TRABAJO PRL
Enviado por • 27 de Junio de 2015 • 871 Palabras (4 Páginas) • 585 Visitas
Caso práctico
Trabajo: Banco Rico, S.A.
La entidad financiera Banco Rico, S.A. cuenta con 600 trabajadores, y junto con otras entidades bancarias quieren constituir un servicio de prevención mancomunado, con el fin de gestionar la prevención de todas ellas.
Las instalaciones de Banco Rico, S.A. están en Madrid capital, y sus 600 trabajadores se dividen entre administrativos, mandos intermedios y directivos. Todos ellos reciben anualmente y de modo conjunto un curso de formación de dos horas de duración sobre los riesgos existentes en su empresa. El curso se realiza, por mutuo acuerdo del empresario y de los trabajadores, fuera de horas de trabajo. Además de esta formación, los directivos están realizando un curso de prevención de 100 horas a distancia fuera de horas de trabajo. El Sr. Pérez, administrativo de Banco Rico, S.A., se niega reiteradamente a asistir a los cursos de formación en prevención de riesgos laborales, por entender que la asistencia a los mismos es un derecho del trabajador.
Preguntas del profesor
Con los datos facilitados en el caso práctico y los que necesites extraer de las unidades ya estudiadas, responde a las siguientes preguntas:
1. ¿Es adecuada la modalidad de organización de la prevención que pretende implantar BANCO RICO, S.A.?
2. ¿Es correcta la formación preventiva que proporciona BANCO RICO, S.A. a sus trabajadores? ¿Por qué?
3. ¿Deben computarse como tiempo de trabajo efectivo las horas de formación realizadas por los trabajadores de BANCO RICO, S.A.? ¿Y en el caso del curso realizado por los directivos?
4. ¿Está justificada la posición del Sr. Pérez? ¿Puede hacer algo la empresa frente a dicha conducta?
1) No, la modalidad preventiva que se pretende implantar no es la adecuada. La justificación de dicha afirmación se basa en que :
Podrán constituirse servicios de prevención mancomunados entre empresas que:
1. Desarrollen simultáneamente actividades en un mismo centro de trabajo, edificio o centro comercial.
2. Pertenezcan a un mismo sector productivo o grupo empresarial (las empresas que tengan obligación legal de disponer de un servicio de prevención propio no podrán formar parte de servicios de prevención mancomunados constituidos para las empresas de un determinado sector, aunque sí de los constituidos para empresas del mismo grupo).
3. Desarrollen sus actividades en un polígono industrial o área geográfica limitada.
Claramente no Banco Rico S.A. no podría adoptar el servicio mancomunado, ni por el punto 1 ni por el punto 3 antes citados. El punto dos es el que hace surgir dudas, por eso cabe remarcar que las empresas NO son del mismo grupo empresarial, sino de un MISMO sector productivo, por lo tanto no puede acogerse al servicio mancomunado, ya que Banco Rico
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