TODO SOBRE EL DIVORCIO EN REPÚBLICA DOMINICANA
Enviado por BEBA03 • 8 de Agosto de 2013 • 17.203 Palabras (69 Páginas) • 424 Visitas
Introducción
El siguiente trabajo versará sobre el divorcio en la República Dominicana, su historia, su procedimiento y de la misma manera en Argentina, Francia y España.
El divorcio consiste en la ruptura del matrimonio civil, dándole término a éste por razones diversas que serán expuestas en lo siguiente.
En nuestro material expuesto veremos tanto las causas como las consecuencias del mismo, veremos como afecta el patrimonio y la vida en común que han llevado dos personas por un tiempo determinado y que han decidido extinguir.
El trabajo ha sido dividido en 4 temas: el primero tratará del Divorcio en la República Dominicana; el segundo: el divorcio en Francia; el tercero: el divorcio en Argentina y el cuarto: el divorcio en España.
Empezaremos con las correspondientes generalidades y terminaremos con las particularidades de cada procedimiento.
Justificación y Motivación del tema
La razón que nos ha llevado a desarrollar el tema ya mencionado es que a través del mismo investigaremos un poco más a fondo de los procedimientos de divorcio en República Dominicana, Argentina, Francia y España.
Es de gran importancia, tanto para el abogado como para el estudiante de derecho, saber los distintos procedimientos de divorcio que se llevan a cabo no tanto en los países antes mencionados sino en todo el mundo. Por qué? Pues porque así podemos llevar a cabo un derecho comparado y además avanzaremos en el plano de procedimiento de divorcio ya que así sabremos cuales son las prerrogativas para el divorcio que tienen los demás países y que nosotros no tenemos.
Objetivos
- Objetivos Generales:
Determinar cuáles son los procedimientos de divorcio en países de culturas diferentes a nosotros y las causas por las cuales sucede el divorcio.
- Objetivos Específicos:
- Explicar los procedimientos de divorcio en la República Dominicana.
- Explicar los procedimientos de divorcio en Francia.
- Explicar los procedimientos de divorcio en Argentina.
- Explicar los procedimientos de divorcio en España .
Tema I: Divorcio en la República Dominicana
Concepto.
El divorcio es la ruptura del vínculo conyugal, pronunciada por lo tribunales en vida de los esposos, a demanda de uno de ellos o de ambos. Esta definición nos la da el Dr. Plinio Terrero Peña.
Según Henri Capitant el divorcio es: “ La disolución del matrimonio pronunciada por la justicia en vida de ambos esposos, a requerimiento de uno de ellos o de los dos y por una de las causales determinadas en la ley”.
Como vemos ambos autores coinciden en que el divorcio debe ser pronunciado por un tribunal, o sea, por sentencia y que es a voluntad de ambos por uno de ellos.
La separación de cuerpos, que debe ser pronunciada a su vez por un tribunal, dispensa a los cónyuges de la obligación de cohabitación, sin poner fin al matrimonio.
La separación de hecho se produce cuando los esposos, sin estar autorizados judicialmente para ello, viven separados.
La separación de cuerpo y la separación de hecho constituyen, por el contrario, simples remedios para las dificultades de una vida en común; no resuelven nada; dejan que el tiempo cumpla su obra, tan frecuente, de apaciguamiento; tras la tempestad, la familia podrá reconstituirse
Mientras que el divorcio y la separación de cuerpos crean un estado de derecho, la separación de hecho es un simple estado de hecho al margen de la ley. Se consuma por la simple voluntad de ambos esposos, que convienen en vivir separados, o de uno de los consortes, que abandona a su cónyuge. Esta situación no solo es extralegal sino antilegal; puesto que la ley impone a los esposos la cohabitación.
Base Legal.
La base legal de el divorcio en la República Dominicana está contemplado en la ley 1306 bis del 21 de Mayo de 1937. G. O. 5034.
La cual consta de 43 artículos los cuales se dividen en siete capítulos. Estos artículos tratan las causas del divorcio, los procedimientos del divorcio por causa determinada, también trata las medidas provisionales a las cuales puede dar lugar la demanda del divorcio, habla del divorcio por mutuo consentimiento y del procedimiento que debe seguirse, versa de los efectos del divorcio y termina de las excepciones de la Inadmisión.
Suponemos que la ley 1306 es de gran importancia para nuestro derecho porque en ésta se consagra más específicamente todos los puntos que se tocan cuando se produce un divorcio.
Historia.
Las legislaciones de la antigüedad consagraban, en su mayoría, una fortísima potestad marital. Esta tenía por corolario el poder conferido al marido para repudiar a su mujer, facultad soberana, al menos en el origen y por supuesto, unilateral. Era divorcio - repudio. Se encuentra por ejemplo en el derecho hebreo, en el derecho islámico y en las antiguas costumbres germánicas. Se encuentra también el antiguo derecho romano, pero desde en el instante en que las grandes conquistas introdujeron en Roma las riquezas y las disolutas costumbres del Oriente, los esposos se divorcian por mutuo consentimiento. El divorcio se convirtió entonces en el desenlace formal del matrimonio, esta fue la ruina de la familia. Abolido por Justiniano, el divorcio por mutuo consentimiento fue restablecido por Justiniano II, su sucesor.
La indisolubilidad del matrimonio no aparece en el antiguo derecho francés sino después de muchos siglos en los que se esforzaba la Iglesia por hacer que triunfara esa doctrina nueva, incluso revolucionaria.
Obra de la Iglesia, la indisolubilidad del matrimonio fue combatida por sus adversarios, a los cuales se unían naturalmente cuantos buscaban, incluídos en ellos reyes y príncipes, librarse de los vínculos del matrimonio. La Reforma admitió el divorcio. Los filósofos del siglo XVIII. Juan Jacobo Rousseau y Voltaire afirmaron su necesidad.
Los adversarios de la Iglesia triunfaron con la Revolución Francesa. El matrimonio, secularizado, sale del derecho canónico. La ley del 20-12-1972 instituye el divorcio, consecuencia de la libertad: los cónyuges han sido libres para unirse; deben ser libres para separarse. Por tanto, se admite el divorcio no sólo por causas determinadas, sino por mutuo consentimiento; porque los contratantes pueden destruir siempre por su acuerdo el contrato que su acuerdo hubiera formado. Se admite incluso al divorcio por simple incompatibilidad de caracteres, lo cual es el divorcio por la voluntad unilateral de uno de los esposos, dispuesto siempre a crear por su actitud la incompatibilidad que justifique la ruptura.
Los Revolucionarios de la Revolución Francesa querían sobretodo, mediante el divorcio, atacar a la Iglesia; para hacerle una mala pasada, suprimieron la separación
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