Tutela resarcitoria
Enviado por Sergio Galindo • 24 de Agosto de 2022 • Apuntes • 451 Palabras (2 Páginas) • 60 Visitas
TUTELA RESARCITORIA CONCEPTO Y FUNCIONES
Injusticia: reproche con respecto al ordenamiento que puede darse, conducta u omisión no este aceptado por el ordenamiento
Daño
relación de Inter causalidad
cuantificación del daño
análisis del hecho
secuelas y consecuencias
diferencias entre resarcimiento e indemnización
reparación integral al cónyuge que ha sido
responsabilidad civil:
si hay acuerdo de transacción no entras al proceso de responsabilidad civil se exige que este sea escrito art 1302 código civil
elementos del juicio de responsabilidad:
ANTIJURICIDAD: el hecho del que genera el daño va en contra de alguna ley del ordenamiento.
Demandado tiene 3 figuras para demandar antijuricidad
- EJERCICIO ILEGITIMO DEL DERECHO
- LEGITIMA DEFENSA: el peligro debe ser actual
- ESTADO DE NECESIDAD: en el estado de necesidad debe tener relación directa con el hecho
Criterio de imputación:
- RESPONSABILIDAD OBJETIVA: art 1970 CÓDIGO CIVIL - si la norma no da diferencia entre norma o culpa es responsabilidad objetiva
- RESPONSABILIDAD SUBJETIVA: se debe diferenciar entre dolo o culpa articulo 1329 analizar
Si es culpa se debe bifurcar en culpa leve o culpa inexcusable
(el malvado actúa por dolo y el imbécil actúa con negligencia alta)
- NEXO CAUSAL: identificación entre el daño y el que ha causado el daño (no necesariamente los autores del daño son los responsables civiles del daño)
Formas de tumbarte el criterio de imputación.
- Hecho propio de la victima
- Hecho determinante de un tercero
CASO FORTUITO FUERZA MAYOR: art 1315 código civil analizar
- Caso fortuito se origina en hechos de la naturaleza
- Caso fuerza mayor se genera en actuación humana
El hecho tiene que ser imprevisible. Talón de Aquiles de este caso es la imprevisibilidad
DAÑO.
- DAÑOS PATRIMONIAL:
Daño emergente: es el daño directo los costos que suceden debido al accidente
- Se prueba con recibos de gastos que se ha efectuado.
- Se cuantifica sumando todos los recibos
Lucro cesante: es la ganancia dejada de percibir
- Se prueba con una pericia contable o económica
- se cuantifica como resultado de la pericia establecida
Daño a la persona: esa el daño a la integridad física:
- Se prueba con constancias medicas fotos videos, todo lo que medicamente pueda representar el daño a la integridad física
- No se puede cuantificar se tiene que invocar una prudencia en el monto que se va a pedir
Daño moral: es el daño psicológico
- Con la constancia de un médico o psicólogo
- No se puede cuantificar se tiene que invocar una prudencia en el monto que se va a pedir
PROVANZA: cada tipo de daño tiene que probarse
Art 1332 analizar se aplica solo con los daños no patrimoniales [pic 1]
...