Teoria Del Proceso
Enviado por yuriantonio • 30 de Julio de 2014 • 12.515 Palabras (51 Páginas) • 215 Visitas
AUTOEVALUACIONES DE TEORÍA GENERAL DEL PROCESO
LICENCIATURA EN DERECHO BUROCRATICO
3ER CUATRIMESTRE
TEORIA GENERAL DEL PROCESO
AUTOEVALUACIONES
TEMA I
INTRODUCCIÓN GENERAL
1.- Diga usted el concepto de litigio.
“Es un conflicto de intereses calificado y elevado a una autoridad jurisdiccional por un sujeto de derecho con una intención, o pretensión, contra otro que manifiesta una resistencia o que se opone al planteamiento del primero”, así lo sugiere Francesco Carnelutti. Llanamente se puede decir que es un conflicto de intereses, un juicio.
2.- ¿Cuáles son los medios para solucionar un litigio según registra la Doctrina?
La autotutela, la autocomposición y la heterocomposición.
3.- Explique la clasificación de los medios para solucionar litigios.
La autotutela: Consiste en la imposición de la pretensión propia en perjuicio del interés ajeno.
La autocomposición: Es un medio de solución parcial, porque proviene de una de las partes y bilateral cuando tiene origen en ambas partes.
La heterocomposición: La solución va a provenir de un tercero ajeno a la controversia, por lo que se califica de imparcial.
4.- Diga usted a que medio para solucionar un litigio corresponden el desistimiento, el allanamiento y la transacción.
A la autocomposición.
5.- Diga usted a que medio corresponden el arbitraje y el proceso jurisdiccional para solucionar un litigio.
A la heterocomposición.
6.- ¿En qué consiste el desistimiento y cuál es su clasificación?
Desistimiento de la acción o de la pretensión: Esta extingue la acción o pretensión por parte del actor, aun sin consentirlo el demandado, proporcionando una solución definitiva al litigio. Con ello, la parte actora no podrá formular de nuevo la acción desistida.
Desistimiento de demanda o de la Instancia: Es la renuncia a los actos del proceso, por lo que deja a salvo la acción intentada, pudiendo ser ejercida de nueva cuenta en un proceso posterior, siempre y cuando el desistimiento se formule antes de que se emplace al demandado. (Es decir, antes de la notificación a éste de la demanda y se le otorgue un plazo para que la conteste).
7.- Mencione los conceptos de Allanamiento, Transacción y Desistimiento, indicando las especies de ésta última figura jurídica.
Allanamiento: Es la actitud auto compositiva propia de la parte demandada, consistente en aceptar o en someterse a la pretensión de la parte actora, (de quien demanda).
Transacción: Es un contrato por el cual las partes, haciéndose recíprocas concesiones, terminan una controversia presente o previenen una futura”.
Desistimiento de la acción o de la pretensión: Extingue la acción aun sin consentirlo el demandado, proporcionando una solución definitiva al litigio, y la parte actora no podrá formular de nuevo la acción desistida.
Desistimiento de la demanda o de la instancia: Es la renuncia a los actos del proceso, por lo que deja a salvo la acción intentada, pudiendo ser ejercida de nueva cuenta en un proceso posterior, siempre y cuando el desistimiento se formule antes de que se emplace al demandado (es decir, antes de la notificación a éste de la demanda y se le otorgue un plazo para que la conteste).
8.- ¿En qué consiste el Arbitraje y su diferencia respecto al Proceso?
En el arbitraje se dispone la solución a través del Laudo y en el Proceso, el Juzgador dispone e impone la solución por medio de la sentencia.
9.- ¿Cuál es la diferencia que existe entre la autotutela y la autodefensa?
La autotutela: Es la imposición de la prestación propia en perjuicio del interés ajeno.
La autodefensa: Los sujetos en conflicto resuelven o intentan resolver mediante acción directa en lugar de servirse de la acción dirigida hacia el Estado mediante proceso.
AUTOEVALUACIONES
TEMA II
ANTECEDENTES HISTORICOS
1. Diga dónde aparece la organización judicial.
La organización judicial se constituye del conjunto de normas jurídicas que regulan la organización, funcionamiento y atribuciones de los órganos del Poder Judicial y sus auxiliares. Esta busca tutelar la intervención de los órganos judiciales como los llamados a resolver conflictos entre particulares, así como entre los particulares y las instituciones públicas.
De acuerdo a la estructura de cada Estado se establecen las funciones de cada órgano, pero Aristóteles en su obra la Política establece que tiene las siguientes funciones:
Deliberación: “Ejercitada por los hombres libres en la asamblea popular, donde en base a debates se resolvían los problemas y las cuestiones de la comunidad política y se sancionaban leyes, designándose los funcionarios que debían ejecutar las resoluciones de la asamblea".
Administración: Es aquella que está compuesta por las funciones designados por la asamblea, quienes tenían la función de hacer cumplir las decisiones y resoluciones de la asamblea.
Jurisdicción: Es aquella composición de los jueces y jurados, para dirigir controversias particulares, en conformidad a las leyes de la polis.
Sobre la base planteada por Aristóteles y ratificada por Montesquieu en su obra "El Espíritu de las leyes" que plantea la creación de los tres poderes o el sistema de pesos y contrapesos en la que el legislativo es quien debe legislar, el ejecutivo es quien debe ejecutar las leyes y el judicial es quien debe juzgar y resolver las controversias entre particulares.
Sobre el planteamiento de la creación de los poderes u órganos de poder, hoy en día el órgano o poder judicial en los Estados del Mundo, cumple una función fundamental porque está encargado de resolver las controversias de la sociedad a través de sus instituciones que las componen, quienes en representación y a nombre del Estado administran justicia ejerciendo así la soberanía. En un Estado Constitucional, como principio está la separación de los poderes misma que delimita las atribuciones de estos poderes, así como otorga la independencia de cada uno de estos, es decir que no dependen ni mucho menos se acepta la injerencia, la intromisión, pero esto no significa que puedan coordinar en base al bien común en éste caso el vivir bien.
2. Mencione algunos de los ordenamientos de la evolución del Derecho
Español.
Código de las Partidas, de 1265. Ordenamiento de Alcalá, de 1348. Ordenamiento Real, de 1485. Ordenanzas de Medina, de 1489. Ordenanzas de Madrid, de 1502. Ordenanzas de Alcalá, de 1503. Leyes de Toro, de 1505. Nueva recopilación, de 1567. Novísima Recopilación de las Leyes de España, de 1805.
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