Trabajo Salud Ocupacional
Enviado por larizapoveda • 7 de Mayo de 2013 • 4.635 Palabras (19 Páginas) • 318 Visitas
Escuela de Ciencias Agrarias Pecuarias y del Medio Ambiente
100201 HERRAMIENTAS TELEMATICAS
TRABAJO COLABORATIVO 2
TUTOR
GABRIEL RAMIREZ
CEAD JOSE ACEVEDO Y GOMEZ
BOGOTA, JULIO DE 2011
OBJETIVOS
Hacer que el estudiante conozca un medio más de comunicación y otro sistema que nos hace que nosotros como estudiantes de la Unad se cree una herramienta de trabajo que haga más fácil la comunicación entre estudiantes y tutores.
Conocer más herramientas que nos brida la tecnología como lo es el internet ya que es una herramienta de gran importancia y que además nos permite realizar la comunicación con más facilidad.
NOMBRE DEL ESTUDIANTE CODIGO HIPERVINCULO DEL B LOG
LARIZA POVEDA CAMACHO 52.286.734 larizagro@hotmail.com
LUZ MARINA SIERRA OLIVARES 57.404.827 luzmarina7sierra@gamil.com
LUZ NEIDA ROPERO 63.551.972 Luzroperohernandez@gmail.com
RUTH AMPARO JURADO ruthjurado100@gmail.com
Conclusión
La realización de este ejercicio fue de gran a ayuda ya que ha hecho que el estudiante conozca un medio más de comunicación para que se haga más fácil la realización del trabajado y también nos sirve para la vida personal.
Escuela de Ciencias Agrarias Pecuarias y del Medio Ambiente
ZOOTECNIA
SALUD OCUPACIONAL
ACTIVIDAD DE RECONOCIMIENTO
TRABAJO INDIVIDUAL
CEAD JOSE ACEVEDO Y GOMEZ
BOGOTA, JULIO DE 2012
Programa de Salud Ocupacional:
Estructure para su obra o empresa constructora un programa de salud ocupacional y adjúntele el reglamento de Higiene y Seguridad Industrial
La política de la Empresa de Salud Ocupacional relacionada con la prevención de riesgos, garantizando ambientes de trabajo sanos, así como generar procesos y servicios seguros que favorezcan la competitividad mediante la reducción de los costos operacionales y el mejoramiento de la calidad de vida laboral de sus trabajadores. A través de:
•Promover a través del Programa de Salud Ocupacional, el Grupo de Talento Humano, la Subgerencia Administrativa y Financiera, Subgerencia de Servicios de Salud, el Comité Paritario de Salud Ocupacional, los Coordinadores de Red y Jefes de dependencia, la capacitación, la participación y concertación como estrategias de intervención en todas las actividades tendientes a la prevención de riesgos profesionales.
•Suministrar a cada trabajador los elementos de protección personal requeridos acorde a los factores de riesgo a los que va a estar expuesto, exigiendo su uso durante el desarrollo de la labor pero también propiciando los medios para crear en este personal la cultura del auto cuidado
•Desarrollar el Programa de Salud Ocupacional con sus respectivos subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo, Higiene y Seguridad Industrial, encaminados a controlar las consecuencias, que para la salud de los trabajadores puedan acarrear los riesgos existentes, promoviendo estilos de vida y trabajo saludables.
•Reportar oportunamente los accidentes de trabajo, a las entidades competentes y al Programa de Salud Ocupacional de la Empresa.
La construcción es uno de los principales sectores de la economía nacional, tanto por su contribución a la riqueza de nuestro país, como por la generación de puestos de trabajo, pero a su vez es uno de los sectores donde existe mayor riesgo de accidentes de trabajo. En países del primer mundo, se planifica la seguridad y salud desde la concepción del proyecto, lo que unido al avance tecnológico, hace que disminuyan los índices de siniestralidad. En estos países se aplican por lo general, sistemas de gestión de seguridad y salud ocupacional estándares. En nuestro país, las condiciones de seguridad en las obras de construcción son deficientes, originándose altos índices de accidentes traducidos en lesiones, incapacidad temporal o permanente, y muertes, con los consecuentes daños a la propiedad y equipos. Según el numeral 1.6 de la Norma G.050 Seguridad durante la Construcción, del Reglamento Nacional de Edificaciones. Propuesta de un plan de seguridad y salud para obras de construcción plan de trabajo.
REGLAMENTO:
El artículo 7 del Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción establece que “en aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, cada contratista elaborará un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra”. La Dirección General de Trabajo interpreta en una consulta de 23 de marzo de2006 que “no se puede exigir otra cualidad al autor del plan de seguridad y salud que la de asumir, dentro de la obra, la posición de contratista o constructor”, por tanto, no se podría exigir que la elaboración del plan de seguridad y salud se lleve a cabo por un técnico de prevención integrado en el servicio de prevención propio o ajeno de la empresa. El artículo 17.1.n) del Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales 1600/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales corresponde a la Dirección General de Trabajo la elaboración de informes y consultas relativas a la interpretación y aplicación de las disposiciones jurídicas de su competencia, por lo que el criterio de interpretación emitido por ese Centro Directivo en la consulta de 23 de marzo de 2006 en relación con la elaboración de los planes de seguridad y salud debe ser tenidos en cuenta por los inspectores de trabajo y seguridad social en sus actuaciones.
Por otro lado, también este Centro Directivo comparte la interpretación de la Dirección General de Trabajo en esta materia. Es cierto que el artículo 7.3 del Real Decreto 1627/97 señala que, en relación con los puestos de trabajo en la obra, el plan de seguridad y salud en el trabajo constituye
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