ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Tapones y ruido La seguridad e higiene industrial


Enviado por   •  24 de Septiembre de 2015  •  Tarea  •  4.162 Palabras (17 Páginas)  •  207 Visitas

Página 1 de 17

La seguridad e higiene industrial

1.1 Definición y conceptos básicos

Todos desean un lugar de trabajo seguro y saludable, pero lo que cada persona está dispuesta a hacer para alcanzar este provechoso objetivo varía mucho. Desde sus inicios la seguridad, como concepto y práctica, ha estado en constante cambio. Más recientemente paso de lo que una vez fue poco más que un enfoque sencillo a la eliminación de agentes de lesión a lo que ahora es muy a menudo un enfoque complejo al control confiable de los daños. El cambio actual ocurre en la conciencia cada vez mayor y la posibilidad de satisfacer las necesidades de poner en práctica el control deseado sobre los riesgos.

SEGURIDAD INDUSTRIAL

Es el conjunto de conocimientos técnicos y su aplicación para la reducción, control y eliminación de accidentes en el trabajo, por medio de sus causas, encargándose de implementar las reglas tendientes a evitar este tipo de accidentes.

HIGIENE INDUSTRIAL

Es el conjunto de conocimientos y técnicas dedicadas a reconocer, evaluar y controlar aquellos factores del ambiente, psicológicos o tensionales, que provienen del trabajo y que pueden causar enfermedades o deteriorar la salud.

En los accidentes de trabajo intervienen varios factores, tales como, condiciones inseguras y actos inseguros.

-Las condiciones inseguras mas frecuentes son:

-Estructuras o instalaciones de los edificios y locales impropiamente diseñados.

-Falta de medidas de prevención y protección contra incendios.

-Protección inadecuada, deficiente o inexistente en el equipo o en las instalaciones eléctricas.

-Falta de orden y limpieza.

-Avisos o señales de seguridad e higiene insuficientes o faltantes.

-Condiciones de los locales de trabajo: techos, paredes, pisos, patios, rampas, escaleras, salidas normales y de emergencia.

-Presencia de contaminantes (fauna nociva, basura, etc.)

-Objetos mal colocados o estibados

-Obstrucción de los pasillos y salidas.

-Orden y limpieza.

-Carencia de medidas para prevenir incendios.

-Falta de Botiquín de primeros auxilios

Los actos inseguros más frecuentes son:

-Bloquear o quitar dispositivos de seguridad.

-Operar equipos sin autorización.

-Trabajar en líneas o equipo energizado

-Transitar por áreas peligrosas.

-Usar herramientas inadecuadas.

-Hacer bromas en el sitio de trabajo.

-Trabajar en lugares peligrosos sin protección

1.2 Historia del desarrollo de la seguridad en nuestro país

La Dirección General de Seguridad e Higiene, fue creada inicialmente en 1983 como Coordinación Estatal de Seguridad e Higiene, Capacitación y Adiestramiento a nivel de Dirección, con el propósito de vigilar y asesorar a las empresas de jurisdicción local en lo concerniente a cumplimiento de disposiciones legales en materia de capacitación y adiestramiento, y seguridad e higiene laboral. En septiembre de 1997, se celebró el Convenio de Coordinación por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y el Gobierno del Estado de Sonora, en Materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Capacitación y Adiestramiento de los Trabajadores y Trabajo de los Menores, y que dentro del marco de vigilancia a la legislación laboral, se comprometen a reforzar los servicios de inspección para que se realicen visitas que tengan por objeto verificar el cumplimiento de las obligaciones patronales en materia de seguridad e higiene en el trabajo, capacitación y adiestramiento de los trabajadores, asimismo intercambio de información relativa al trabajo de los menores. Elevó su categoría como Dirección General de Seguridad e Higiene, Capacitación y Adiestramiento, con el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno publicado en el Boletín Oficial, Edición Especial Núm. 3, Tomo CLXXIII, del 30 de junio del 2004, El 25 de Octubre de 2010, fueron publicadas nuevas reformas al Reglamento Interior de la Secretaría de Gobierno en el Boletín Oficial número 34, en el cual, la Dirección General de Seguridad e Higiene, Capacitación y Adiestramiento, no sufrió cambio alguno. El 30 de Diciembre de 2010, se publica en el Boletín Oficial Número 53, decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora, específicamente la Reforma al artículo 22 fracción X y 33, en donde se crea la Secretaria del Trabajo, y se enuncian las facultades y obligaciones, transfiriéndole las atribuciones de la Secretaría de Gobierno. El 13 de Enero de 2011, se publica en el Boletín Oficial Número 4, Sección III, el Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo, en el cual se disponen las Atribuciones Genéricas de las Direcciones Generales específicamente en los artículos 10° y 11°; asimismo en el Capítulo VI se establecen las atribuciones específicas de las Direcciones Generales, concretamente en el artículo 12°, se indican las correspondientes a esta Unidad Administrativa, en donde cambia su denominación a Dirección General de Seguridad e Higiene. Los objetivos y funciones de esta unidad, contribuyen a lograr el cumplimiento a la Ley Federal del Trabajo y al Artículo 123 Constitucional, en sus fracciones que se relacionan con los derechos y obligaciones de trabajadores y patrones, relativas a labores que se desarrollan en los campos y centros de trabajo, vigilando que se presten los servicios laborales con las protecciones contenidas en apego a la normatividad vigente.

1.3 Instancias gubernamentales dedicadas a vigilar el cumplimiento de las disposiciones de seguridad e higiene industrial

En1970, se creo la Dirección de Salud y Seguridad Laboral, una dependencia federal cuyas reglas tendrían gran impacto en el trabajo del director de seguridad. Antes de la creación de la OSHA, muy pocos de esos gerentes se atrevían a interferir con los programas de producción para resolver un problema de seguridad o de higiene. Pero importantes casos de la OSHA aparecidos en los medios de comunicación han hecho ver al personal de la alta dirección las graves consecuencias que enfrentaran si no se ocupan en la forma adecuada de los problemas serios de seguridad o de salud.

En materia legal el artículo 40.2 de la constitución encomienda a los poderes públicos, como uno de los principios rectores de la política social y económica, velar por la seguridad e higiene en el trabajo. Este mandato constitucional conlleva la necesidad de desarrollar una política de protección de la salud de los trabajadores mediante la prevención de los riesgos derivados del trabajo. Los organismos públicos competentes en materia preventiva deben colaborar entre si y como los responsables de la prevención en los centros de trabajo para conseguir la mejora de

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (29 Kb) pdf (146 Kb) docx (20 Kb)
Leer 16 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com