VICEMINISTERIO DE POLÍTICAS ACADÉMICAS Programas Nacionales de Formación
Enviado por Ayaris de Jesus Mosqueda Caldera • 31 de Enero de 2017 • Resumen • 6.215 Palabras (25 Páginas) • 281 Visitas
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
VICEMINISTERIO DE POLÍTICAS ACADÉMICAS
Programas Nacionales de Formación
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Fecha Aprobación: 26 de marzo de 2006
FUNDAMENTACIÓN
ANTECEDENTES
El Reglamento de los Programas nacionales de formación (PNFs) que se imparten a través del Plan Extraordinario “Mariscal Antonio José de Sucre”, es el resultado del análisis de la Propuesta hecha por la Universidad Nacional Abierta (UNA) a petición del Ministro de Educación Superior, Dr. Samuel Moncada, y del esfuerzo conjunto de los integrantes de las Comisiones Nacionales, involucrados directamente en las actividades de Planificación, Organización y Dirección Académica de los Programas nacionales de formación en Administración y Gestión, en Sistemas e Informática, Mecánica y en Enfermería, y de los asesores ministeriales asignados a cada programa.
Una vez elaborada la propuesta inicial, por parte de la UNA, la cual se basó en los lineamientos curriculares emanados del Ministerio de Educación Superior (MES) y sometida dicha propuesta a consideración de los actores antes referidos, se identificaron las sugerencias, modificaciones y observaciones comunes hechas, se realizaron las correcciones del caso y se elaboró la versión a ser presentada al Ministro de Educación para su aprobación.
De este modo, quedó establecido el REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS NACIONALES DE FORMACIÓN – MISIÓN SUCRE, el cual:
- Atiende los Principios de Pertinencia, Calidad y Equidad del Proceso educativo, propios de una Educación Superior comprometida con la transformación sociopolítica de Venezuela.
- Atiende los Criterios Orientadores de las Políticas de Educación Superior, emanadas del Viceministerio de Políticas Académicas del Ministerio de Educación Superior, lo que implica:
- Reconocer la Educación Superior como un Servicio Público.
- Promover los espacios académicos de transformación institucional que involucren la búsqueda de nuevas formas de garantizar el cabal y responsable cumplimiento de la Función Docente.
- Velar porque la preparación para el ejercicio profesional esté equilibrada con las oportunidades de permanencia y prosecución en el Sistema de Educación Superior.
- Garantizar que los Planes y Programas y los mecanismos de toma de decisiones en el ámbito académico respondan a la naturaleza propia de cada programa de formación.
- Atiende las Directrices de la Misión Sucre, en cuanto a la creación y mantenimiento de un Sistema de Educación Superior que:
- Le otorgue sentido de propósito y trascendencia a la formación.
- Permita la construcción de ciudadanía.
- Favorezca la transformación de las instituciones de Educación Superior.
- Estimule la innovación y flexibilización académica.
- Permita la Universalización del acceso a la Educación Superior.
- Favorezca la movilización social.
- Procure la diferenciación en las trayectorias formativas.
- Se apoye en la municipalización de la Educación Superior.
- Se vincula directamente con el proceso permanente de mejoramiento institucional, al permitir la creación de espacios académicos que favorezcan el análisis y comprensión de las realidades educativas en las Instituciones de Educación Superior y la generación de propuestas que permitan la transformación del proceso educativo que allí ocurre.
- Equilibra la acción docente y las responsabilidades estudiantiles, fortaleciendo las estrategias de creación y consolidación de condiciones efectivas de participación, lo que estimula las capacidades individuales de los estudiantes para decidir e incidir directa o indirectamente sobre los diferentes aspectos asociados al hecho educativo.
- Ofrece un instrumento normativo adecuado único en su tipo y vinculado estrechamente a la naturaleza de la Misión Sucre en cuanto Concepción y Desarrollo Curricular de los PNFs.
- Provee mecanismos modernos de evaluación del rendimiento docente al establecer responsabilidades diferenciales de acuerdo al rol docente que se cumpla (Profesor Asesor, Preparador).
