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Trabajo de Investigación Derecho Internacional Privado


Enviado por   •  10 de Julio de 2022  •  Trabajo  •  4.021 Palabras (17 Páginas)  •  123 Visitas

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República Bolivariana De Venezuela[pic 1]

Universidad nacional experimental de los Llanos

Occidentales “Ezequiel Zamora”

Vicerrectorado De Producción Agrícola

Estudios a distancia

Programa Ciencias Sociales y Jurídicas

Subprograma Derecho

Subproyecto: Derecho Internacional Privado

TRABAJO DE INVESTIGACIÓN

                                                                                     

Guanare, 22 de  Mayo del  2022

INTRODUCCIÓN

     En el ámbito del presente trabajo, se vislumbra todo lo relacionado a la nacionalidad extranjera, en la cual se consideran criterios determinantes de la
nacionalidad en función al derecho que se tiene una persona por nacer en un determinado país o por los lazos de consanguinidad, así como por la condición de permanencia, legalidad y comportamiento todo lo relacionado y contemplado en la ley. En función a este ámbito cada país dispone de su propias normas y aplicabilidad., así mismo es notorio que todo está regido en el ordenamiento jurídico para ser aplicado para cualquier fin como es de resaltarse dentro del contexto del derecho internacional así será lo relativo al matrimonio, al divorcio, obligaciones, bienes, sucesiones y derechos internacionales comerciales y todos esos acuerdos y formalidades pertinentes a al Derecho Internacional Penal, Del Trabajo, Procesal y en la Forma de los Actos Jurídicos. Para ello se apartado de realizar la correspondiente investigación como en el siguiente apartado del desarrollo se ´presenta.

     En referencia a los términos planteados en el presente trabajo de investigación, se parte del contexto de explicar lo relacionado a la Nacionalidad Extranjera. En este orden de ideas, se especifica haciendo hincapié en primer lugar en lo referido a la nacionalidad, esta es la unión jurídica de un individuo con un Estado, lo que supone ciertos derechos pero también una serie de obligaciones entre las partes. En este orden, se especifica que uno de los derechos que se adquieren a través de la nacionalidad es la protección por parte del Estado, mientras que la obligación del individuo frente al Estado es el cumplimiento de sus  normas.

     En relación a lo antes planteado, se explica que una norma jurídica es un mandato o regla que tiene como objetivo dirigir el comportamiento de la sociedad. En concreto, la norma jurídica confiere derechos e impone deberes a los individuos de la sociedad. Toda norma jurídica debe respetarse por los individuos, dado a que, si se incumple puede suponer una sanción. Con respecto a la parte extranjera, se destaca que  es positivo de que una persona puede adquirir u obtener más de una nacionalidad al mismo tiempo, dado a que la doble nacionalidad se encuentra aceptada por el Derecho Internacional (también se pueden tener más de dos, conocido como múltiple nacionalidad). Sin embargo, no todos los países lo reconocen en su legislación, para ello, se toma como referencia  México.

     En función a lo descrito, se resalta que aunque se conserven más de una nacionalidad siempre que los países involucrados lo permitan en su legislación, solo se puede ejercer una de ellas. En concordancia, se describe que  en cuanto a  los tipos de nacionalidades por el modo de adquisición, en esta se encuentran las dos formas más generalizadas de obtener una nacionalidad concreta es por nacimiento o por naturalización, aunque con variaciones dependiendo de la legislación de cada Estado, se pueden limitar a cuatro las vías específicas de adquisición de una nacionalidad. Nacionalidad originaria (por nacimiento): a) Ius sanguinis (derecho de sangre). La nacionalidad que se adquiere es la de los padres, independientemente del lugar de nacimiento, b) Ius soli (derecho de suelo). La nacionalidad que se adquiere es la del lugar de nacimiento, sin tener en cuenta la nacionalidad de los padres.

     De igual manera, se encuentran la Nacionalidad derivativa (por una modificación en la originaria): a) Ius domicili (derecho de domicilio). Obtener la nacionalidad por residencia dependerá del tiempo y los plazos marcados por cada país, b) Ius optandi (derecho de optar), consiste en decidir un nacionalidad entre varias a las que se tiene derecho (por ejemplo cuando la nacionalidad de una persona por sangre es diferente a la de suelo, y puede decidir una de las dos). En síntesis a lo descrito, en todos los casos existe la posibilidad tanto de perder la nacionalidad (por incumplimientos graves de la legislación dependiendo el país o por adquisición voluntaria de otra distinta) como de recuperarla posteriormente, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.

     A razón de la interpretación de la Nacionalidad Extranjera, considerando un ejemplo cotidiano, es cuando un Venezolano emigra a cualquier país extranjero y por condición de permanencia en el país, por estar legal adquiere su Nacionalidad extranjera, siempre y cuando el país lo contemple en su legislación,  obteniendo así la de origen que en este caso es la Venezolana y la del país donde emigro.

     En secuencia a la investigación, se vislumbra lo relacionado al Derecho Internacional Civil (El Matrimonio, El Divorcio, Obligaciones, Bienes Sucesión, Derechos Internacionales Comerciales).

     En virtud a lo que es el matrimonio, La naturaleza íntima del matrimonio, las vinculaciones personales que establece y las consecuencias trascendentales que produce han impulsado, pues, al legislador a colocarlo en una categoría especial, facilitando su celebración, aceptando el contraído en país extranjero y haciendo de ese solemne contrato la piedra angular de todas las relaciones de familia. La categoría matrimonio comprende en su alcance extensivo, en las tres fuentes referidas, la capacidad de las personas para contraerlo, la forma del acto y la existencia y validez del mismo (De Aguirre,s/f). En este apartado, se cita la  Ley de Derecho Internacional Privado de Venezuela (1998), la cual contempla en el capítulo IV. De la Familia, específicamente en el Artículo 21. La capacidad para contraer matrimonio y los requisitos de fondo del matrimonio se rigen, para cada uno de los contrayentes, por el Derecho de su respectivo domicilio. Pues en este sentido,  referirse al matrimonio, es hablar del estado o situación jurídica que para los contrayentes deriva del ese estado de celebración, es decir matrimonio estado, por lo tanto; en esa celebración existen ciertas características fundamentales que es la unidad, en donde  esta dada por la comunidad de vida entre el marido y la mujer como consecuencia del vínculo que los liga. Por lo tanto para fortalecer ese vínculo, la ley incorpora una división de trabajos y de facultades y también impone que las decisiones más transcendentes sean tomadas de común acuerdo. Así mismo se hace referencia de otra característica que es la monogamia, lo que significa la unión de un solo hombre con una sola mujer y excluye la poligamia es decir un solo hombre con varias mujeres. Otra es la estabilidad o la permanencia, esto significa que el matrimonio se contrae para que  perdure en el tiempo y solo las circunstancias excepcionales permite la disolución y por último de los caracteres es la legalidad, reconocido el matrimonio por la doctrina, es allí que la legalidad es el acto por la cual se contrae matrimonio y la consecuente situación jurídica que surge para los contrayentes de ese acto de celebración. En lo concerniente del matrimonio estado surge un estatuto legal forzoso del cual los contrayentes no se pueden apartar (ejemplo régimen de bienes que es legal imperativo y forzoso) y por ende el estado protege los matrimonios que cumplen con los requisitos. (Felsen, 2004).

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