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Tipos De Sociedades


Enviado por   •  12 de Mayo de 2014  •  2.389 Palabras (10 Páginas)  •  228 Visitas

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INTRODUCCION

El siguiente trabajo tiene como objetivo comprender la importancia que tiene que sepamos cómo se clasifican las empresas, para lo cual es necesario realizar un recorrido por distintos conceptos referentes al tema en mención, con el fin de aclarar dudas y reafirmar conocimientos previos.

La investigación de estos conceptos nos permitirá conocer aspectos relevantes para aprender a diferenciar y catalogar cada una de las formas de dividirse las actividades económicas cuya principal razón de ser es la generación de ingresos.

A su vez la realización de este trabajo me permitirá establecer cuál es la clase de empresa que beneficia más a nuestra sociedad, dado a que debate que se ha sostenido durante mucho tiempo, no pretenderé llegar a una respuesta absoluta, sino que entregar algunos elementos que me permitan profundizar en el tema y obtener mis propias conclusiones.

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2. OBJETIVOS

Indicar los diferentes aspectos generales considerados legalmente para la clasificación de empresas en Colombia.

Determinar los diferentes criterios de clasificación de las sociedades mercantiles en nuestro país

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3. CLASES DE EMPRESAS

La empresa es una actividad económica conformada por elementos humanos, materiales y equipos cuyo propósito principal es la obtención de utilidades a través de su participación en el mercado de bienes y servicios. Para lo cual es indispensable hacer utilidad de los factores de producción (trabajo, tierra y capital).

Se clasifican según: la actividad que realicen, su tamaño, propiedad de capital, ámbito de actividad y forma jurídica:

3.1. SEGÚN LA ACTIVIDAD:

3.1.1. Primario: El elemento básico se obtiene de la naturaleza, agricultura, ganadería, pesca, petróleo, agua, etc.

3.1.2. Secundario: Aquellas que realizan algún proceso de transformación de la materia prima. Incluye actividades tan diversas como la construcción, textiles, etc.

3.1.3. Terciario: Son aquellas empresas cuyo principal elemento es capacidad humana de realizar trabajos intelectuales. se incluyen las empresas de transporte, los bancos, el comercio, etc.

3.2. Industrial: Producción de bienes mediante la transformación y/o extracción de materias primas.

3.1.5 Comercial: Compraventa de productos terminados.

3.1.6 Servicios: Prestan servicios a otra persona o a la comunidad.

3.3. SEGÚN EL TAMAÑO:

3.3.1. Grandes Empresas: manejan capitales y financiamientos grandes, tienen instalaciones propias, miles de empleados, además cuentan con sistemas de administración y de operación muy avanzados. Generalmente tienen más de 200 empleados.

3.3.2. Medianas: Son las que poseen capitales, egresos y ventas limitados y por lo general su número de trabajadores no excede a doscientas personas.

3.3.3. Pequeñas: no excede a cincuenta trabajadores y posee ingresos muy reducidos.

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3.3.4. Micro: No excede el número de diez trabajadores y generalmente, los ingresos se determinan en ganancias personales.

3.3.5. Famiempresa: Son aquellas donde la familia es el motor productivo de su propio negocio.

3.4. SEGÚN EL CAPITAL DE CONFORMACIÓN

3.4.1. Publica: el capital de conformación es del Estado, y puede ser Nacional, Departamental o Municipal.

3.4.2. Privada: La propiedad del capital está en manos privadas.

3.4.3. Mixta: El capital está conformado por una parte pública y otra privada.

3.5. SEGÚN SU AMBITO DE ACTIVIDAD

3.5.1. Locales: Aquellas que operan en un municipio, ciudad o departamento.

3.5.2. Regionales: Aquellas cuyo radio de operación se limita a regiones o provincias.

3.5.3. Nacional: Cuando sus ventas se llevan a cabo en todo el territorio nacional.

3.5.4. Internacional: Cuando sus actividades se extienden fuera del país de origen.

3.6. SEGÚN SU AMBITO JURIDICO

3.6.1. Sociedad de responsabilidad limitada: según el art. 353 del Código del Comercio: Los socios responderá según el monto de sus aportes. Los socios no excederán de 25; si eso ocurriere, será nula toda sociedad que se cree. (Art. 356 del Código de Comercio). En caso de muerte de uno de un socio, continuará con sus herederos, salvo estipulación en contrario.

3.6.2. Sociedades anónimas: la sociedad anónima se formará por la reunión de un fondo social suministrado por accionistas, los cuales serán responsables hasta el monto de sus aportes y se le agregará las siglas S.A. La sociedad anónima no podrá funcionar ni formarse con menos de cinco socios (Art. 374 Código de Comercio).

3.6.3. Sociedades colectivas: la característica principal de esta sociedad es que todos los socios responden solidaria e ilimitadamente por las operaciones sociales (Art. 294 código de Comercio). Esta sociedad es eminentemente personalista, y por ello la razón social se formará con el nombre

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completo o el sólo apellido de uno o algunos de los socios, seguido de las expresiones “y compañía”, “e hijos”, “hermanos”,. No podrá incluirse el nombre de ningún extraño en la razón social (Art.303 del Código de Comercio).

3.6.4. Sociedades en comandita: se formará entre uno o más socios que responderán solidaria e ilimitadamente con su patrimonio por las operaciones sociales y otro o varios socios que limitan la responsabilidad a sus respectivos aportes (Art. 323 del C.C). Los primeros serán los socios gestores y los segundos socios comanditarios La razón social se formará con el nombre completo o con el apellido de uno o más socios colectivos y se agregará la expresión “y compañía” o “& Cía” seguida en todo caso de la abreviatura “SCA”(Art. 324 de ´C.C.).

3.6.5. Sociedades extranjeras "Son extranjeras las sociedades constituidas conforme a la ley de otro país y con domicilio principal en el exterior" (Art. 469 Código del Comercio). Para que pueda emprender negocios permanentes en Colombia, establecerá una sucursal con domicilio en el territorio nacional, para lo cual deberá protocolizar en una notaría del lugar elegido para su domicilio en el país, copias auténticas del documento de su fundación, de sus estatutos, la resolución o acto que acordó su establecimiento en Colombia y de los que acrediten la existencia de la sociedad y la legalidad de sus representantes.

3.6.6. Sociedades de hecho: será de hecho cuando no se constituya por escritura pública. Su existencia podrá demostrarse por cualquiera de los medios probatorios reconocidos en la ley (Art.498 Código de Comercio). No es una persona jurídica, por consiguiente, los derechos que se adquieran y las obligaciones que se contraigan para la empresa social, se entenderán adquiridos o contraídos a

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