VALIDEZ E INVALIDEZ DE UN ACTO ADMINISTRATIVO
Enviado por kebin28 • 16 de Mayo de 2013 • 714 Palabras (3 Páginas) • 608 Visitas
VALIDEZ E INVALIDEZ DE UN
ACTO ADMINISTRATIVO
I.- Acto Administrativo
Para saber sobre la validez e invalidez de una acto administrativo debemos comenzar definiendo en que consiste dicho acto, as así que, la definición clásica y amplia de Zanobini, la cual es muy difundida en la doctrina española, nos menciona que el acto administrativo es “la declaración de voluntad, de juicio, de conocimiento o de deseo, realizada por la administración en el ejercicio de una potestad distinta de la reglamentaria”
Por otra parte, la doctrina Alemana, nos da un concepto estricto o restringido de los actos administrativos, diferente a la doctrina Española, ya que aquí es la propia ley la que define positivamente al acto administrativo, formulándolo de la siguiente manera “toda disposición, resolución u otra medida de autoridad adoptada por un órgano administrativo y dirigida a la regulación de un caso particular en el ámbito del Derecho Público, con efectos inmediatos en el exterior (frente a terceros)”
Por nuestra parte, el legislador peruano decidió también dar una definición de acto administrativo. En el articulo el artículo 1° de la LPAG señala: “Son actos administrativos, las declaraciones de las entidades que, en el marco de normas de derecho público, están destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situación concreta”
Después de haber definido que es un acto administrativo procederemos a ir al tema que nos compete, es por eso que se debe empezar por distinguirse entre validez o invalidez de un acto, por una parte, y, por otra, eficacia del acto mismo. El privilegio de autotutela de la Administración parte de una presunción de legitimidad del acto administrativo que hace recaer la carga de su impugnación sobre los afectados por el acto; pero mientras tanto, mientras no se impugnen o por alguna vía se ponga en duda su conformidad con el ordenamiento, los actos son ejecutivos –se pueden ejecutar en cualquier momento, precisamente porque se presumen legítimos, esto es, conformes con el ordenamiento jurídico– y ejecutables forzosamente por la propia Administración sin necesidad de acudir a los Tribunales.
Ahora bien, esa presunción de legitimidad de los actos no es más que eso, una presunción que no impide que, ante la constatación de que el acto infringe de alguna forma el ordenamiento jurídico, el mismo pueda ser declarado invalido por la propia Administración –resolviendo en virtud de un recurso o en virtud de la revisión de oficio– o por los Jueces y Tribunales competentes.
Hay pues dos aspectos de los actos: uno su eficacia y otro su validez o invalidez. En este apartado se va a examinar la cuestión de fondo: la validez o invalidez del acto administrativo.
En todo acto administrativo existen ciertos elementos esenciales, de
...