Tipos de Organizaciones de Economía solidaria Cooperativas
Enviado por noeyv • 22 de Febrero de 2013 • Trabajo • 1.256 Palabras (6 Páginas) • 717 Visitas
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA – UNAD
APORTE: TRABAJO COLABORATIVO 2
ECONOMIA SOLIDARIA
PRESENTADO POR:
LUZ DARY CAVIEDES ARAMBULO
COD 55157428
GRUPO: 102020-68
TUTOR:
JAIRO ALBERTO JALLER
CEAD NEINA HUILA
II SEMESTRE 2012
Tipos de Organizaciones de Economía solidaria Cooperativas
Son empresas asociativas sin ánimo de lucro, en las cuales los trabajadores o usuarios, según el caso son de forma simultánea los aportan tés y los gestores de la empresa, creada con el objeto de producir o distribuir de forma conjunta y eficiente bienes o servicios para satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad.
El número mínimo de asociados es 20. Sus asociados son personas naturales menores de edad que hayan cumplido los 14 años o que sin haberlos cumplido se asocien por medio de un representante legal, personas jurídicas de derecho público, persona jurídica del sector cooperativo, personas jurídicas de derecho privado sin ánimo de lucro. Sus actividades van de acuerdo a la clase o tipo de cooperativa según la actividad económica.
Clases de cooperativas según el ámbito de la actividad económica Especializadas:
Son las que se organizan para atender una necesidad específica, correspondiente a una sola rama de actividad económica, social o cultural.
Estas organizaciones podrán ofrecer servicios diferentes a los establecidos en su objeto social, mediante la suscripción de convenios con otras entidades sin ánimo de lucro. Multiactivas: Son las que se organizan para atender varias necesidades, mediante concurrencia de servicios en una sola entidad jurídica. Los servicios deberán ser organizados en secciones independientes, de acuerdo con las características de cada tipo especializado de actividad.
Integrales: Son aquellas que en desarrollo de su objeto social, realizan dos o más actividades conexas y complementarias entre sí, de producción, distribución, consumo y prestación de servicios.
Clases de cooperativas según la actividad económica:
Producción: Estas organizaciones de producción son de gran importancia para el desarrollo socioeconómico del país, pues transforman los insumos en producto (Por ejemplo: un cultivo de papa, la limpian, la embolsan y la venden) este proceso es de gran creatividad y trabajo lo cual permite obtener un mayor valor agregado para el crecimiento de la sociedad.
Consumo: En las organizaciones de consumo, la vinculación deberá ser abierta a todas las personas que puedan hacer uso de sus servicios y que acepten las responsabilidades inherentes a la asociación. (Por ejemplo: compra de maracuyás en las veredas y luego la venta de estos en el pueblo).
Educación: son de usuarios o de trabajadores y pueden atender los distintos niveles o grados de enseñanza, incluyendo la educación superior.
Serán asociados los propios sujetos de la educación, si reúnen las condiciones del artículo 21 de la Ley 79 de 1988, o en caso contrario, los padres o acudientes.
Aquellas organizaciones que asocien trabajadores de la educación serán consideradas como de trabajo asociado. Ahorro y Crédito: Esta actividad sólo la pueden desarrollar organizaciones cooperativas. Son cooperativas de ahorro y crédito los organismos cooperativos especializados cuya función principal consiste en adelantar actividad financiera exclusivamente con sus asociados, su naturaleza jurídica se rige por las disposiciones de la Ley 79 de 1988 y se encuentran sometidas al control, inspección y vigilancia de la Superintendencia de la Economía Solidaria.
Cooperativas Multiactivas o Integrales con Sección de Ahorro y Crédito: Deberán especializarse para el ejercicio de la actividad financiera cuando durante más de dos (2) meses consecutivos, el monto total del patrimonio de la cooperativa multiplicado por la proporción que represente el total de depósitos de asociados respecto al total de activos34
Cooperativas Financieras: Son organismos cooperativos especializados en la Actividad financiera, solamente éstas podrán prestar sus servicios a terceros no asociados. Su naturaleza jurídica se rige por las disposiciones de la Ley 79 de 1988, artículos 98 y 99 y en la Ley 454 de 1998 y se encuentran sometidas al control,
...