- Permite establecer una vinculación efectiva entre su contenido como norma legal y la práctica educativa institucional real.
BASE LEGAL
Considerando que el Plan Extraordinario “Mariscal Antonio José de Sucre” está sujeto a los estamentos y normativas legales atinentes a la materia del ámbito correspondiente, el Reglamento de los Programas nacionales de formación – Misión Sucre, además de basar su elaboración en los preceptos generales que recomienda el legislador para la elaboración de normativas de esta naturaleza, se apoya y es concordante con lo siguiente:
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se señala que la educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria y que el Estado la asumirá como función indeclinable y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad (artículo 102). Adicionalmente, señala, en su artículo 103 que toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. El Reglamento de los Programas nacionales de formación – Misión Sucre, toma en consideración este aspecto y norma lo relativo a la inclusión y prosecución de todos los venezolanos que deseen iniciar estudios en cualquier programa de formación ofertado en el marco de la Misión Sucre.
- Declaración Mundial sobre la Educación Superior para el siglo XXI, elaborada por la UNESCO en la cual se promueve y estimula la actualización de un sistema de educación superior inclusiva, participativa, democrática, flexible, al servicio de la sociedad y para su bienestar.
- Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social, en el cual se establece que la Educación es una variable muy importante en el proceso desarrollo social y económico de nuestra nación, teniendo, por lo tanto, que formular y ejecutar políticas en materia educativa que vinculen la formación profesional con el desarrollo social y económico.
- Políticas y Estrategias 2000-2006, emanadas del Viceministerio de Políticas Académicas del Ministerio de Educación Superior. El Reglamento de los Programas nacionales de formación – Misión Sucre, favorece la instrumentación de las siguientes Estrategias vinculadas a las siguientes Políticas:
POLÍTICA N° 2
ELEVAR LA CALIDAD ACADÉMICA DE LAS INSTITUCIONES Y MEJORAR SU EFICIENCIA INSTITUCIONAL, al:
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POLÍTICA N° 3
MEJORAR LA EQUIDAD EN EL ACCESO Y EN EL RENDIMIENTO DE LOS ESTUDIANTES, al:
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POLÍTICA N° 4
LOGRAR UNA MAYOR PERTINENCIA SOCIAL DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
EN LOS DISTINTOS ÁMBITOS TERRITORIALES, al:
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- Decreto N° 2601, mediante el cual se crea el Plan Extraordinario Mariscal Antonio José de Sucre.
- Resolución N° 1624 de fecha 01/03/2006, publicada en Gaceta Oficial N° 38.388 de fecha 01/03/2006 en la que se designa al Instituto Universitario de Tecnología “Dr. Federico Rivero Palacio” como institución rectora del programa de Administración.
- Resolución N° 1617 de fecha 08/02/2006, publicada en Gaceta Oficial N° 38.376 de fecha 09/02/2006 en la que se designa al Instituto Universitario de Tecnología “Dr. Federico Rivero Palacio” como institución rectora del programa de Mecánica.
- Resolución N° 1611 de fecha 26/01/2006, publicada en Gaceta Oficial N° 38.366 de fecha 26/01/2006 en la que se designa al Colegio Universitario de Caracas como institución rectora del programa de Sistemas e Informática.
INDICE
Pág | ||
Título I. Del Régimen Académico | ||
Cap. I. De los Planes de Estudio | 5 | |
Título II. Del Proceso de admisión | ||
Cap. I. Del ingreso | 7 | |
Cap. II. De la acreditación | 8 | |
Título III. De la Prosecución | 8 | |
Título IV. De la Evaluación del Rendimiento Estudiantil | ||
Cap. I. De las Calificaciones | 9 | |
Cap. II. De las Actividades de Evaluación | 10 | |
Título V. De los Deberes de los Profesores Asesores y Preparadores | 10 | |
Título VI. De los Deberes de los Participantes | 11 | |
Título VII. Del Régimen Disciplinario | ||
Cap. I. Del Régimen disciplinario de los Profesores Asesores y Preparadores | 12 | |
Cap. II. Del Régimen disciplinario de los Participantes | 12 | |
VIII. Disposiciones Finales | 12 |
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