Unidad 1 "El Jurista" - Hono Iuridicus
Enviado por nefily • 29 de Agosto de 2015 • Apuntes • 7.253 Palabras (30 Páginas) • 163 Visitas
Unidad 1
"El Jurista" - Hono Iuridicus
- Jurisprudente: conocedor del derecho
- Cultor del derecho: cultiva el derecho como ciencia y arte
- Garante de la sociedad: imperar - justicia seguridad
- Concibe al derecho como: instrumento vital e imprescindible para la sociedad
- Libre: no debe estar sujeto a sectores públicos o privados permanentemente. No debe ser asalariado de algún empleador.
- Autentico: debe de haber una coherencia en el comportamiento de la persona con lo que se hace y se dice. El vicio, la falsedad y la hipocresía son contrarios a las cualidades de un jurista.
- Veraz: rectitud de pensamiento
- Valor civil: arrojado, combativo pero para luchar por la justicia y la "juridicidad", el jurista con valor civil no es apático ni indiferente
- Honesto: no ser corrupto, deshonestidad, ineficacia, encubrimiento, complicidad, apatía, indiferencia, complacencia, incompetencia.
- Hondo sentido de justicia: "constants et perpeta vouluntas iust sum cuique tribuendi". Justicia social: intereses personales - intereses sociales colectivos.
Derecho Civil
Ciencia del derecho Jurispridencia | Ciencias Fundamentales | ||
Teoría Fundamental del derecho | Conceptos jurídicos fundamentales | ||
Teoría jurídica Fundamental | |||
Axiológia Jurídica | Tratados de los valores -Derecho Interno - Derecho Internacional | ||
Jurisprudencia Técnica
| Ordenación coherente y sistemática de preceptos jurídicos vigentes en un tiempo y lugar determinados, y al estudio de su interpretación y aplicación. | Interno -Público: constitucional, penal, administrativo, procesal
| |
Técnica Jurídica - Interpretación - Integración
|
Derecho civil es una rama del derecho privado, que forma parte de la sistemática jurídica, dentro de la jurisprudencia técnica en la disciplina fundamental de la ciencia del derecho
Derecho público y derecho privado
Ulpiano "del interés en juego" Público Concierne a la conservación de la cosa romana | Privado Concierne a la utilidad entre personas |
Francisco Giner de los Ríos "Del valor perseguido" Público Persigue el orden | Privado Persigue la libertad |
Patrimonial Público Tiene fines no patrimoniales | Privado Tiene fines patrimoniales |
Frito Fleiner "de la relación Juridica" Público Supra-subordinación | Privado Coordinados |
Paul Roubier "de los sujetos" Público Relaciones donde interviene el estado | Privado Relaciones donde no interviene el estado |
- Ulpiano: "Publicum ius est ad statum quod res romance spectod", "privatum ad singulorum utilitarium"
- Patrimonio: conjunto de bienes, derechos y obligaciones valuadas en dinero adquiridas por una persona.
Negadores de la distinción público y privada
- Hand Kelsen: niega la distinción (público y privado) "no hay razón Juridica"
- León Duguit: "no hay necesidad de ello porque la norma jurídica influye tanto en el derecho público y en el privado"
- Gustav Radbruch: "no sólo hay que distinguir entre derecho público y privado sino también hay que incorporar el derecho social.
Manuel Herrera y Lasso
- Derecho constitucional: recia estructura que da sustento y unidad al organismo
- Derecho civil: torrente circulatorio, la corriente de agua viva
Derecho Civil - Eduardo Garcia Maynes
- Determina las consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida humana
- La situación jurídica de la persona, en relación con sus semejantes y las cosas
- Supuesto de derecho: hipótesis normativa de cuya realización se producen consecuencias de derecho. (Art.1913).
- Garcia Maynes saca su definición de Du Pasquier
- Consecuencias de derecho: son efectos jurídicos o de derecho producidos por la realización del supuesto
- Crear, transferir, modificar, o extinguir derechos y obligaciones
Aspectos de la técnica Juridica
- Interpretación
- Interrogación
- Vigencia abrogación: Abrogar y derrogar
- Abrogar: privación total de la fuerza de obligar de una ley
- Derogar: privación parcial de la fuerza de obligar de una ley
- Retroactividad (conflicto de leyes con el tiempo): la aplicación de una ley a una situación jurídica nacida o generada bajo el amparo de una ley anterior (art.14)
- Conflicto de leyes en el espacio: pluralidad de leyes que se aplican a una situación concreta
Disciplinas auxiliares del derecho
- Historia del derecho: el estudio de los sistemas jurídicos del pasado
- Derecho comparado: disciplina que se encarga del estudio de diversos sistemas jurídicos e instituciones para determinar sus semejanzas y diferencias a fin de encontrar consecuencias o aspectos de mejora del propio sistema jurídico o identificar el desarrolló de otro sistema
- Sociología jurídica: la disciplina que se encarga del estudio del fenómeno jurídico como echo social
DERECHO CIVIL: rama del derecho privado constituida por un conjunto de normas (externas,bilaterales, heterónomas, coercibles), que regulan la situación u la relación Juridica del ser humano con respeto a la personalidad, la familia y el patrimonio. Dicha relación si bien de orden económico no debe tener contenido mercantil, agrario u obrero.
...