Trabajo Obligaciones LISTA LA INTRODUCCION Y CONCLUSION (Autoguardado)
Enviado por 2504080804 • 14 de Mayo de 2018 • Trabajo • 4.408 Palabras (18 Páginas) • 613 Visitas
Universidad Santa María
Sede la Florencia
Facultad de Derecho, Séptimo semestre
Modos de Extinguirse las Obligaciones
Integrantes:
Yalimar Azrak C.I. 24.862.385
Yonaiker Calles C.I. 24.217.171
Giovani Correia C.I. 24.219.554
Jhoskhari Liendo C.I. 21.194.039
Profesor: Numa Pompeyo
Caracas, 19 de Enero del 2016
Índice:
Introducción……………………………………………………………………..Página 1
Modos de Extinguirse las obligaciones…………………………………………Página 2
El Pago……………………………………………………………………………Página 3
Elementos esenciales del pago…………………………………………………….Página 3
Pago de las obligaciones…………………………………………………………..Página 4
Elemento accidentales del pago…………………………………………………...Página 5
Presunciones del pago……………………………………………………………..Página 7
Efectos ordinarios del pago………………………………………………………..Página 7
Efectos extraordinarios del pago…………………………………………………..Página 8
Ventajas de la subrogación………………………………………………………...Página 9
Clases de subrogación……………………………………………………………...Página 9
Efectos de la subrogación……………………………………………………….Página 10
Diferencias entre la subrogación y la cesión de crédito……………………………Página 11
Efectos accidentales del pago…………………………………………………...Página 12
Conclusión…………………………………………………………………………Página 13
Bibliografía………………………………………………………………………...Página 14
Introducción
En el presente trabajo se explica, menciona e indica detalladamente, cada una de las formas o modos legales y pertinentes del como, cuando, donde y porqué se extinguen las obligaciones que como se conocen, son temporales debido a que no existen obligaciones perpetuas por el simple hecho de que estas no tendrían sentido si no se cumplieran a cabalidad.
Además, de la síntesis respecto a lo antes mencionado, también estableceremos los diferentes criterios observados en la materia por la historia y doctrinas en años pasados, así como la fundamentación legal establecida en nuestro Código Civil venezolano, para así establecer de forma clara y concreta cada uno de los artículos correspondientes al tema en cuestión.
Por otra parte, también analizaremos de forma muy puntual, los diferentes elementos, maneras, efectos, etc. De lo que se refiere al pago desde el punto de vista ordinario y extraordinario mencionando por consiguiente lo concerniente a la subrogación.
Modos de Extinguirse las obligaciones:
- Según el Criterio de la Doctrina: Las obligaciones son temporales, se contraen para ser cumplidas, no tendría sentido que las personas se vinculen jurídicamente para realizar una determinada actividad que no va a hacer cumplida; luego, no existen obligaciones perpetuas, ya que se extinguen mediante algunas de estas manera:
- Por el cumplimiento, que es la manera más general y normal de extinguirse la obligación: comprende, el pago y la oferta real y se incluye por conexión con la materia, el pago por subrogación.
- Por un acuerdo entre el acreedor y el deudor para resolver el vínculo: aquí encontraremos la dación en pago, la remisión de la deuda, la disolución de contrato por mutuo consentimiento, la revocación de contrato por voluntad unilateral (en casos que sea admisible) y la novación:
- Por un hecho que destruye el derecho del acreedor, o hace imposible el cumplimiento de la obligación: aquí estaremos en la presencia de una causa extraña no imputable, la anulación de los contratos, la condición resolutoria, el termino extintivo, la muerte del acreedor o del deudor en las obligaciones vitalicias, la compensación y la confusión
- Según el criterio del Derecho Romano: el formalista derecho romano, exigía que para cancelar una obligación nacida mediante acto formal como el NEXUM y la STIPULATO, se cumpliera otro acto formal de solemnidad similar realizado en sentido contrario.
- Según el Código Civil: la vamos a encontrar en el CAPITULO IV, que se refiere a los modos que las obligaciones se extinguen todo esto se desarrolla en las siguientes secciones:
- Sección I: Del Pago. Artículos 1.283 al 1.313.
- Sección II: De la Novación. Artículos 1.314 y 1.325.
- Sección III: De la Remisión de la Deuda. Artículos 1.326 al 1.330.
- Sección IV: De la Compensación. Artículos 1.331 al 1.341.
- Sección V: De la confusión. Artículos 1.342 al 1.343.
- Sección VI: De la Perdida de la Cosa Debida. Artículos 1.344 al 1.345.
- Sección VII: De las Acciones de Nulidad: artículos 1.346 al 1.353.
El Pago: Es el cumplimiento de la prestación debida por el deudor al acreedor, cualquiera que sea el objeto de esta. Se paga dando una cosa, prestando un servicio, observando una abstención según se trate de obligaciones de dar, hacer o no hacer. Pagar proviene del vocablo latino PACARE que significa aplacar, el pago aplaca al acreedor al serle satisfecho su interés.
Elementos esenciales del Pago:
- Obligación valida: cuando no es nula o anulable, el deudor no está obligado a realizar el pago de una obligación nula o anulable y si ya lo hizo tiene derecho a repetir lo pagado, a excepción de los casos no permitidos por la ley.
- Intención del deudor de extinguir la obligación con el pago: este elemento debe concurrir con la ejecución de la prestación. Esto sirve para explicar el derecho del tercero a repetir lo pagado, creyendo que paga una deuda que es suya pero en realidad es ajena, su intención no es la de extinguir la deuda del verdadero deudor, si no de pagar ya que la creía suya.
- Los sujetos del pago:
- El SOLVENS: quien efectúa el pago por lo general es el deudor pero podría ser otra persona que pague excepto en la obligaciones intuitu persona, esto se relaciona con Articulo 1.283 del Código Civil.
Artículo 1.283: El pago puede ser hecho por toda persona que tenga interés en ello, y aun por un tercero que no sea interesado, con tal que obre en nombre y en descargo del deudor, y de que si obra en su propio nombre no se subrogue en los derechos del acreedor.
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