticiones concretas que posiblemente efectuará la contraria en el juicio y los antecedentes con que cuenta para ello. Determinar la posición que se adoptará frente a los argumentos de la parte contraria y los antecedentes con que cuenta. Consultar opiniones. Reformular, repasar y aprobar la versión definitiva de la Teoría del Caso.
Una proposición fáctica es una afirmación de hecho que satisface un elemento legal. Es un elemento legal reformulado en un lenguaje corriente, que se remite a experiencias concretas del caso. Las proposiciones fácticas
Constituyen una afirmación, esto es, la descripción que efectúa el acusado, el testigo o el perito acerca de aquello que él ha observado u oído, o de las opiniones que su conocimiento experto le validan frente a circunstancias fácticas determinadas. Objetivo: la descripción que se realice debe ser capaz de satisfacer la exigencia formulada por el elemento legal respectivo. Las proposiciones fácticas
Importancia: Las proposiciones fácticas eliminan la distancia entre la historia narrada (relato), y las teorías legales o jurídicas, señalándonos indirectamente las conclusiones fácticas a las que debe arribar el juzgador para resolver la disputa. Oportunidad: No olvidemos que tanto en el Discurso de Apertura como en el Discurso de Clausura debemos indicarle expresamente al tribunal cuáles son las proposiones fácticas que le permitirán resolver el conflicto.
Ventajas Nos permiten ordenar la investigación de un caso. Nos permiten ordenar los
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