Transaccion
Enviado por 52162542 • 22 de Febrero de 2014 • 438 Palabras (2 Páginas) • 260 Visitas
Podría decirse que el concepto de la transacción: arreglar o solucionar las divergencias judiciales actuales sobre una asignatura específica o precaver las futuras, es cosustancial a la existencia misma del ser humano.
Y decirnos esto porque la transacción y el vivir en paz, la paz social en definitiva, son dos ideas muy emparentadas, muy afines; con más precisión: son hermanas.
El arreglar los problemas, el superar las diferencias que se generan en el diario convivir fue, y es, siempre parte inseparable del vivir en sociedad . De ahí que, dada la indiscutible realidad de la vigencia de la transacción, fue necesario plasmarla en el mundo de las realidades jurídicas: las leyes.
No es la transacción un simple contrato a través del cual se solucionan momentáneamente -o durante un tiempo más o menos prolongado- las divergencias presentes o las posibles futuras. No, la transacción fue diseñada para terminar para siempre las diferencias de los sujetos de Derecho.
Su efecto fundamental: tener el valor de cosa juzgada, es decir, el poseer el mismo vigor legal de una sentencia ejecutoriada, es lo que hace que este contrato esté hermanado con la paz social.
El que lo que ya se arregló, a la luz del Derecho, no vuelva a ser materia de discusión, le dá a la transacción ese toque de profundidad que hace que las personas vean en ella a una verdadera fuente de paz. Conocido es el aforismo: "La ley reina pero la transacción gobierna".
La reproducción de éste último pensamiento bastaría para subrayar la trascendencia de este contrato.
Claro que la concepción que tiene el común de los mortales desconocedor de sus específicas reglas jurídicas- no obedece siempre al verdadero contenido y estructura jurídica del sin par contrato de transacción; sin embargo, la idea que se tiene es clara: termina los problemas.
Estudiemos en detalle algunos aspectos de este importante contrato:
b) Definición
El artículo 2 372 del Código Civil ecuatoriano establece: "Art. 2 372. Transacción es un contrato en que las partes terminan extrajudicialmente un litigio pendiente, o precaven un litigio eventual.
No es transacción el acto que sólo consiste en la renuncia de un derecho que no se disputa".
Esta tradicional definición que trae nuestro Código Civil amerita la formulación de algunos comentarios y precisiones:
Como generalizada crítica a la definición transcrita, que consta en las legislaciones de otros países, como Chile y Colombia, se expresa la omisión de un elemento esencial de este contrato: las mutuas concesiones que se hacen las partes; concesiones que deben versar sobre la materia de discusión.
Más adelante veremos cómo en legislaciones extranjeras, así como en opinión
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