Tema 3 La Relacion Laboral
Enviado por Erikaeh • 6 de Mayo de 2015 • 534 Palabras (3 Páginas) • 395 Visitas
TEMA 3 – LA RELACIÓN LABORAL INDIVIDUAL
TAREA PRESENCIAL U.T. 03
1. Calcula el finiquito con los datos siguientes:
Ricardo López, jefe de Recursos Humanos de la empresa “Remaches S.A.”, decide proceder al despido de José Luis González como consecuencia de las repetidas e injustificadas faltas de asistencia al trabajo del mismo.
José Luis ingresó en la empresa el 10-1-1995. Las retribuciones que percibe son las siguientes:
Sueldo ……………. 750,25 €
Antigüedad ………… 145,30 €
2 pagas extraordinarias equivalentes al sueldo más la antigüedad.
El contrato se extingue el día 31 de marzo de 2007. Su salario mensual asciende a 895,55 euros. Las 2 pagas extraordinarias que percibe tienen una periodicidad anual. Disfruta de sus vacaciones en el mes de agosto.
Parte proporcional mes de Julio:
750,25 + 145,30 = 895,55/12 = 74,63 x 9 = 671,67€
Parte proporcional de navidad:
750,25 + 145,30 = 895,55/12 = 74,63 x 3 = 223,89€
Parte proporcional de Vacaciones:
750,25 + 145,30 = 895,55/12 = 74,63 x 3 = 223,89€
Mensualidad mes de Marzo = 895,55€
Total Finiquito = 2.015,00€
2. Imagínate, con los mismos datos anteriores, que has recibido una carta de despido de la empresa. No estás de acuerdo con el despido. Describe todos los pasos que has de realizar para defender tus derechos laborales.
En el caso de que el trabajador no esté conforme de la causa que motiva el despido, podrá impugnarlo. Es decir, podrá presentar papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación (SMAC) con el fin de llegar a una solución extrajudicial con el empresario. De no existir finalmente acuerdo, podrá recurrir ante el juzgado de lo social en el plazo de veinte días hábiles desde la fecha que surtió efectos el despido.
Por otro lado, como explicaba anteriormente, en el caso de que se omitiesen los requisitos de la comunicación escrita, el plazo de preaviso o el abono de la indemnización, se podría declarar la improcedencia.
3. Calcula la indemnización que te correspondería si la empresa no opta por la readmisión con posterioridad a la sentencia judicial.
Despido improcedente real
Cálculo de la indemnización correspondiente al despido en función de la antigua y la nueva normativa siempre que la empresa no esté en crisis: 45 días por año trabajado hasta el 12 de febrero de 2012 y 33 días por año trabajado a partir del 12 de febrero. Su indemnización sería de 18886 euros.
Despido procedente en compañías en crisis
Aplicable en empresas con caída de ingresos durante nueve meses consecutivos. En este caso, la indemnización asciende a 20 días por año trabajado
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