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TLAXCALA DE XICOHTENCATL A 12 DE DICIEMBRE DE 2014.


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2016  •  Tesina  •  9.299 Palabras (38 Páginas)  •  229 Visitas

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE TLAXCALA

CENTRO DE INVESTIGACIONES JURÍDICO-POLITICAS

DR:

MATERIA:.

TEMA:

TLAXCALA DE XICOHTENCATL A 12 DE DICIEMBRE DE 2014.

INDICE

INTRODUCCION                                                                   3

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA                                    4

DESARROLLO                                                                      5

 

CONCLUSIONES                                                                 29

INTRODUCCIÓN

Con el paso del tiempo el sistema penal mexicano, ha buscado administrar con justicia las conductas que le competen.

Si bien es cierto, hoy  día es el sistema jurídico inquisitorio mixto el que está en uso, también es cierto, que por disposición constitucional, éste tiene un vacatio legis de ocho años, tiempo en que deberá prepararse y cambiar criterios.

Esto, porque el  sistema inquisitorio mixto ha demostrado carecer de mecanismos aptos para la plena impartición de justicia.

En el presente trabajo pretende demostrar la manera en la que fueron desarrollándose los centros penitenciarios mexicanos.

Y mostrar que no existen programas con metas claras, con una propia estructura, y que existen carencias de capacidad del personal carcelario para dar un buen tratamiento de reinserción.

Así como el rol que juega el juez de ejecución de sentencias para la población penitenciaria.

Desatacando que los juristas de nuestro país se han preocupado por colaborar en la búsqueda y aportación de soluciones a lo anterior, motivando a los legisladores a combatir las irregularidades del sistema, con la modificación que trae consigo el sistema acusatorio adversarial y otros mecanismos que se adhieren, más específicamente en el tratamiento actual que se les da a los reclusos en los centros penitenciarios del país.

Pretendiendo mostrar de la misma manera, el aspecto evolutivo de la prisión como institución que desde su origen género grandes controversias y animadversión entre los teóricos, no obstante, fue creada como una alternativa “humanitaria” a las penas crueles e infamantes que privaron antes de su aparición.

La prisión está en crisis ya que durante más de doscientos años no ha cumplido con el objetivo fundamental para el que fue creada, que es la corrección del reo, la cual es entendida como la modificación de conducta para que no realice nuevos delitos.

La historia jurídico-criminológica nos muestra que los problemas de la prisión se han abordado desde distintos puntos de vista y desde las más diversas materias, pero siempre en torno a tres elementos fundamentales que son el delito, delincuente y pena, ahora en la actualidad se estudia también a la víctima del delito.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

¿Correspondo al Juez de Ejecución  de sentencias velar por las situaciones que afecten a los derechos y libertades fundamentales de los presos y condenados, al constituir un medio efectivo de control dentro del principio de legalidad y una garantía de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos?

DESARROLLO

JUEZ DE EJECUCION

Concepto

El juez de ejecución penal es un órgano judicial unipersonal con funciones de vigilancia decisorias y consultivas, siendo el encargado del mantenimiento de legalidad ejecutiva al convertirse en el salvaguarda de los derechos de los internos frente a los posibles abusos de la administración”.[1]

En Un intento de ordenar todas las competencias penitenciarias del Juez de Ejecución el jurista MANZANARES SAMANIEGO, Propone agruparlas en torno a dos ideas:

  • Garantías judiciales respecto a la ejecución de la condena.
  • Garantías judiciales frente a las instituciones penitenciarias.

Dentro del primer grupo encontramos las competencias sobre la mayor concesión de la libertad condicional o beneficios penitenciarios que puedan suponer acortamiento de condena y la resolución de recursos referentes a la clasificación inicial y progresiones y regresiones de grado.

En el segundo se encuadran todas las competencias que tienen en relación con la salvaguarda de los derechos de los internos y la corrección de los abusos y desviaciones de la administración penitenciaria, la aprobación de las sanciones de aislamiento en celdas por más de catorce días.

La Resolución de los recursos contra sanciones disciplinarias y de las quejas y peticiones.[2]

Todo esto surge debido a que el juez de ejecución de sentencias está íntimamente relacionado con la reinserción social de los reclusos ya que en el sistema penal acusatorio adversarial se encargará de vigilar, controlar la ejecución de las penas y beneficios preliberacionales, estando siempre atento a que se respeten los derechos humanos del recluso.

El cambio no sólo debe ser en su organización, sino que debe tener un  alcance hacia los servidores y funcionarios que laboran dentro del Poder Judicial,  quienes deben de ser especializados mínimamente en materias como la psicología criminal, la psiquiatría, penitenciarismo, victimología, al igual que conocerlos documentos internacionales suscritos por México (como  las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos) en materia de  derechos humanos de los sentenciados , su forma de trato, ejecución penal y sobre todo humanización.

De manera general, el Juez de Ejecución  tiene las siguientes funciones:

  • Velar por el cumplimiento de las penas y medidas impuestas mediante sentencia en firme.
  • Garantiza el cumplimiento de las normas constitucionales, tratados internacionales y los  derechos de aquellas personas que se encuentren bajo la jurisdicción penitenciaria.
  • Velar por las situaciones que afecten a los derechos y libertades fundamentales de los presos y condenados.
  • Le corresponde al tribunal de ejecución computar y determinar con exactitud la fecha en que finaliza la condena y la fecha a partir del cual el sentenciado, puede aspirar para el beneficio de la libertad condicional.
  • Regular todo lo referente a los beneficios penitenciarios como rebajas de penas, libertad condicional, redención de la pena por el trabajo y el estudio y extinción de la pena.

HISTORIA DE LA PRISION

LA PRISION EN LA ANTIGÜEDAD

Los delitos

Las prisiones fueron conocidas desde la antigüedad, tenemos noticia que en Grecia ya existían como espacios destinados a mantener al reo en tanto se ejecutaba la sentencia que generalmente era la pena de muerte.

De las penas romanas poseemos más detalles gracias a que su derecho fue compilado en forma escrita, de donde se desprende que para imponer una pena era necesario que existiera una ley del Estado donde se regulase precisamente el delito y el procedimiento correspondiente.

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