Tributación sobre base devengada y término el FUT, los socios tributarán por las utilidades devengadas y no sólo por las retiradas
Enviado por Contador Ahumada • 2 de Noviembre de 2015 • Apuntes • 635 Palabras (3 Páginas) • 166 Visitas
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REFORMA TRIBUTARIA
- Cambios en el impuesto a la renta
- Aumento en el impuesto de primera categoría de 20% a 25%
- 2014 tasa 21%
- 2015tasa 22,5%
- 2016 tasa 24%
- 2017 tasa 25%
- Tributación sobre base devengada y término el FUT, los socios tributarán por las utilidades devengadas y no sólo por las retiradas
- Ajuste a la tasa máxima marginal del impuesto a las personas, baja la tasa máxima del Global de 40% a 35% contar del 2017
- Ajuste a la tributación de las ganancias del capital
- Toda ganancia de capital debe quedar gravada con el impuesto a la renta salvo el ingreso no renta a las ganancias de capital de acciones, cuotas de fondos con presencia bursátil y bonos que especifica la ley
- Elimina la exención a las ganancias de capital obtenidas en bienes raíces tributarán reconociendo el costo de las mejoras. Quedará exenta la ganancia de capital de la venta de la vivienda propia con los requisitos que señalará la ley.
- En el caso de las acciones y derechos sociales se reconoce como costo del activo las utilidades retenidas en la empresa desde la fecha de adquisición y la fecha de venta de los títulos.
- Se modiifica la forma de tributación de las ganancias de capital, que hoy distingue entre habituales y no habituales. El nuevo sistema establece un tratamiento diferenciado en función del plazo en que se mantiene la propiedad del activo: Menor o igual a un año, tributan como renta ordinaria, Mayor a un año, se aplica la tasa marginal promedio que resulte de incorporar la ganancia anualizada a la base imponible de global complementario de los años anteriores, con tope de 6 años.
- Ajustes a la tributación de los fondos, las utilidades de los instrumentos adyacentes (acciones, instrumentos de renta fija, etc) pasen de forma directa a los tenedores de las cuotas.
- Modificación de normas sobre tributación internacional
- La administración tributaria podrá cuestionar los acuerdos, estructuras, etc. llevadas a cabo por empresas cuando se hayan llevado a cabo con la finalidad de eludir el impuesto
- Norma de control internacional sobre rentas pasivas de empresas chilenas en el exterior, norma que combate el diferimiento de impuestos.
- Se modifica la norma de residencia fiscal, igualando la norma a los estándares internacionales.
- Se modifican las normas sobre deducción en Chile de gastos incurridos con empresas extranjeras, solo de admite cuando se pague el impuesto adicional que la afecte.
- Se modifican las normas sobre precios de transferencias y endeudamiento.
- Incentivos a la inversión y al ahorro.
- Mejoras en los mecanismos de depreciación, para las micro y pyme se introduce la depreciación instantánea, que permitirá rebajar sus inversiones de una sola vez en una año, que en su caso, alcanza a los bienes usados. En el caso de las empresas medianas, este mecanismo se introduce con una fórmula lineal que lo va reduciendo en la medida que una empresa se acerca al nivel de una grande. Para las empresas medianas y grandes el mecanismo permitirá, hasta doce meses después de entrada en vigencia la ley, aplicar la depreciación instantánea. La depreciación acelerada o sólo podrá ser usada por la empresa, se extenderá también a sus propietarios.
- Reglas especiales para las empresas pequeñas;
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