ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Termino de notificaciones.


Enviado por   •  30 de Marzo de 2016  •  Tarea  •  390 Palabras (2 Páginas)  •  177 Visitas

Página 1 de 2

CÓDIGO DE COMERCIO

ARTICULO 1075. TODOS LOS TERMINOS JUDICIALES EMPEZARAN A CORRER DESDE EL DIA SIGUIENTE A AQUEL EN QUE HAYAN SURTIDO EFECTOS EL EMPLAZAMIENTO O NOTIFICACIONES Y SE CONTARA EN ELLOS EL DIA DE VENCIMIENTO.

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Sábado

Domingo

7 Marzo

N

8 Marzo

S

E

9 Marzo

1

10 Marzo

2

11 Marzo

3

12 Marzo

13 Marzo

LAS NOTIFICACIONES PERSONALES SURTEN EFECTOS AL DIA SIGUIENTE DEL QUE SE HAYAN PRACTICADO,

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Sábado

Domingo

7 Marzo

N

8 Marzo

S

E

9 Marzo

1

10 Marzo

2

11 Marzo

3

12 Marzo

13 Marzo

Y LAS DEMAS SURTEN AL DIA SIGUIENTE, DE AQUEL EN QUE SE HUBIEREN HECHO POR BOLETIN, GACETA O PERIODICO JUDICIAL, O FIJADO EN LOS ESTRADOS DE LOS TRIBUNALES,

Lunes

Martes

Miércoles

Jueves

Viernes

Sábado

Domingo

7 Marzo

N

8 Marzo

S

E

9 Marzo

1

10 Marzo

2

11 Marzo

3

12 Marzo

13 Marzo

*Entiendo que aunque se dé la notificación bajo las circunstancias anteriores, se computara de la misma manera que la personal, sólo que se hacen por medios diferentes.*

AL IGUAL QUE LAS QUE SE PRACTIQUEN POR CORREO O TELEGRAFO, CUANDO EXISTA LA CONSTANCIA DE HABERSE ENTREGADO AL INTERESADO, Y LA DE EDICTOS AL DIA SIGUIENTE DE HABERSE HECHO LA ULTIMA EN EL PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO O DEL DISTRITO FEDERAL.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb) pdf (83 Kb) docx (11 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com