Unidad 3 Deontologia En El Servicio Publico Evidencia De Aprendizaje
Enviado por carlitos07473 • 30 de Octubre de 2012 • 1.760 Palabras (8 Páginas) • 2.205 Visitas
Evidencia de aprendizaje
“Presunto culpable”
En el caso denominado presunto culpable en el cual existe una acusación en contra de José Antonio Zúñiga rodríguez por el delito de homicidio calificado en agravio de Juan Carlos reyes pacheco y del cual haremos una extracción de la conducta de los servidores públicos involucrados en el caso y que para tal efecto es forzoso hacer un recordatorio de que, La deontología jurídica regula la actuación de los servidores públicos en beneficio de la sociedad y que para tales efectos de regulación, en la constitución política de nuestro país se enmarcan los principio en los cuales los servidores públicos se deben de basar para su debido desempeño como tales y desprendiéndose de nuestra carta magna tenemos la ley federal de responsabilidades de los servidores públicos, la ley reglamentaria del artículo 5º constitucional que regula el actuar de las diversas profesiones y que de igual forma existe códigos de ética y conducta que deben de ser respetados por quienes ejercen el servicio público, mismos que imponen sanciones a los servidores públicos que no acatan debidamente lo estipulado en los instrumentos jurídicos antes mencionados, para los efectos del análisis del caso que se aborda, se tomaran en cuenta los siguientes códigos, Código de Ética del Poder Judicial de la Federación y los valores contenidos en el mismo así como el código de ética para los servidores Públicos de la procuraduría general de justicia del distrito federal y El Decálogo que rige la actuación ética de los agentes del Ministerio Público.
Tomando en cuenta los testimoniales que se presentan en el documental, en los cuales queda debidamente asentada la actuación de los agentes de la policía judicial del distrito federal, se podría decir que la detención del presunto responsable, fue totalmente arbitraria e ilegal, con lo cual los agentes de la policía judicial estarían faltando a los principios y valores rectores establecidos en el código de ética de dicho servidores públicos, principalmente hacen afectación directa del valor de la legalidad el cual manifiesta que los servidores públicos de la Institución se conduzcan con conocimiento y acorde a los contenidos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Convenciones y Tratados Internacionales, Leyes y demás instrumentos normativos que regulen su actuación, de tal manera que su actividad esté dotada de certeza jurídica , por consiguiente afectan el principio de la eficiencia que nos dice que Consiste en observar una conducta útil y provechosa para la Institución, procurando en todo momento optimizar el uso de los recursos materiales, humanos y financieros, de igual forma al no conducirse con eficiencia y legalidad se podría asegurar que no actúan de acorde con el principio del profesionalismo que nos dice que la función pública se debe de Ejercer con capacidad, perseverancia y conocimientos adecuados para su desempeño, así como tener disposición y responsabilidad con el encargo, y al ser evidente la coacción realizada por los servidores públicos hacia la persona de Víctor Daniel reyes bravo para realizar imputaciones directas en contra del indiciado, dichos servidores públicos falta al principio de imparcialidad que nos dice que Las actuaciones y decisiones de las y los servidores públicos se realizarán con estricto apego al orden jurídico que los rige, con ausencia absoluta de designio anticipado o prevención a favor o en contra de alguna de las personas interesadas en los asuntos materia de su competencia, el indiciado al manifestar, que, lo mantuvieron de pie durante varias hora y que lo golpearon en repetidas ocasiones en el pecho, los servidores públicos no acatan lo manifestado en el código de conducta en lo referente al Respeto a los Derechos Humanos que manifiesta que En el desempeño de las funciones de procuración de justicia se respetarán y protegerán los Derechos Humanos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás ordenamientos vigentes, siendo un eje rector de su actuar, por todo lo antes mencionado tenemos que la actuación de los servidores públicos pertenecientes a la procuraduría de justicia del distrito federal no se apegan a los lineamientos establecidos en los instrumentos jurídicos que regulan su actuación.
La actuación de los agentes del ministerio público dentro de la procuración de justicia es de investigación de hechos posiblemente delictuosos, y El ejercicio de la acción en el proceso penal, El Ministerio Público lleva a cabo su función investigadora en la etapa preliminar del proceso penal denominada de Averiguación Previa con el auxilio de la Policía Investigadora Ministerial, La investigación es básica en el Ministerio Público para poder determinar si hubo delito y encontrar al culpable y ejercer la acción penal, asimismo al ejercer la actividad de investigación actúa como autoridad ya que la Policía Investigadora Ministerial está bajo su mando inmediato como lo ordena el artículo 21 constitucional.
En el estudio del caso que abordamos, la licenciada maricela Miranda Galván agente del ministerio público, se mantiene al margen de la situación e incluso hasta indiferente al caso, una de las funciones del agente del ministerio publico es la de la integración de la averiguación previa con la que se consigna al presunto responsable al centro de readaptación social, averiguación que se basa en investigaciones, las cuales no fueron realizadas de forma eficaz, lo que deja en claro la ineficiencia de los agentes del ministerio publico así como también la inobservancia del decálogo de conducta ética para los agentes del ministerio público, principalmente en sus siguientes puntos.
I.- La tarea fundamental del Ministerio Público
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