Tratado de los Delitos y de las Penas de César Bonesano, Marqués de Beccaria.(1735-1795)
Enviado por edidoc • 11 de Febrero de 2016 • Ensayo • 6.374 Palabras (26 Páginas) • 335 Visitas
INTRODUCCIÓN
El “Tratado de los Delitos y de las Penas” de César Bonesano, Marqués de Beccaria.(1735-1795) Obra escrita en 1764 y publicada en Milán, traducida en 22 idiomas para toda la Europa medieval donde predominaba el sistema inquisitivo, data de observaciones, notas, extractos, ideologías, bases y problemas acaecidos en esos tiempos.
Esta obra produjo benéficos efectos en los estados europeos debido a su abolición del tormento y de las injusticias penales en los delitos. Beccaria fue un defensor de la humanidad y actualmente se le sigue considerando como tal, por lo tanto considero que este es un libro humano y con un profundo sentimiento de justicia más no como manual para la legislación.
La obra de Beccaria tiene una infinidad de traducciones y un elevado número de ediciones háblese del país que se trate, y al parecer ninguno pierde su sentido basado en el pensar de Beccaria. Tomemos en consideración que en ningún momento se obliga de ninguna manera la forma de legislar, ni mucho menos se solicita o pide un cambio inmediato a la misma, sin embargo si retoma la injusticia que en esos tiempos vive el pueblo producto de los actos de su soberano.
Esto ocurrió en 1764, y supuestamente contamos actualmente con una mejoría en nuestra forma de vida, en nuestras creencias e igualdad, comparado a lo que se vivó en esa época. Esperemos ver si ya surtió efecto el cambio en estos tiempos modernos que vivimos, o quizá aún estamos quiméricamente esperando que esta obra logre una igualdad.
Si analizamos un poco a los legisladores, encontraremos que el pensar de nuestros legisladores se mantiene dentro de esta obra, y así sucesivamente año con año sin alcanzar una que trascienda sobre esta obra que estamos analizando, mucho menos que se imponga ante esta.
Cuando existe el hombre sin una sociedad, para lograr trascender y convertirse en el ciudadano de un estado donde pueda opinar y vivir en igualdad, es entonces cuando surge la ley, pero esta no es para reprimir, al contrario es para lograr un mejor comportamiento humano y de esta manera cada quien pueda hacer y lograr tener lo suyo, sin el temor de perderlo o ser lastimado en el honor por causas injustas, negligentes e inoperantes, que es actualmente el sistema jurídico que vivimos.
En esta obra nos damos cuenta que retoma el lado de la pena, conforme al delito y de manera sencilla explica el cómo puede ser benéfica la pena y no el castigo.
TRATADO DE LOS DELITOS Y DE LAS PENAS
En el origen de las penas se mencionan los conflictos entre los primeros salvajes, posteriormente de las reuniones entre los hombres, en el que cansados de vivir en un continuo estado de guerra, se dieron a la tarea de crea las leyes, buscando con ello mejorar una mejor convivencia, y evitar seguir viviendo en insociabilidad, sacrificando para esto una parte de ella para poder vivir y gozar la restante en segura paz y tranquilidad.
Pero para llevar a cabo una mejor convivencia era necesario que TODOS cumplieran y respetaran las leyes establecidas y bastaba formar un estado soberano en su administración y legitimo deposito, por ese motivo se establecieron las penas contra los infractores de las leyes, para evitar usurpaciones de los bienes, ya que todo lo demás era abuso e injusticia, y así de esta manera tomar los motivos sensibles, los cuales se basan en teorías de que inmediatamente hieran en los sentidos.
La pena sólo debe existir si se deriva de la absoluta necesidad, y explicado con mayor generalidad seria: Todo acto de autoridad de hombre a hombre, que no se derive de la absoluta necesidad, es tiránico.
En cuanto sea más sagrada e inviolable la seguridad, y mayor la libertad que el soberano conserve a sus súbditos, más justas serán las penas. La pena es el derecho a castigar al que no cumpliere con las leyes.
La multiplicación del género humano reunió a los primeros salvajes. Estas uniones produjeron la formación de otras para resistirlas, creando guerras.
La necesidad obligó a los hombres a ceder parte de su libertad propia; cada uno trata que esa parte sea lo más pequeña posible. Pero la suma de esas pequeñas partes de libertad forma el derecho de castigar, pero el agregado de todas estas pequeñas porciones de libertad posibles forma eso. Todo lo demás es abuso, y no justicia. Es claro que la palabra derecho no es contradictoria de la palabra fuerza.
Beccaria explica las tres consecuencias de las penas.
1.- La primera consecuencia es que las penas de los delitos sólo pueden ser decretadas por las leyes; y esta autoridad debe residir únicamente en el legislador. Ningún magistrado puede decretar a su voluntad penas contra otro habitante de la Nación; como tampoco puede modificarla si la considera injusta o extenderla más allá del límite pactado, ni castigar por bien público y celo. También de aumentar la pena establecida.
2.- La segunda consecuencia establece que el soberano puede formar leyes generales que sean obligatorias para todos los habitantes; pero cuando alguna persona no cumpla con alguna de esas leyes, el soberano no puede juzgarlo, le correspondería ese deber a un magistrado cuyas sentencias sean inapelables. Todo magistrado debe manejar el sentido a la justicia y no tomando en cuenta si es el del trono o el de la choza más humilde. Ante la ley no debe de existir diferencia alguna debido a que está pactado un contrato social entre humanos.
3. - La tercera consecuencia es que si se probase la atrocidad de las penas, sería contraria a la justicia. Porque el estado prefiere tener un hombre feliz, que tener esclavos salvajes con los cuales ya no se logra un bien en la sociedad rompiendo una cláusula del contrato que sería una igualdad de vida. Siendo que se quiere dejar la guerra para una mejor vida.
En la Interpretación de las leyes Beccaria toma la cuarta consecuencia y explica que los jueces criminales no pueden interpretar las leyes penales, porque no son legisladores.
Los jueces no recibieron las leyes como una tradición o un testamento, sino como la legítima voluntad de la sociedad viviente.
Beccaria opina que en todo delito debe hacerse por el juez un silogismo perfecto. Cuando un juez quiere hacer más de un silogismo, se abre la puerta a la incertidumbre.
Hubo muchos casos en donde los mismos delitos fueron castigados con distintas penas debido a la imparcialidad de los jueces, ¿Cuántas veces vemos estos casos en los tribunales?, donde entra un desorden que nace de la rigorosa o literal observancia de una ley penal. ¿Que son los jueces los encargados de interpretar las leyes?, y dar justicia (dar a cada uno lo suyo).
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